20 de Febrero de 2016 A las 11:00hs. - UNVM

17 feb. 2017 - Universidad Nacional de Villa María. Dirección de Compras. Entre Ríos 1424- Villa María (Cba.) [email protected]. Tel: 0353- ...
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Dirección de Compras

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES DEL LLAMADO Universidad Nacional de Villa María Dirección de Compras Entre Ríos 1424- Villa María (Cba.) [email protected] Tel: 0353- 453-9100 Internos 2216-2315-2314- 2272 Tipo: Contratación Directa Clase: Sin Clase Modalidad: Sin Modalidad

Nº 001

Ejercicio: 2017

Expediente Nº: 014400 Rubro comercial: 7- Combustibles y Lubricantes Objeto de la contratación: “Provisión de Combustible para vehículos U.N.V.M.”

Ejercicio: 2017

Costo del Pliego: Sin Costo Notificaciones: las notificaciones se realizarán mediante la difusión en el sitio de internet de la U.N.V.M. http://www.unvm.edu.ar/pagina/direccion-compras, como así también mediante correo oficial de la Dirección de Compras [email protected] (correo en que serán válidas las comunicaciones e impugnaciones que los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes realicen en ellos) CONSULTA DEL PLIEGO

RETIRO DEL PLIEGO

Dirección: Entre Ríos 1424, Villa María (Cba.) – Dirección: Entre Ríos 1424, Villa María (Cba.) www.unvm.edu.ar/pagina/compras www.unvm.edu.ar/pagina/compras Plazo y horario: hasta el día 17 de Febrero de 2017 a las 15:00hs.

Plazo y horario: hasta el día 17 de Febrero de 2017 a las 15:00hs.

PRESENTACIÓN DE OFERTAS

ACTO DE APERTURA

Dirección: Dirección de Compras - Entre Ríos 1424, Villa Lugar/Dirección: Dirección de Compras - Entre Ríos 1424, María (Cba.) Villa María (Cba.) Fecha de inicio: 09 de Febrero de 2017. Fecha de finalización: 20 de Febrero de 2017 a las 11:00 hs.

Día y Hora:

20 de Febrero de 2016 A las 11:00hs.

NORMATIVA APLICABLE: 1- Decreto Del. 1023/2001 2- Resolución Rectoral Nº 846/2016 "Reglamento de Compras y Contrataciones U.N.V.M. "La normativa vigente para los procedimiento de Compras y Contrataciones de la Universidad Nacional de Villa María podrá ser consultada a través del sitio de internet de la institución, http://www.unvm.edu.ar/pagina/direccion-compras"

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A- DESCRIPCIÓN La presente Contratación tiene por objeto la provisión de combustibles (gas oil y nafta) para los vehículos de la U.N.V.M., ello en boca de surtidor, en estaciones de la ciudad de Villa María (Cba). Ello según el siguiente detalle: Nº de Designación Orden 1º.

GAS OIL TIPO D. EURO O SU EQUICALENTE DEPENDENDO DE LA MARCA.

2º.

COMBUSTIBLE NAFTA GRADO 3.

1º. El servicio solicitado consistirá en la provisión de GAS OIL y NAFTA en boca de surtidor, en estaciones de servicio de Villa María. El combustible se entregará en forma parcial según el requerimiento de la U.N.V.M. 2º. La provisión y el abastecimiento estará a cargo de la estación de servicio que resulte adjudicada, la que deberá contar con atención las 24 horas, todos los días inclusive, sábados, domingos y feriados. 3º. Frecuencia aproximada en que se realizarán las solicitudes de provisión: DIARIA. 4º. Cantidades estimadas de consumo: las cantidades consignadas en el presente pedido son las mínimas que se prevén para el abastecimiento de combustible al parque automotor de la U.N.V.M. por el período de contratación, a saber: a- GAS OIL TIPO D. EURO O SU EQUICALENTE DEPENDENDO DE LA MARCA: 13.000 Litros anuales b- COMBUSTIBLE NAFTA GRADO 3: 7.400 Litros anuales 5º. Las empresas que cuenten con más de una boca de expendio a utilizar, ya sea en la localidad, dentro de la provincia o fuera de ella, deberán adjuntar un listado de las mismas indicando nombre y dirección. 6º. La cotización deberá efectuarse conforme el modelo de planilla de cotización. Se entenderá que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta. 7º. Criterios de sustentabilidad: El adjudicatario deberá garantizar la aplicación de criterios de sustentabilidad. Los criterios de sustentabilidad deberán garantizar el mejor impacto al ambiente, mejores condiciones éticas y económicas, así como el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia infantil. 8º. La Universidad Nacional de Villa María podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes. B- CONSULTAS (Anexo Resolución Rectoral Nº 846/2016. Arts. 46º a 48º) 1º. Las consultas y/o solicitud de aclaraciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares del llamado deberán efectuarse por escrito ante la Dirección de Compras de la U.N.V.M., o por correo electrónico a la dirección [email protected]. 2º. Circulares aclaratorias y modificatorias al Pliego de Bases y Condiciones Particulares: La Universidad Nacional de Villa María podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al Pliego de Bases y Condiciones Particulares del llamado, de oficio o como respuesta a consultas de conformidad a lo establecido en normativa vigente (Anexo Resolución Rectoral Nº 846/2016, Art. 48º). C- OFERTA (Anexo Resolución Rectoral Nº 846/2016. Arts. 49º a 57º) 1º. A los efectos de la recepción de ofertas y la Apertura de Sobres se tomará en cuenta la hora que marque el reloj ubicado en la Dirección de Compras - Secretaría Económica de la Universidad (Entre Ríos Nº 1424). A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán admitirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Lugar y forma de presentación del sobre: a)

