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MINISTERIO DE SALUD

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del 2015

Visto, el expediente N° 15-083682-001, que contiene el Oficio N° 849-2015-JOPE/INS emitido por el Jefe del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se llevará a cabo la "III Reunión de la Red de Institutos Nacionales de Salud de la Unión de Naciones Suramericanas" del 21 al 22 de setiembre de 2015; Que, mediante Oficio N° 07/2015-RINS-UNASUR de fecha 12 de Agosto de 2015, el Secretario Ejecutivo de la Red de los Institutos Nacionales de Salud de la Unión de Naciones Suramericanas (RINS — UNASUR), invita al médico cirujano Ernesto Eugenio Gozzer Infante, Jefe del Instituto Nacional de Salud, a participar en la reunión antes indicada; A. Velásquez

Que, el evento en mención tiene como objetivos, entre otros, revisar y evaluar el estado de situación de los compromisos asumidos durante la II Reunión Ordinaria de la Red de los Institutos Nacionales de Salud de la Unión de Naciones Suramericanas; establecer una nueva agenda de cooperación para el período 2016 — 2019, así como analizar la situación de la gobemanza y gobernabilidad de los institutos nacionales de salud en el ámbito de los sistemas nacionales de salud en los países sudamericanos; Que, mediante el documento de Visto, el Jefe del Instituto Nacional de Salud solicita se autorice su viaje para participar en la reunión antes indicada;

s. RUiZ Z.

Que, el Instituto Nacional de Salud es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud dedicado a la investigación de los problemas prioritarios de salud y de desarrollo tecnológico y tiene como mandato el proponer políticas y normas, promover, desarrollar y difundir la investigación-tecnológica y brindar servicios de salud en los campos de salud pública, control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, alimentación y nutrición, producción de biológicos, control de calidad de alimentos, productos farmacéuticos y afines, salud ocupacional, protección del medio ambiente y salud intercultural, para contribuir a mejorar la calidad de vida de la población;

Que, mediante Informe N° 305-2015-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que la participación del citado funcionario se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, que no ocasionará gastos al Estado y además cuenta con la autorización de la Alta Dirección; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión mediante Nota Informativa N° 1009-2015-0GAJ/MINSA; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a asambleas, conferencias, seminarios, cursos de capacitación o que se realicen por cualquier motivo, en el caso de titulares de Organismos Públicos Descentralizados, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular del Sector correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y objetivos del evento resulta de interés institucional autorizar el viaje del citado funcionario; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública, de la Secretaría General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del médico cirujano Ernesto Eugenio Gozzer Infante, Jefe del Instituto Nacional de Salud, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 19 al 23 de setiembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el citado funcionario, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retomo, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acudirá. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese. S. RUIZ Z.

ANÍBAL ELASC UEZ VAL VALDIVIA MINISTRO DE SALUD