b)

Ofertas entregadas en la Dirección de Compras de la U.N.V.M (Entre Ríos 1424): deberá ser en sobres, cajas o paquetes perfectamente cerrados y contener en su cubierta identificación clara sobre el tipo y número de procedimiento así como el lugar, día y hora límite de presentación de ofertas y apertura. Se otorgará comprobante de presentación. Ofertas remitidas por correo postal (Entre Ríos 1431 – 5900 Villa María): el oferente que presente una propuesta por correo postal deberá identificar la misma según lo establecido precedentemente.

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Toda documentación que sea remitida por correo deberá estar dirigida a: “Dirección de Compras - Mesa de Entrada Salida y Archivos de la U.N.VM. (Entre Ríos 1431 – Villa María- Cba.)" Si la oferta no estuviera así identificada y aún presentada en tiempo no estuviera disponible para ser abierta en el momento de celebrarse el acto de apertura, se considerará como presentada fuera de término y será devuelta sin más trámite. 3º. Requisitos de las ofertas: las ofertas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016, Art. 54º. Las mismas, deberán estar acompañadas por: 1. Planilla de cotización FIRMADA. 2. Listado de boca de expendio a utilizar, indicando nombre y dirección, ya sea en la localidad, dentro de la provincia o fuera de ella 3. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA por el 5% del total de la oferta (Art. 84º, inc. a, 86º y 87º del Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016). 4. Comprobante de CUIT. 5. Declaración Jurada de Libre Deuda Previsional (formulario adjunto al presente Pliego). Quedará exceptuado de este requisito todo aquel oferente que posea Certificado Fiscal para Contratar vigente a la fecha de la Apertura de propuestas, y lo presente. 6. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR vigente a la fecha de la Apertura de propuestas. Para montos de ofertas iguales o superiores a Pesos Cincuenta Mil con 00/100 ($ 50.000,00) se deberá presentar indefectiblemente el certificado fiscal emitido por la AFIP o constancia de solicitud del mismo (Multinota F206). A los efectos de la adjudicación, la presentación del Certificado es REQUISITO EXIGIBLE. 7. Anexo de domicilio especial en el territorio nacional y declaración jurada de correo electrónico. 8.

La información detallada del oferente. - Tratándose de PERSONAS HUMANAS, deberán informar su nombre completo y apellido, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad, información de principales clientes del sector público o privado (se deberá acompañar copia del DNI y fotocopia de la matricula profesional o título habilitante en caso de corresponder).

9.

- Tratándose de PERSONAS JURÍDICAS, deberán presentar denominación o razón social, lugar y datos del contrato constitutivo (copia fiel del contrato social, estatuto y sus modificaciones con constancia de inscripción en el registro correspondiente), nómina de los actuales integrantes de sus órganos de administración (actas de directorio, actas de asamblea, resoluciones de los socios), fecha de comienzo y finalización de los mandatos. Poderes de administración y disposición del firmante (en caso de corresponder), e información sobre los principales clientes del sector público y privado. Declaración jurada, manifestando si el oferente tiene juicios pendientes con el Estado Nacional, sea como actor o demandado, indicando el importe comprometido en el pleito.

4º. Moneda de cotización: Moneda Nacional, y no podrá referirse en ningún caso a la eventual fluctuación de su valor. 5º. Plazo de Mantenimiento de la Oferta: Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. (Art. 52º del Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016) 6º. Ofertas Alternativas: Se entiende por oferta alternativa a aquella que cumpliendo en un todo las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el pliego de bases y condiciones particulares, ofrece distintas soluciones técnicas que hace que pueda haber distintos precios para el mismo producto o servicio (Art. 55º del Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016). 7º. Prohibición de participar en más de una oferta: Cada oferente podrá participar solamente de una oferta, ya sea por sí solo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Se desestimarán todas aquellas ofertas en las que participe quien trasgreda esta prohibición. (Art. 53º del Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016). D- APERTURA DE OFERTAS (Anexo Resolución Rectoral Nº 846/2016. Arts. 58º a 64º)

1º. Acto de Apertura: En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto, se procederá a abrir las ofertas, en acto público, en presencia de funcionarios de la Universidad y/o representantes de la Dirección de Compras y de todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos.

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Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Si hubiere observaciones se dejará constancia en el acta de apertura para su posterior análisis por las autoridades competentes. 2º. Vista de las Ofertas: Los funcionarios de la jurisdicción presentes en el acto de apertura deberán dar vista de los precios cotizados en las ofertas a los interesados que así lo requieran. Los originales de las ofertas serán exhibidos por la Dirección de Compras a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día siguiente al de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copia a su costa. En el supuesto que exista un único oferente, se podrá prescindir del cumplimiento del término indicado en el párrafo anterior. E- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS (Anexo Resolución Rectoral Nº 846/2016. Arts. 65º a 80º) 1º. Parámetros de evaluación: a) Examen de aspectos formales de la totalidad de las ofertas presentadas (TÍTULO C- OFERTAS). b) Evaluación de la calidad de los oferentes (cumplimiento de requisitos formales de presentación, capacidad del firmante, situación impositiva – Declaración Jurada de libre deuda o certificado fiscal-, sanciones, antecedentes de incumplimiento, Registros REPSAL) c) Pautas de inelegibilidad (Art 72º del Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016). d) Errores de cotización - Causales de desestimación No Subsanables (Art 70º del Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016). e) Aspectos técnicos, especificaciones, plazos y condiciones de las garantías ofrecidas. f) Criterios de sustentabilidad. Alternativas dentro de los parámetros establecidos por normativa nacional. g) Precio (análisis de precios, comparativa, oportunidad y conveniencia). Precio vil o no serio (Art 73º del Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016). La validez de la oferta será analizada de acuerdo a lo solicitado y establecido en el presente Pliego de Condiciones Particulares. 2º. Criterio de selección: La adjudicación se realizará en favor de la oferta más conveniente para la Universidad Nacional de Villa María, teniendo en cuenta los parámetros de Evaluación establecidos en el punto anterior. 3º. Errores de Cotización: Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos en el sentido de brindar a la Universidad la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. La subsanación de deficiencias se posibilitará en toda cuestión relacionada con la constatación de datos o información de tipo histórico obrante en bases de datos de organismos públicos, o que no afecten el principio de igualdad de tratamiento para interesados y oferentes. La Dirección de Compras intimará al oferente a que subsane los errores u omisiones dentro del término de TRES (3) días, como mínimo. La corrección de errores u omisiones no podrá ser utilizada por el oferente para alterar la sustancia de la oferta o para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás oferentes. 4º. Desempate de ofertas: se procederá según normativa vigente (Art 74º del Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016). 5º. Mejora de precios: la UNVM podrá solicitar al oferente que se encuentre primero en el orden de mérito una mejora de precios. Si el oferente no mejorara el precio de su oferta, igualmente podrá ser adjudicado si su oferta se entiende conveniente. a) Opciones a favor de la Universidad: Adjudicación total a un oferente. 6º. Adjudicación/Notificación: El acto administrativo de finalización del procedimiento deberá ser notificado por la Dirección de Compras, utilizando alguno de los medios enumerados en el artículo 9° del Anexo de la Resolución rectoral Nº 846/2016, a todos los oferentes dentro de los TRES (3) días de dictado. F- CELEBRACIÓN DEL CONTRATO (Anexo Resolución Rectoral Nº 846/2016. Arts. 81º a 83º) 1º. Firma del Contrato: la Dirección de Contrataciones notificará al adjudicatario, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación, que el contrato se encuentra a disposición para su suscripción por el término de CINCO (5) días. Si vencido ese plazo el proveedor no concurriera a suscribir el documento respectivo, la Dirección de Contrataciones notificará por los medios habilitados al efecto otorgando un nuevo plazo de CINCO (5) días para presentarse con éste para la firma o, en su caso, devolverlo con firma certificada por autoridad competente.

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Ante incumplimiento en los plazos fijados o, en caso de solicitud expresa de ampliación de los plazos por parte del adjudicatario, al vencimiento de dicha ampliación, se considerará desistimiento de la adjudicación dejando sin efecto la misma y siendo pasible el proveedor de las Penalidades y Sanciones establecidas por este reglamento. El cocontratante deberá intervenir el respectivo instrumento dando cumplimiento a las obligaciones tributarias correspondientes, esto es, Impuesto de Sellos de la Provincia de Córdoba en los términos fijados por la ley. A dichos fines la UNIVERSIDAD manifiesta gozar de exención subjetiva por la parte que le corresponde. 2º. Garantía de cumplimiento de contrato: El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato por el DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total de la orden de compra, dentro del plazo de CINCO (5) días de recibida la misma. (Art. 84º, inc. b, 86º y 87º del Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016) 3º. Cesión o subcontratación: Queda prohibida la subcontratación o cesión del contrato/orden de compra, en ambos casos, sin la previa autorización fundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. Se deberá verificar que el cesionario cumpla con todos los requisitos de la convocatoria a ese momento, como al momento de la cesión. En caso de cederse sin mediar dicha autorización, la Universidad podrá rescindir de pleno derecho el contrato por culpa del cocontratante con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato. G- GARANTÍAS (Anexo Resolución Rectoral Nº 846/2016. Arts. 84º a 92º)

1º. Moneda de la garantía. La garantía se deberá constituir en MONEDA NACIONAL. 2º. Formas de garantía. Las garantías que se establecen en el presente Pliego podrán constituirse de las siguientes formas, o mediante combinaciones de ellas: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la Universidad, o giro postal o bancario. b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria. La Universidad, a través de la tesorería de la misma, deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. c) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la Universidad, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 1583 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, así como al beneficio de interpelación judicial previa. d) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la Universidad y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. En los respectivos pliegos se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La Universidad deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. e) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el proponente o adjudicatario tenga en entidades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos a la Universidad. f) Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato, de anticipo financiero (contragarantía) o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de Pesos Treinta mil ($30.000,00) . La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante, no obstante ello, se podrá elegir la forma de la garantía en el pliego de bases y condiciones particulares. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo de validez de aquélla y su eventual prórroga. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección. 3º. Excepciones a la obligación de presentar garantías. No será necesario presentar garantías en los siguientes casos: a) Cuando el monto de la garantía no supere la suma de Pesos diez mil ($ 10.000,00) b) Ejecución de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía. En el caso de rechazo el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación del rechazo y no desde la notificación de la orden de compra o de la firma del respectivo contrato. Los elementos rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados sin, previamente, integrar la garantía que corresponda. No obstante lo dispuesto, todos los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes quedan obligados a responder por el importe de la

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garantía no constituida, de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en la normativa aplicable, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de obtenido el cobro o de efectuado el pago. Las excepciones previstas en el presente artículo no incluyen a las contragarantías. 4º. Devolución de garantías. Se procederá de conformidad a la normativa vigente. 5º. Devolución de garantías a pedido de parte: Se procederá de acuerdo a la normativa vigente. H- EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO (Anexo Resolución Rectoral Nº 846/2016. Arts. 93º a 113º) 1º. Plazo de Contratación: por doce (12) meses, a partir del momento de la adjudicación, con opción a prórroga por igual período. 2º. Recepción: serán de aplicación las disposiciones establecidas en el Anexo de la Resolución Rectoral Nº 846/2016. 3º. La conformidad definitiva no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergentes por vicios redhibitorios, de acuerdo a lo que establece el Código Civil y Comercial Argentino. 4º. Los plazos previstos se considerarán interrumpidos cuando faltare cumplir algún recaudo legal o administrativo, por parte del adjudicatario, a partir de la fecha en que se le hiciera saber la omisión observada en el domicilio legal constituido o correo electrónico declarado. 5º. Penalidades y Sanciones: se estará por lo regulado en Resolución Rectoral Nº 846/2016, Arts. 114º a 122º. 6º. Resarcimiento integral: La ejecución de las garantías o la iniciación de las acciones destinadas a obtener el cobro de las mismas, tendrán lugar sin perjuicio de la aplicación de las multas que correspondan o de las acciones judiciales que se ejerzan para obtener el resarcimiento integral de los daños que los incumplimientos del cocontratante hubieran ocasionado. 7º. Facturación: deberá confeccionarse a nombre de “Universidad Nacional de Villa María”. Exenta en IVA y Ganancias. CUIT: 30-66938712-8. La Universidad reviste el carácter de agente de retención. El adjudicatario se comprometerá a presentar la Factura “B” ó “C” una vez entregado el bien. Deberá cumplir con todas las normativas emanadas de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Con independencia de ello, corresponderá incluir al pie de la misma nota aclaratoria o referencia sobre el porcentaje de IVA correspondiente a cada uno de los productos gravados. Presentación: La factura deberá ser presentada una vez recibida la conformidad de recepción. El proveedor deberá presentar la factura original para su conformidad, en la Secretaría de Planificación de la U.N.V.M.. 8º. Plazo para el pago: los pagos se harán en forma mensual, de acuerdo a lo consumido en el período. 9º. Anticipo: A pedido del adjudicatario, la Universidad podrá realizar un adelanto mensual del 50 % del valor consumido en el mes inmediato anterior. A tal fin, el proveedor deberá garantizar el mismo de conformidad a las reglas establecidas en el apartado G- GARANTÍAS del presente Pliego. El pago de la factura se efectuará dentro de los siete (7) días hábiles posteriores a la recepción de la misma conformada, por la Secretaría de Planificación, en la Secretaría Económica de la Universidad. 10º.Forma de pago: Con cheque propio de la Universidad Nacional de Villa María y/o depósito interbancario previa presentación, en la Tesorería de la U.N.V.M, del comprobante de CBU (emitido por el Banco). Las retenciones que deban realizarse sobre el pago se regirán por lo dispuesto por las normas nacionales vigentes. 11º.Lugar y horario de pago: TESORERÍA de la U.N.V.M. Sita en Entre Ríos 1431, 2º piso - Villa María, en horario de 8 a 13 horas en días hábiles administrativos para la Universidad. Te: 0353-4539100 interno 2218.

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PLANILLA DE COTIZACIÓN (Deberá completar los faltantes en el campo “Datos del Proveedor”) EFECTOS DE LA PRESENTACION. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta. En todo cuanto no esté previsto en las Cláusulas Particulares, se regirá por la Normativa Aplicable, Dec. 1023/01 y Resolución Rectoral Nº 846/2016.

Tipo: Contratación Directa Nº 001 Clase: Sin Clase Modalidad: Sin Modalidad Expediente Nº: 014400 Rubro comercial: 7- Combustibles y Lubricantes Objeto de la contratación: “Provisión de Combustible para vehículos U.N.V.M.” DATOS DEL PROVEEDOR Oferente: CUIT: Domicilio:

Ejercicio: 2017

Ejercicio: 2016

IVA:

Localidad: Teléfono:

Provincia: Fax:

Código Postal: Mail:

ESPECIFICACIONES

Nº de Orden

Descripción 1 2

Precio Unitario

Precio total

GAS OIL TIPO D. EURO O SU EQUICALENTE DEPENDENDO DE LA MARCA. (Cantidades Mínimas: 13.000 litros anuales) COMBUSTIBLE NAFTA GRADO 3. (Cantidades Mínimas: 7.400 litros anuales)

TOTAL„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„ $ Son Pesos:„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„.............................................................. Los precios deberán ser finales, en pesos e incluir el I.V.A. Forma de pago:

Según pliego.

Validez de la oferta:

Según pliego.

Observaciones:.......................................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................................................................... ..............................................................................................................„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„....

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Página 8 de 8 DECLARACIÓN JURADA

Nombre o Razón Social:„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„

Domicilio:„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„

C.U.I.T. Nº:„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„„.

Quien suscribe, con poder suficiente para efectuar este acto, DECLARO BAJO JURAMENTO que poseo capacidad suficiente para afrontar la realización de los trabajos objeto del presente llamado;

DECLARO BAJO JURAMENTO que estoy habilitado para contratar con la Administración Pública Nacional, en razón de cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 27 del Decreto Delegado P.E.N. Nº 1023/2001, y que no estoy incurso en ninguna de las causales de inadmisibilidad establecidas en los incisos a) a g) del artículo 28 del citado Decreto;

DECLARO BAJO JURAMENTO que no mantengo juicios con el Estado Nacional o sus entidades descentralizadas;

DECLARO BAJO JURAMENTO que acepto someter cualquier cuestión que pudiera suscitarse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales con asiento en la ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba, con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponde