¿20 años después, qué ha pasado con las recomendaciones de la ...

contribuciones desde la economía solidaria a una agenda para la convivencia pacífica en la sociedad colombiana. PVP $ 8.000.oo. IEMP, 20 años de vida.
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ISSN 2145-5430

Boletín informativo del Instituto de Estudios del Ministerio Público

¿20 años después, qué ha pasado con las recomendaciones de la misión de sabios? director del iemp

El gobierno del expresidente César Gaviria Trujillo (1993), conformó una misión de sabios denominada Misión de Ciencia, Educación y Desarrollo compuesta por Eduardo Aldana Valdez, Fernando Chaparro Osorio, Gabriel García Márquez, Rodrigo Gutiérrez Duque, Rodolfo Llinás, Marco Palacios Rozo, Manuel Elkin Patarroyo, Eduardo Posada Flórez, Ángela Restrepo Moreno y Carlos Eduardo Vasco Uribe. El grupo en 1994 le entregó al entonces presidente de la república un informe denominado Colombia al filo de la oportunidad que contemplaba una serie de recomendaciones, proyectadas a 20 años, para enfrentar los retos del siglo xxi. El documento contiene el resumen de las deliberaciones de los altos comisionados y de las discusiones con otros grupos de investigadores nacionales. Las recomendaciones dadas se concentraron básicamente en la necesidad de «endogenizar la ciencia» a través de un sistema de educación masivo en que los medios informáticos deben tener un papel vital. Es de anotar que, en aquel entonces, la comisión en dicho informe expresó: [en Colombia] (…) queremos que nuestra nación se abra paso en el panorama internacional, que participe de lleno en la economía mundial y que pueda disponer en su provecho de lo mejor de la cultura contemporánea. También queremos mejorar, en otros aspectos y de manera sustancial, la calidad de vida de los colombianos. Las ciencias y las artes son es-

IEMP, 20 años de vida institucional Programa Nacional de Justicia Disciplinaria, Derecho Probatorio y Contratación Estatal Certificación de la competencia laboral del IEMP

Mónica Vega Solano - IEMP

christian josé mora padilla

número 20 • noviembre de 2014

sig, Icontec renovó certificaciones del IEMP



«Por un país al alcance de los niños» es el título del informe del premio Nobel de literatura colombiano, Gabriel García Márquez (q. e. p. d.), que hizo parte de las recomendaciones incluidas en el documento Colombia al filo de la oportunidad.

pacios propicios para liberar la creatividad de nuestra gente y asegurar un profundo progreso social y cultural del país. Pero el árbol del desarrollo social y económico sólo puede arraigar y crecer frondoso si tiene como fundamento el desarrollo tecnológico y el mejoramiento de la calidad de vida de nuestros compatriotas. Estos, a su vez, no lograrán este objetivo sin contar con la investigación, la ciencia y la tecnología, y sin una reorientación de la educación para que en ella primen el dominio de la ciencia y el estímulo a la creatividad.1 1 Presidencia de la República/Colciencias. (1995). Colombia al filo de la oportunidad.

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Cambiar el paradigma gerencial, prioridad en la Administración pública

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El IEMP participó en el X Foro Internacional de la Calidad

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El IEMP en los congresos de psicología jurídica y forense

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Caracterización de la justicia y el precedente jurisprudencial en Colombia

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Las barreras sociales de la discapacidad ¿En qué anda la red?

Novedades editoriales

RESUMEN EJECUTIVO. Análisis de los distintos factores que permitan hacer contribuciones desde la economía solidaria a una agenda para la convivencia pacífica en la sociedad colombiana PVP $ 8.000.oo

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|  Boletín informativo del IEMP - Instituto de Estudios del Ministerio Público Luis Miguel Estrada Cadena - IEMP

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n.º 20 • volumen 5 • noviembre de 2014

innova

BOLETÍN TRIMESTRAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO

ISSN 2145-5430 innova , marca registrada. Resolución 00056862 de 2012 de la Superintendencia de Industria y Comercio

Alejandro Ordóñez Maldonado Procurador general de la nación

Martha Isabel Castañeda Curvelo Viceprocuradora general de la nación

Christian José Mora Padilla Director Instituto de Estudios del Ministerio Público - pgn

Dirección general Christian José Mora Padilla Coordinación editorial y corrección de textos Mónica Vega Solano Comité editorial Luis Enrique Martínez Ballén Carlos Humberto García Orrego Carmenza Carreño Gómez Mónica Vega Solano Diagramación Diana Carolina Chacón Enciso Diseñadora gráfica IEMP Impresión Imprenta Nacional de Colombia Editor Instituto de Estudios del Ministerio Público Bogotá, carrera 5  15 - 80 piso 16 PBX: 587 8750 Ext. 11621 www.procuraduria.gov.co/iemp IEMP Colombia @IEMP_Colombia Instituto de Estudios del Ministerio Público IEMP

Los contenidos del presente boletín son responsabilidad exclusiva de los autores.



El IEMP editará la publicación de la evaluación y recomendaciones de los integrantes de la Misión de Ciencia, Educación y Desarrollo que asistieron a la convocatoria de la acac y del Instituto para analizar los avances del informe Colombia al filo de la oportunidad. En la foto (izq. a der.) Eduardo Posada Flórez y María Piedad Villaveces Niño, presidente y directora ejecutiva de la acac, respectivamente; y Mario Iván Algarra Lobo, asesor de la División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos del IEMP, coordinador del proyecto.

Adicionalmente, de los aspectos que más se recuerdan de esta misión fueron los objetivos propuestos entre los que se encontraba el destino del 2% de inversión del pib para ciencia y tecnología, así como el número de doctores que debería estar formando el país cada año. Por otra parte, es importante mencionar que la evolución en estos 20 años en ciencia, tecnología e innovación ha mostrado que hay una mayor institucionalidad reflejada en más de 6000 grupos de investigación, más centros y universidades involucradas. Asimismo, la inclusión de nuevas tecnologías en la educación y en la investigación, la apertura y publicación de obras de investigadores colombianos y la internacionalización de la ciencia. No obstante lo anterior, lo que sí está claro y debe ser objeto de puntualizar, es que a la fecha no se conoce con exactitud si 20 años después de la promulgación del documento y tal como se proyectó el trabajo, los propósitos esta-

blecidos en el mismo han sido satisfechos. Es decir que, transcurridos 20 años de la convocatoria de la Misión de Ciencia, Educación y Desarrollo de 1993, no se cuenta con una evaluación rigurosa del avance de las propuestas de los integrantes. Es importante resaltar que dada la convocatoria por parte de la Presidencia de la República, en cabeza del Departamento Nacional de Planeación, estas recomendaciones tomaron valor de políticas públicas. Por tanto, con el propósito de contar con elementos que alimenten el direccionamiento de políticas públicas en materia de ciencia, es fundamental contar con una evaluación seria y de rigor indiscutible, razón por la que se consideró que los mejores evaluadores del avance son los mismos autores de la publicación en la que se establecieron metas importantes para el fututo de la ciencia en el país. De otra parte, es importante explorar y documentar la perspectiva de científicos prometedores que tienen des-

de su conocimiento aportes relevantes para el país. Con fundamento en lo anterior, la División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos del IEMP estableció la importancia de estructurar un proyecto en el que se estudiara si los aspectos y/o recomendaciones, consignadas por los sabios en el mencionado documento, efectivamente mejoraron o no, cómo se ven en el futuro y si, en efecto, la realidad se transformó. En consecuencia, conjuntamente con la Asociación Colombiana para el Avance de la Ciencia (acac), el IEMP efectuó un estudio sobre los avances, cumplimientos o desatención de las recomendaciones esbozadas en la publicación Colombia, al filo de la oportunidad. La acac, cuyo presidente en la actualidad, Eduardo Posada Flórez, también hizo parte de la misión, convocó en el mes de mayo a los expertos a un primer acercamiento que permitió no solo hacer un rápido balance de lo acaecido las últimas dos décadas, sino también para motivarles a presentar la evaluación con relación a las recomendaciones. A la reunión, en Rionegro (Antioquia), asistieron cinco de los diez integrantes: Eduardo Aldana Valdez, Fernando Chaparro Osorio, Eduardo Posada Flórez, Ángela Restrepo Moreno y Carlos Eduardo Vasco Uribe. Las personalidades e invitados de la academia recordaron en este escenario al fallecido premio Nobel de literatura, Gabriel García Márquez. El documento final de este encuentro será publicado por el Instituto en el último trimestre de 2014.

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IEMP, 20 años de vida institucional al servicio del ministerio público y de los colombianos jorge luís yarce tamayo

Que la condición de representante de la sociedad, se debe traducir en la vocación preventiva, no siempre disciplinaria, para que la realización de los derechos ciudadanos, se soporte en educación y en el estudio científico de los fenómenos que le afectan.

dirección del iemp

1 IEMP (2014). Manual de gestión. Sistema Integrado de Gestión (sig). P. 8. 2 Ibídem.

Que la realización de programas de estudio, de capacitación y de contacto permanente con la comunidad, eviten daños y perjuicios en materia de derechos humanos, interés público y medio ambiente, al igual que contribuyen a robustecer la participación en las cuestiones que le favorecen. El Instituto de estudios del ministerio público como unidad administrativa especial, (…) se soporta en el entendimiento de que la Procuraduría necesita un centro de investigación social de amplias posibilidades científicas, investigativas y culturales, con la flexibilidad propia de las normas colombianas sobre ciencia y tecnología para generar conocimiento y para auscultar sociológica

A su trámite en el Congreso de la República, el proyecto se convertiría en la Ley 201 del 28 de julio de 1995 el cual contenía la estructura y funciones del IEMP en los artículos 22 al 37. El Instituto se puso en marcha, de manos del primer director, Camilo Alberto Suárez de la Cruz, con 27 funcionarios colaboradores buscando la consolidación de la estructura, y trazando los caminos que aún hoy perviven, como son la gestión del conocimiento y su preservación a través de obras editoriales que sirven de soporte para el cumplimiento de objetivos como «formar, capacitar y actualizar a los funcionarios del Ministerio Público». Desde ese momento el IEMP comenzó su vida institucional brindando 3 IEMP (2010). Un compromiso permanente hacia la excelencia. 15 años. Bogotá D. C. Ediciones IEMP. Colombia. P. 19.

Archivo IEMP

En el 2015 el IEMP cumple el vigésimo aniversario como una unidad administrativa especial de carácter académico adscrita a la Procuraduría General de la Nación, cuya función es promocionar, facilitar y desarrollar «(…) la gestión del conocimiento y el respeto de los derechos constitucionales a través de investigaciones, capacitaciones, publicaciones y certificaciones en competencias laborales, dirigidas a entidades públicas y a la sociedad en general»,1 actuando desde el marco del más representativo órgano de control del Estado colombiano y como instrumento de actualización y cualificación de los servidores públicos, y buscando consolidarse en el año 2016 como «(…) un centro de pensamiento, aliado estratégico del ministerio público y organismo de excelencia en sus servicios y productos, el cual apoya de forma sostenible la gestión pública y el Estado social de derecho»;2 para el logro de este ideal, trabajamos alrededor de cuatro ejes estratégicos: sostenibilidad, regionalización, virtualización e internacionalización. El Instituto nace a la vida jurídica con el proyecto de Ley 224 de 1995 «Por el cual se establece la estructura y organización de la Procuraduría General de la Nación y se dictan otras disposiciones». En la exposición de motivos el proyecto daba el espíritu a la función del IEMP, desde antes de nacer, manifestando como razón de su existencia:

y jurídicamente el país, las instituciones, sus debilidades y necesidades de cambio, y la cultura de la eficacia de las reglas del Estado social de derecho.3



La visión del IEMP para el año 2016 es ser «(…) un centro de pensamiento, aliado estratégico del ministerio público y organismo de excelencia en sus servicios y productos, el cual apoya de forma sostenible la gestión pública y el Estado social de derecho»

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Centro de pensamiento, conocimiento e innovación capacitación a los servidores de la entidad, la Defensoría del Pueblo y las personerías municipales, en todo el territorio nacional, fomentando la investigación en temas de interés para el quehacer misional de las instituciones que integran el ministerio público y, por supuesto, servir a los ciudadanos.

«En el marco de estos 20 años (…) En reconocimiento al servicio de todos cuantos han hecho parte (…) Y en exaltación del invaluable valor del Instituto de Estudios del Ministerio Público como unidad académica (…) Declaro el comienzo del vigésimo aniversario del IEMP y el comienzo de las actividades académicas como celebración de su vida institucional».

20 años de servicio Celebración que no puede pasar desapercibida por lo que, el IEMP, en cabeza del director, Christian José Mora Padilla, hace un reconocimiento a los funcionarios, directores y procuradores que, a través de los años, han hecho crecer y fructificar para el beneficio de la sociedad colombiana a esta unidad académica. Precisamente, el pasado 18 de septiembre de 2014 en el marco del Tercer Encuentro Nacional del Ministerio Público «Soberanía de Colores, por un Desarrollo Sostenible» realizado en la ciudad de San Andrés Isla, se dio inicio oficial al año de celebraciones del Instituto con las palabras del procurador general de la nación y presidente del Consejo Académico del IEMP, Alejandro Ordóñez Maldonado, y el director del IEMP, Christian José Mora Padilla, tras la lectura de la resolución de proclamación. En el marco del evento, se dio el acto protocolario por medio del cual se inició un año lleno de actividades que buscan celebrar la vida institucional, pero que, como resulta propio para el IEMP, girará en torno de encuentros académicos y la gestión del conocimiento. Como parte de este año de «celebraciones» se formalizó el primer convenio marco de cooperación institucional entre la Defensoría del Pueblo y el IEMP, el cual permitirá estrechar los lazos entre las entidades del ministerio público y fortalecer los procesos de capacitación, formación e investigación conjunta, en aras de brindar a cada vez más servidores públicos y ciudadanos, herramientas técnicas, científicas y aca4  » 

Declaración del procurador, Alejandro Ordóñez Maldonado, en el acto de apertura del vigésimo aniversario del IEMP. San Andrés, Providencia y Santa Catalina, 18 de septiembre de 2014.

démicas para el cumplimiento de su deber, y la garantía de los derechos de los colombianos. Este año estará colmado de actividades académicas que buscarán abarcar el universo de líneas de conocimiento e investigación trabajadas por el IEMP, en coordinación con las distintas procuradurías delegadas, y en conjunto con entidades que han forjado alianzas y convenios de cooperación para la investigación y la capacitación con la unidad académica. Estos 20 años, llevarán al IEMP por todo el país con nuevas estrategias pedagógicas e informativas, dando lugar a celebrar, en espacios de formación y academicos, con cientos de servidores públicos de Colombia, y así fortalecer los procesos de transformación institucional que buscan estar cada vez más cerca de los ciudadanos.

Nuestra imagen se viste de fiesta Como parte de esta celebración, nuestro logo también transmite el orgullo de cumplir 20 años al servicio del pueblo de Colombia y, especialmente, del ministerio público. Es por ello que durante este año de encuentros académicos la imagen institucional estará acompañada del tiempo que hemos caminado, crecido y labrado, formando, capacitando, investigando y creando conocimiento. El logo de 20 años busca exaltar la labor científica, investigativa y académica en la representación de la escritura como herramienta de creación, conservación y difusión del saber, así como el trabajo constante y arduo de todos aquellos que han hecho parte de este esfuerzo a lo largo de cuatro lustros con ideas, trabajo constante y comprometido, representado en el dinamismo de las esferas.

Centro de pensamiento, conocimiento e innovación

Diseño de adaptación conmemorativa a la identidad institucional del Instituto de Estudios del Ministerio Púlico, realiazada por Diana Carolina Chacón Enciso, diseñadora gráfica del IEMP.

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Convenio marco de cooperación interinstitucional entre la Defensoría del Pueblo y el IEMP El Plan estratégico «Innovación y virtualización» 2013-2016 del IEMP, incorporó la suscripción de convenios interinstitucionales con el fin de ampliar la cobertura de los productos y servicios que ofrece al Estado en áreas como la capacitación, la investigación y la realización de publicaciones de carácter académico, pedagógico e informativo. En este sentido, el pasado 17 de septiembre durante el lanzamiento del Tercer Encuentro Nacional del Ministerio Público «Soberanía de Colores, por un Desarrollo Sostenible», realizado en la isla de San Andrés, Christian José Mora Padilla, director del IEMP de la Procuraduría General de la Nación, y Alfonso Cajiao Cabrera, secretario general de la Defensoría del Pueblo, firmaron un convenio marco cuyo objeto es «Establecer los vínculos y crear las bases para la cooperación y colaboración (…)» entre las dos entidades, por dos años, en las siguientes modalidades: a) Adelantar programas de capacitación e investigación orientados a la promoción, ejercicio, divulgación de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. b) Complementación y apoyo en programas de extensión (asesorías, cursos especiales y consultorías). c) Formulación, presentación y desarrollo de actividades y proyectos de investigación conjuntos. d) Búsqueda y obtención de fuentes de financiación y apoyo para proyectos y actividades. e) Gestión conjunta de recursos económicos obtenidos. f) Organización de eventos en temas relacionados con las actividades de las dos

esfuerzos, facilitar el acceso a los programas y el manejo eficiente de los recursos financieros, y crear contenidos y metodologías adecuadas a las necesidades que se presenten en asuntos de derechos humanos, Derecho Internacional Humanitario, capacitación del talento humano, entre otras.

Actividades del convenio marco



En la isla de San Andrés se firmó el convenio marco entre la Defensoría del Pueblo y el IEMP de la Procuraduría. En la foto (izq. a der. de pie) Alejandro Ordóñez Maldonado, procurador general de la nación, y Esiquio Manuel Sánchez, vicedefensor del pueblo; (izq. a der. sentados) Alfonso Cajiao Cabrera, secretario general de la Defensoría, y Christian José Mora Padilla, director del Instituto de Estudios.

instituciones y cualquier otra actividad que sea mutuamente acordada por considerarse apropiada para la Defensoría y el IEMP. g) Con base en el principio de reciprocidad las entidades firmantes podrán intercambiar beneficios y servicios para sus funcionarios.

En virtud del principio de coordinación y colaboración, las instituciones formalizaron el convenio en presencia —y en calidad de testigos— del procurador general, Alejandro Ordóñez Maldonado, y de Esiquio Manuel Sánchez, vicedefensor del pueblo. La finalidad del Instituto es maximizar su labor en la gestión del conocimiento y el apoyo administrativo, contribuyendo a la eficacia de las funciones del Estado. El convenio permitirá a las dos entidades del ministerio público coordinar

Son diversas las alianzas estratégicas que pueden promover la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría, a través del IEMP, en aras de optimizar las metas establecidas por cada una de las organizaciones en sus planes de desarrollo. Acciones como la realización conjunta de eventos y programas de capacitación, y la formulación y desarrollo de programas y proyectos de investigación, y la transferencia de conocimientos mediante el intercambio de profesionales especializados en las áreas de interés para las Cortesía Oficina de Prensa Defensoría del Pueblo

jefe división de capacitación iemp

Jorge Lúis Yarce Tamayo - IEMP

carlos humberto garcía orrego



El defensor del pueblo, Jorge Armando Otálora, lidera la «(…) institución del Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos de los habitantes del territorio nacional y de los colombianos en el exterior (…)». Recuperado en (2014, 24 de septiembre) http://www.defensoria.gov.co/es/public/institucional/114/ Misi%C3%B3n-y-Visi%C3%B3n.htm

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Centro de pensamiento, conocimiento e innovación partes, proveerá otras formas de aplicar el conocimiento y nuevas experiencias para implementar. A nivel logístico las dos entidades podrán facilitar sus instalaciones físicas y recursos técnicos y administrativos para eventos de promoción y socialización de investigaciones, por ejemplo, o la realización de foros, seminarios, diplomados, etc. Adicionalmente, las obras intelectuales como publicaciones y artículos, u otros resultados obtenidos de manera conjunta, serán propiedad de ambas instituciones, pudiendo cada una usarlos en el desarrollo de actividades académicas o investigativas, salvo disposición en contrario, y cuando previamente exista mutuo acuerdo en relación con la forma de utilizar la información y se otorguen los créditos correspondientes a los titulares de la propiedad intelectual.

Convenios específicos

y la coordinación para los mismos efectos se llevará a cabo por un comité operativo integrado por el jefe de la División de Capacitación del IEMP y un investigador o por el jefe de la División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos y un coordinador académico, según sea la especialidad de las actividades. Por su parte, de la Defensoría estará el comité coordinador del Grupo de Capacitación, Bienestar y Salud Ocupacional de la Subdirección de Talento Humano y un profesional especializado. El equipo de trabajo se reunirá cada vez que sea necesario para coordinar las acciones a nivel logístico, curricular o investigativo con el objeto de garantizar el óptimo desempeño de los procesos. Las recomendaciones y sugerencias serán presentadas ante los directivos para la toma de decisiones en cada caso.

Todas las actividades descritas se harán a través de convenios específicos de cooperación celebrados entre el secretario general de la Defensoría y el director del IEMP, quienes deberán contar con la disponibilidad de recursos y actuar en concordancia con el objeto del convenio marco. Cuando se obtengan fondos de fuentes de financiación para la realización de proyectos y actividades la coordinación se dará mediante convenio específico que debe corresponder a un programa de capacitación o de investigación, o a un proyecto de cooperación que integre actividades académicas y/o investigativas. La dirección para el cumplimiento del convenio marco, y aquellos que se deriven de su objeto, estará a cargo de los firmantes, o sus delegados debidamente facultados,

carlos humberto garcía orrego jefe de la división de capacitación iemp

En desarrollo de la misión académica, el IEMP ofrece programas de capacitación a los servidores del ministerio público, y comercializa estos servicios a entidades públicas y privadas que requieren conocimientos en materia de contratación estatal, derecho disciplinario, conciliación, Estatuto Anticorrupción, Código General del Proceso, entre otros. Anualmente, el IEMP ofrece cerca de 100 programas de capacitación de carácter gratuito para funcionarios de la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y las personerías distritales y municipales, y aproximadamente 30 programas de comercialización que, en su mayoría, son presenciales. La formación cubre todo el territorio nacional con un promedio de 10000 asistentes de los cuales el 40% son de la entidad. 6  » 

Cada programa se estructura a través de eventos, según el número de ciudades y municipios que serán atendidos, y se desarrolla por un grupo de docentes conformado por funcionarios de la Procuraduría, miembros de la Red de Formadores, profesores externos ad honorem o vinculados por contrato. Para mejorar y potenciar las labores de capacitación, el IEMP viene considerando desde tiempo atrás la implementación de un canal webtv que permita, vía streaming, obtener mayor cobertura de participantes virtuales, aumentar la comercialización de los servicios a través de Internet y reducir sustancialmente los costos que demanda la capacitación presencial. De otra parte, el canal será una multimedia permanente que facilitará incluir y actualizar contenidos a través de diferentes medios digitales como textos, audiovisuales, sonidos, imágenes, animaciones y, por

Mónica Vega Solano - IEMP

Cada vez más cerca la transmisión vía streaming, por webTV, en el IEMP



«(…) el IEMP dispondrá de un estudio de producción de contenidos audiovisuales para la realización de lanzamientos de eventos académicos, transmisiones en directo de capacitaciones, grabación de entrevistas y transmisión de noticias de la gestión de la entidad, con tecnología de alta definición (HD)».

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supuesto, la interactividad que requieren los programas de formación. El canal tendrá protagonismo en todas las fases del proceso de capacitación y socialización de las investigaciones académicas realizadas por el Instituto, desde la promoción, facilitación y desarrollo de la gestión del conocimiento. Igual que en los cursos, seminarios, talleres, jornadas de reflexión o diplomados, los programas serán organizados por población objeto y áreas temáticas para ser emiti-



dos a través de Internet, las 24 horas del día, los siete días de la semana. Adicionalmente, la tecnología hará visible, en cualquier lugar del mundo al IEMP lo que fortalecerá el eje estratégico de internacionalización y el objetivo de fortalecer la marca.

Ventajas del canal webtv Además de ser un medio novedoso que permitirá bajar costos, el canal también

El canal webTV IEMP «(...) permitirá bajar costos, (...) también aportará a los ejes estratégicos de virtualización, regionalización e internacionalización del Instituto, permitirá vínculos con experiencias territoriales, nacionales o del exterior, fortalecerá los procesos educativos al incluir no solo las imágenes de los eventos convocados como, por ejemplo, los congresos internacionales que realiza el IEMP en materia de contratación estatal, disciplinario o gerencia pública, sino material de estudio permanente». La imagen corresponde a pruebas previas antes del lanzamiento del canal, que podrá ser visto en la página web http://axon360play.com/iemp/index.php?

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aportará a los ejes estratégicos de virtualización, regionalización e internacionalización del Instituto, permitirá vínculos con experiencias territoriales, nacionales o del exterior, fortalecerá los procesos educativos al incluir no solo las imágenes de los eventos convocados como, por ejemplo, los congresos internacionales que realiza el IEMP en materia de contratación estatal, disciplinario o gerencia pública, sino material de estudio permanente. Cada persona que se conecte al canal webtv del Instituto podrá ingresar a contenidos de la parrilla virtual que, con seguridad, serán de interés para los servidores del ministerio público, del Estado en general y la ciudadanía. Algunos temas estarán a disposición del público de acuerdo a la necesidad; otros, por el contrario, serán de carácter permanente como el modelo gerencial del IEMP y la gerencia pública, el Programa Nacional de Capacitación dirigido a Personeros Municipales, los congresos, los programas de Participación Ciudadana y de Cooperativismo, las actividades y documentos relacionados con el concepto de justicia disciplinaria, el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (srpa), la Cátedra Carlos Mauro Hoyos, entre otros. Aunado a lo anterior, el IEMP dispondrá de un estudio de producción de contenidos audiovisuales para la realización de lanzamientos de eventos académicos, transmisiones en directo de capacitaciones, grabación de entrevistas y transmisión de noticias de la gestión de la entidad, con tecnología de alta definición (hd), enlaces redundantes de comunicación de excelente velocidad y soporte de energía. El estudio, además, contará con un salón que permitirá reunir a grupos de hasta 40 personas para realizar capacitaciones presenciales que, simultáneamente, se transmitirán vía streaming. De otra parte, la interactividad tendrá componentes como la videoconferencia, el chat privado y foros. Asimismo, el Instituto conocerá en forma inmediata el número de participantes en cada evento y las entradas al canal que pueden llegar a 2000 concurrentes. »  7

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Tercer Encuentro Nacional del Ministerio Público Oficina de Prensa PGN

Luis Alberto Ujueta - IEMP

Archivo IEMP

«Soberanía de Colores, por un Desarrollo Sostenible», en imágenes



El IEMP se encargó del programa de capacitación, la logística y convocatoria para la realización del encuentro, con el apoyo de aliados estratégicos como la Gobernacion de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; la Alcaldía de Providencia, el Banco Inteamericano de Desarrollo (BID), la Federación Nacional de Personeros (Fenalper), Empresas Públicas de Medellín (EPM), Aviatur y Avianca. En la foto del IEMP (izq. a der.) Jorge L. Yarce T., María A. Luquetta P., Christian J. Mora P., Diana C. Chacón E., Luis A. Ujueta y Carlos Cabeza T.

El encuentro se llevó a cabo los días 18 y 19 de septiembre en el departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.



El IEMP contó con un stand de publicaciones liderado por Guillermo Oidor Arévalo, otro de los miembros del equipo del Instituto, (izq.)



El procurador general de la nación revisando los últimos preparativos del evento, acompañado de la diseñadora gráfica del IEMP, Diana Chacón E., quien elaboró la imagen visual del encuentro, y Luis Alberto Ujueta, coordinador del Programa Nacional de Capacitación a Personeros del Instituto.



Con música del archipiélago fueron recibidos los participantes en el Tercer Encuentro Nacional del Ministerio Público. La quijada o carraca es uno de los instrumentos autóctonos.



Al encuentro llegaron personeros y personeras de diferentes regiones del país. La tercera versión también contó con la participación de la Defensoría del Pueblo y servidores de la Procuraduría.



Oficiales de la Armada Nacional y de la Fuerza Aérea Colombiana estuvieron presentes en el programa académico. El procurador general se encargó de darles la bienvenida.

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Más de 350 personas asistieron al encuentro. El auditorio, además de participar en el conversatorio del proyecto de reforma al Código Disciplinario Único, tuvo la oportunidad de escuchar conferencias relacionadas con el proceso de paz y el fortalecimiento de las personerías municipales, el medio ambiente, la actualización normativa en el manejo de recursos públicos, la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional, entre otros. Oficina de Prensa PGN





El procurador delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios, Oscar Darío Amaya Navas, recordó a los personeros y personeras la gran responsabilidad que recae sobre sus hombros al tener que gestionar la garantía de los derechos de los habitantes, en cada uno de sus territorios, para el disfrute de un ambiente sano.



Finalmente, la viceprocuradora, Martha Isabel Castañeda Curvelo, quien clausuró el evento, manifestó que algunos representantes del ministerio público «han perdido la vida» al defender los derechos de los ciudadanos. El Tercer Encuentro Nacional del Ministerio Público 2014 no solo permitió reconocer la difícil labor de los personeros y personeras en Colombia, sino también reflexionar y proponer mecanismos e instrumentos que fortalezcan la labor de la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y las personerías, instituciones que tanto han aportado al país.

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El director del IEMP, Christian José Mora Padilla, se dirigió al auditorio e hizo un reconocimiento especial a los personeros y personeras de todo el país, por la valiosa labor que desempeñan.

El próximo año el IEMP cumple 20 años. En el encuentro el procurador general y el director del IEMP cortaron la cinta que da la apertura a un sin número de eventos que tiene preparado el Instituto para celebrar dos décadas de trabajar por los servidores del ministerio público y del Estado.

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Carlos Mesa Díaz (izq.), procurador delegado para la Descentralización y las Entidades Territoriales, habló de las personerías y el papel que cumplen en la gestión territorial y participó en el panel de atención a inquietudes y sugerencias ciudadanas. Le acompañan en la foto (izq. a der.) el presidente de Fenalper y personero de Cali, Andrés Santamaría Garrido, y el coordinador del Programa Nacional de Capacitación a Personeros del IEMP.

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Centro de pensamiento, conocimiento e innovación

Reconocimiento al programa de personeros del IEMP La Procuraduría General de la Nación, a través del IEMP, y la Defensoría del Pueblo, en el marco del Programa Nacional de Capacitación dirigido a Personeros Municipales, con énfasis en derechos humanos (dd. hh.) y Derecho Internacional Humanitario (d. i. h.), desarrollan hace más de diez años eventos de formación, promoción y divulgación para los agentes del ministerio público del orden territorial, con el apoyo de organizaciones como Naciones Unidas y la Federación Nacional de Personeros (Fenalper), por mencionar solo algunas de la instituciones que aportan al fortalecimiento de las funciones de estos servidores que, a su vez, repercuten en el bienestar de las comunidades en todo el país. Precisamente, el pasado 23 y 24 de octubre, en el marco de la VI Asamblea Nacional de Personerías Municipales de Colombia, «Las Personerías Municipales, Fundamentales en la Movilización Social para la Construcción de la Paz Territorial», organizada por Fenalper en Valledupar (Cesar) y la cual congregó a más de 700 personeros y personeras de Colombia, el programa de capacitación del IEMP recibió el reconocimiento público a la labor desarrollada por más de una década en cada rincón del país. El Programa Nacional de Capacitación dirigido a Personeros Municipales, coordinado desde sus inicios por Luis Alberto Ujueta Cárdenas de la División de Capacitación del IEMP, contempla temas para fortalecer la gestión de los personeros como agentes del ministerio público; y potenciar el ejercicio de las funciones constitucionales y legales de las personerías en materia de dd. hh., d. i. h., violencia intrafamiliar, recursos y acciones judi-

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En presencia del procurador general de la nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, Luis Alberto Ujueta Cárdenas (adelante), coordinador del Programa Nacional de Capacitación para Personeros Municipales del IEMP, recibe de manos del presidente de Fenalper, Andrés Santamaría Garrido, el reconocimiento a más de una década de labores de la unidad académica de la entidad que busca fortalecer las funciones como agentes del ministerio público a las personeras y personeros de Colombia.

ciales, prevención y sistemas de alertas tempranas y derecho disciplinario, entre otros. La protección de los derechos económicos, sociales y culturales de los colombianos, y la vigilancia de la ejecución de los recursos del presupuesto municipal, son la razón de ser de los personeros y personeras de Colombia. La sostenibilidad del programa de capacitación del IEMP dirigido a estos servidores ha sido una prioridad de la entidad, a través del IEMP, un argumento más para recibir la gratitud de quienes ostentan la responsabilidad social de defender y prevenir acciones que afecten a los habitantes, y el patrimonio, de su región.

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jorge luís yarce tamayo dirección del iemp

La Procuraduría General de la Nación, como garante de los derechos de los colombianos, se consolida como un centro del conocimiento y defensor de la justicia teniendo como principios fundamentales la rectitud del proceder, el orden, la Constitución y la ley. Es por ello que el IEMP, de la mano del programa de apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (bid), y la Procuraduría, concibe el proyecto diálogos con la nación en el marco de estos principios y valores, cuya única pretensión es consolidar y fortalecer la defensa de los derechos. En este contexto, y con el objetivo de conocer la opinión de quienes lideran ante los diferentes órganos de decisión judicial y administrativa la materialización de la justicia, la entidad busca acercar a los procuradores delegados, en cabeza y dirección del procurador general de la nación, con actores de la vida nacional para que presenten su visión de país y los principales avances desde su perspectiva. «Diálogos de la Procuraduría con la Nación», además, establece un espacio académico de interacción al más alto nivel, que permite fortalecer a servidores del ministerio público en el estudio del contexto social, político y económico, nacional e internacional, con el propósito de consolidar el quehacer misional y, fundamentalmente, acercarlos a distintas áreas que parecen escapar a la cotidianidad del accionar jurídico, pero que resultan indispensables para el entendimiento de las diferentes dimensiones de la vida nacional en las que juristas, actores sociales y procuradores delegados, ante las dis-

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La Procuraduría, a través del IEMP, diseñó el programa diálogos con la nación



El procurador, Alejandro Ordóñez Maldonado, acompañado de José Darío Uribe, presidente del Banco de la República, en el primer encuentro del programa «Diálogos de la Procuraduría con la Nación» llevado a cabo el 11 de marzo de 2014.

tintas instancias del Estado, enmarcan sus decisiones.

Primer encuentro Durante el año 2014 se realizaron dos encuentros académicos en el marco del programa «Diálogos de la Procuraduría con la Nación» dirigidos a los procuradores delegados y personalidades que por su quehacer se encontraran vinculadas a las temáticas. Con el espíritu que mueve los procesos académicos, el primer diálogo se llevó a cabo el día 11 de marzo con un tema ajeno a los estrados judiciales, la doctrina o la jurisprudencia —términos comunes para los invitados— pues el presidente del Banco de la República, José Darío Uribe, esbozó algunas reflexiones relacionadas con el sistema económico del país, paradigmas del mercado, flujo de capitales, entre otros aspectos, conocimientos expuestos a

lo largo de una intensa jornada de cuatro horas. Estos espacios se nutrieron con la presencia de invitados especiales, miembros de la academia, representantes de entidades del Estado y de los sectores económicos y sociales que, desde su experticia y experiencia, fomentaron el diálogo de saberes y el cumplimiento del objetivo fundamental del encuentro. Para la primera versión esto fue evidente gracias a la presencia del entonces vicepresidente de la república de Colombia, Angelino Garzón, quien además de acompañar el evento expresó ciertas reflexiones en materia de necesidades y modelos establecidos para Colombia en el plano económico. Así mismo, la reunión tuvo la notoria presencia de la viceprocuradora general de la nación, Martha Isabel Castañeda Curvelo; la auditora general de la república, María Emilse Marulanda Tobón; el director regional de la Organización de Estados Iberoamericanos (oei), Álvaro »  11

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De izq. a der. el presidente del Banco de la República y el director del IEMP, Christian José Mora Padilla.

Mancera, y la ex embajadora adjunta de Colombia ante las Naciones Unidas, Rosa Zuluaga, entre otros. Como parte de la estructura particular de esta propuesta académica del IEMP, el procurador, Alejandro Ordóñez Maldonado, actuó como moderador de las discusiones, papel que le hizo parte activa del diálogo y lo proyectó a confluir, en las distintas temáticas, con delegados e invitados, redundando en el éxito del evento gracias a la presencia del jefe del ministerio público.

En cumplimiento de la visión del IEMP, trazamos una ruta que apunta directamente a la consolidación de escenarios de intercambio multidisciplinar, cada vez con mayor frecuencia, con el firme propósito de romper las burbujas de la especificidad que terminan por distraer de la realidad a los más avezados profesionales y expertos. Sin lugar a dudas, valoramos la lectura del contexto nacional como elemento esencial para la consecución de los fines y la materialización de los valores y principios que debe encarnar el ministerio público, por lo que planteamos la necesidad de continuar con el acercamiento de los juristas a otras disciplinas que enriquezcan la visión de país y, por ello, la Procuraduría, a través del IEMP, dará continuidad a la estrategia para consolidar institucionalmente el programa «Diálogos de la Procuraduría con la Nación» como un escenario idóneo para el intercambio de saberes y la construcción de conocimiento, objetivo primordial para la entidad y esta unidad académica. En este sentido, 2015, año de la celebración del vigésimo aniversario de vida institucional del IEMP, llegará con nuevas sesiones de encuentros académicos e intercambio de saberes, con los más excelsos invitados y conferenciantes, para con ello contribuir al quehacer organizacional y personal de procuradores y servidores públicos.

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¿Qué viene ahora?

comerciales para el Estado colombiano, en tanto plantean el reto de responder ante una comunidad internacional ávida por intercambio de bienes y servicios con el país carente, en la actualidad, de infraestructura competitiva. Como era el ideal de estos diálogos interdisciplinarios, el evento abordó temas más allá de lo económico. El procurador delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios, Oscar Darío Amaya, ahondó en aspectos relacionados con la posición de Ecopetrol en el plano nacional, y el impacto en las comunidades de la actividad de la empresa en el marco ambiental permitiendo establecer importantes reflexiones en el ejercicio industrial de la organización

Segundo encuentro En el segundo encuentro, realizado el 4 de julio, el gerente de la Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol), Javier Gutiérrez Pemeberty, explicó «los paradigmas de las relaciones internacionales de Colombia, en el marco de los mercados y la economía globalizada (…)».

estatal, la responsabilidad social y la permanente búsqueda de buenas prácticas. Es inevitable resaltar la compañía de la embajadora de Canadá, Carmen Sylvain, quien se vinculó al diálogo, así como gran parte de los ilustres invitados de la primera sesión, que encontraron en este modelo un espacio para el debate de ideas y el intercambio de saberes. En esta ocasión la moderación estuvo a cargo del director del IEMP, Christian José Mora Padilla, quien propició la aparición de nuevos e interesantes temas en la mesa de discusión y que, sin lugar a dudas, nutrieron el evento.

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Motivados por la primera convocatoria, el IEMP estructuró un nuevo espacio realizado el 4 de julio de 2014 el cual giró en torno al concepto «los retos industriales y económicos de una economía globalizada en Colombia». De acuerdo con este enfoque la entidad invitó a uno de los más reconocidos administradores de Colombia, de la más emblemática industria estatal, a saber, el gerente de la Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol), Javier Gutiérrez Pemeberty. El líder de esta organización planteó los paradigmas de las relaciones internacionales de Colombia, en el marco de los mercados y la economía globalizada, situando al país en el escenario mundial y analizando de fondo lo que significan los diferentes acercamientos 12  » 



En el segundo encuentro, realizado el 4 de julio, de izq. a der. el director del IEMP, Christian José Mora Padila y la embajadora de Canadá, Carmen Sylvain.

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coordinador académico división de capacitación

El IEMP en ejercicio de las funciones, consagradas en el título vii, artículo 56, numeral 1 y 2, del Decreto 262 del 2000, de dirigir y coordinar la capacitación de los funcionarios del ministerio público mediante la información y actualización permanente en temas misionales, continua llevando a los entes territoriales el Programa Nacional de Justicia Disciplinaria, Derecho Probatorio y Contratación Estatal. La política de llegar con la capacitación a lugares apartados de la geografía colombiana permite al Instituto cumplir con el eje estratégico de regionalización. Adicionalmente, en 2014, el Instituto incorporó al programa el componente de contratación estatal de acuerdo con el diagnóstico de necesidades planteadas por las procuradurías regionales, provinciales y el nivel central. Este año el programa de formación llegó a Málaga (Santander), Cajicá (Cundinamarca), Mocoa (Putumayo), Pereira (Risaralda), Magangué (Bolívar), Tunja (Boyacá), Arauca (Arauca), Tumaco (Nariño) El Banco (Magdalena), Buga (Valle del Cauda) y Florencia (Caquetá). Este esfuerzo del IEMP se logró gracias al apoyo de las procuradurías regionales de Arauca, Putumayo, Risaralda y Boyacá, y las provinciales

de Zipaquirá, Magangué, Tumaco y la Alcaldía de Málaga; obviamente, también, al compromiso de los docentes que transmitieron su conocimiento y experiencia, a saber: Edgar Orlando Pinilla Rueda, César Valencia Villamizar, Jaime Mejía Ossman, Gustavo Adolfo Castro Capera, Yamil Eduardo Álvarez Castro, Silvio Nabor Alomia Calonge, Jairo Rafael Martínez Cubillos, César Augusto Murcia Suárez y quien firma este artículo.

Programa académico Las sugerencias formuladas por los participantes en las evaluaciones de los eventos permiten al IEMP y los facilitadores diseñar y ajustar el programa académico. Algunos de los temas tratados son las generalidades de la contratación estatal, los procesos de selección de los proponentes, la formalización de convenios, inhabilidades e incompatibilidades y el régimen disciplinario en la materia. El plan de estudios también analizó las normas rectoras consagradas en el Código Disciplinario Único (cdu) como las relaciones especiales de sujeción, las medidas preventivas —cuando se adoptan, diferenciándolas de la función preventiva del ministerio público—; la suspensión provisional, causales, términos y control de legalidad; el pliego de cargos, los requisitos sustanciales y formales que debe tener; las nu-



El Programa Nacional de Justicia Disciplinaria, Derecho Probatorio y Contratación Estatal se realizó en Málaga (Santander) a finales de marzo. En la foto, además de los participantes del municipio y aledaños, están presentes (izq. a der.) Arturo Ronderos Salgado, coordinador académico del IEMP; Edgar Orlando Pinilla Rueda (en el centro), procurador regional del departamento; Christian José Mora Padilla, director del Instituto, y el alcalde de Málaga (último a la der.), Luis Antoni Diaz Florez.



El programa de capacitación llegó en el mes de julio a Magangué (Bolívar) donde recibieron capacitación no solo servidores de la Procuraduría sino también personeros municipales. En la foto (tercero de der. a izq., abajo) Arturo Ronderos Salgado, coordinador del programa en el IEMP.

Archivo Div. de Capacitación IEMP

arturo ronderos salgado

Archivo Div. de Capacitación IEMP

Cerca de 700 capacitados en el quinto año del Programa Nacional de Justicia Disciplinaria, Derecho Probatorio y Contratación Estatal

lidades, causales, oportunidad procesal para solicitarlas, sus efectos y las diferencias con la inexistencia; la revocatoria, causales, contra qué procede, término para solicitarla y resolverla, y las clases de recursos, oportunidad y efectos. El programa incluye los procedimientos ordinario y verbal, de carácter disciplinario. El primero, analiza la estructura de la falta disciplinaria, el control interno y externo disciplinario, las formas de iniciar los procesos, las etapas de indagación preliminar, investigación y juzgamiento, prescripción y caducidad, auto de

cierre de investigación, etapa de alegatos, fallo y el control de legalidad. El verbal estudia generalidades de los procesos, causales, oportunidades procesales, desarrollo de la audiencia y simulación. En estas presentaciones se citan la doctrina de la Procuraduría General de la Nación, la jurisprudencia de las altas cortes, y se entrega a los asistentes material desarrollado en el programa y normas adicionales para consultar. De esta manera el IEMP actualiza y apoya el fortalecimiento de la gestión disciplinaria en las regiones. »  13

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La experiencia de la Procuraduría y el IEMP en la evaluación de la conformidad y certificación de personas rolan oswaldo sánchez ojeda asesor dirección iemp dueño proceso certificación de personas

La Procuraduría General de la Nación debe estar a la par de los cambios que se producen en el entorno de la Administración pública y privada que afectan los resultados de la gestión; cambios como la globalización, las Tecnologías de Información y Comunicación (tic), la evolución de los puestos de trabajo y las nuevas condiciones laborales llevaron a la entidad a iniciar procesos como el que detallaremos. Desde el año 2011 la Procuraduría General de la Nación a través del IEMP inició el camino hacia la acreditación como organismo evaluador de la conformidad o — como lo hemos denominado— evaluador de la competencia laboral, con el propósito de fortalecer el talento humano y brindar a los servidores la oportunidad de obtener y mejorar el desarrollo profesional y potenciar las competencias para el trabajo.

Esta decisión implicó el compromiso de un equipo de trabajo que debía no solamente diseñar, estructurar e implementar un nuevo proceso en el marco del Sistema Integrado de Gestión (sig) del Instituto, sino adentrarse en el campo de formación de grupos evaluadores de competencias, de normalización y estandarización. Así mismo, requirió la indagación y estudio de la norma técnica internacional que promueve el marco global para la certificación de personas cuyos requisitos, aunque complejos, permitieron la adecuación del IEMP como ente certificador. Finalmente, desde el 9 de septiembre de 2013, el Instituto es un organismo certificador de personas en normas de competencias laborales en áreas misionales de la Procuraduría General de la Nación.

Marco  teórico  

Aspectos  generales  

14  » 

• competencia  laboral   • iden5ficación  de   competencias   • iden5ficación  de   equipos  técnicos   • normalización  de   competencias   laborales  

;er5ficación  de  la   competencia   laboral   • acreditación  del  IEMP  

Marco teórico El proceso de certificación de personas del IEMP se estructuró e implementó a partir del año 2012 cuando la Procuraduría vinculó el concepto de competencias en la gestión del talento humano adecuando el manual de funciones. A continuación relaciono algunas referencias y experiencias que ampliaron el conocimiento de la entidad y del IEMP en la materia.

1. Competencia laboral El concepto aplica tanto en el ámbito privado como en el público y se entiende como la capacidad de una persona para llevar a cabo una actividad productiva bajo un contexto específico. La experiencia hizo evolucionar dicho concepto y la

Evaluación  de   competencias   laborales  

Notas  finales  

|  literatura nos muestra diferentes alcances. Uno de los primeros expertos en hablar del tema fue McClelland (1973) quien, con el fin de realizar una mejor predicción del rendimiento laboral, determina que es necesario estudiar a las personas en su puesto de trabajo, confrontando las características de los más exitosos con quienes no lo son o están en el promedio.1 En la búsqueda realizada por el IEMP acerca del concepto descubrimos, también, que diferentes países cuentan con su propia definición, a saber: México: capacidad productiva de un individuo que se define y mide en términos de desempeño en un determinado contexto laboral. España: capacidades que permiten el desempeño de una ocupación, respecto a los niveles requeridos en el empleo. Canadá: conjunto de comportamientos socioafectivos y habilidades cognoscitivas, psicológicas, sensoriales y motoras que permiten llevar a cabo adecuadamente un papel, una función, una actividad o una tarea. Argentina: conjunto de conocimientos, actitudes, valores y habilidades relacionados entre sí que permiten desempeños satisfactorios en situaciones reales de trabajo, según estándares. Australia: compleja estructura de atributos necesarios para el desempeño de situaciones específicas. Alemania: quien dispone de los conocimientos, destrezas y aptitudes necesarios para ejercer una profesión.2 Este concepto de competencia integra no solamente los conocimientos sino actitudes, habilidades y valores en el marco laboral en el que se desempeña una persona. Por lo tanto, «no se refiere a un desempeño puntual», sino a la «capacidad de movilizar conocimientos y técnicas y de reflexionar sobre la acción» (Catalano a. & otros, 2004, p.40).3 En forma genérica, la definición de competencias se orienta, igualmente, a los comportamientos y la productividad: 1 Mcclelland D. (1973) en Valencia M. (2005). Las competencias laborales: ¿La estrategia laboral para la competitividad de las organizaciones? Recuperado en (2014, 17 de septiembre) http://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/estudios_gerenciales/article/view/170/html 2 Tomado de Competencias laborales, Cinterfor-OIT-1993. 3 Catalano A. & otros - BID. Diseño curricular basado en normas de competencia laboral. 2004, p. 40.

•• Las competencias son repertorios de comportamientos que algunas personas dominan mejor que otras, lo que las hace eficaces en una situación. Lévy-Leboyer, c. (1997, p. 54).4 •• «Las competencias son características subyacentes a la persona, que están casualmente relacionadas con una actuación exitosa en el puesto de trabajo».5 Boyatzis, r.e. (1982). •• «El concepto de competencia hace referencia a la capacidad real del individuo para dominar el conjunto de tareas que configuran la función en concreto».6 El IEMP, en el proceso de certificación de personas acreditado desde sus inicios aplicó la definición de competencia contenida en la norma iso 17024-2003 (primera edición) que versa: «Capacidad demostrada para aplicar conocimientos y/o habilidades y, cuando corresponda, atributos personales demostrados, como se definen en el esquema de certificación». En la segunda edición del año 2013, este concepto es redefinido como la «Capacidad para aplicar conocimientos y habilidades para lograr los resultados previstos». A partir de esta se continuó con la segunda fase del proceso.

2. Identificación de competencias en la Procuraduría-IEMP La construcción fue colectiva a través de conversatorios, diálogos y la recolección con los servidores de las competencias que ejercen en cada uno de los roles que desempeñan en la entidad y de acuerdo con la profesión. Estos escenarios se convirtieron en un ejercicio de reflexión y observación acerca de qué y cómo hacen las labores, las condiciones para realizarlas y si son de calidad. La Procuraduría recorrió el camino a través del IEMP, de la mano del proceso de certificación de personas, paso a paso, así:

4 Lévy-Leboyer, C. (1997). Gestión de las competencias. Barcelona: gestión 2000, p. 54. 5 Boyatzis, R.E. (1982). The Competent Manager, Ed. John Wiley & Sons, New York. 6 Reis (1994). Competencia laboral: sistemas, surgimiento y modelos. Cinterfor OIT 1996.

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2.1. Identificación de equipos técnicos. Participaron diferentes personas vinculadas a las áreas en las que la entidad determinaría las competencias requeridas, servidores de las oficinas de Planeación y de Selección y Carrera, con la coordinación del IEMP. Los asistentes adelantaban diariamente actividades misionales y de apoyo, quienes a través de su experiencia y habilidades en los puestos de trabajo apoyaron la identificación de los estándares de competencia. Este grupo de servidores de la Procuraduría, a través de la mesa sectorial de justicia liderada por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), aportaron en la construcción del mapa funcional del sector. Estos saberes, técnicas y decisiones, que se aplican en un rol laboral, exigieron un análisis basado en las competencias, para el caso que nos atañe se escogió el modelo funcional entre diferentes modelos.7 Esta técnica asocia las competencias laborales a una función productiva, la cual podría estar relacionada con un servicio o sector productivo (ver cuadro). El análisis funcional es un proceso mediante el cual se establece el propósito clave del área en análisis y se continúa desagregando sucesivamente en las funciones que se deben efectuar para permitir que la función principal se alcance. Una vez identificado el propósito clave la desagregación se hace contestando la pregunta ¿Que hay que hacer para que esto se logre? Este procedimiento se efectúa hasta llegar al nivel en el que la función a realizar, que responde a la pregunta formulada, puede ser llevada a cabo por una persona. Es ahí cuando aparece la competencia laboral de un trabajador. Normalmente ello ocurre entre el cuarto y quinto nivel de desagregación en el árbol o mapa funcional. El análisis funcional se centra en lo que el trabajador logra, en los resultados; nunca en el proceso que sigue para obtenerlos. Esa es su principal diferencia con los análisis de tareas y análisis de puestos.8

7 Funcionalista (UK), conductivista (EE. UU.), constructivista (Australia-Francia). 8 Op. cit. Cinterfor-OIT, p. 17.

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|  Boletín informativo del IEMP - Instituto de Estudios del Ministerio Público MESA SECTORIAL REGIONAL CENTRO METODÓLOGAS

Identificación de competencias en la Procuraduría-IEMP PROPÓSITO CLAVE

GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS MEDIANTE EL ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA A.1.

A

Formular políticas públicas que permitan el acceso a la administración de justicia

A.2.

A.3

B.1.

B.2.

B.

Caracterizar el estado actual de vulnerabilidad de los derechos humanos teniendo en cuenta las condiciones sociales, políticas, económicas y jurídicas. Establecer los mecanismos de promoción y protección de los derechos humanos de acuerdo con los resultados obtenidos en la caracterización.

Diseñar los planes y programas de acuerdo con la misión institucional y normatividad vigente.

Investigar hechos de acuerdo con procedimientos establecidos.

Desarrollar acciones para la administración de justicia de acuerdo con las políticas establecidas.

B.3

A.1.1.

Identificar las variables de vulnerabilidad de los derechos humanos teniendo en cuenta fuentes de información.

A.1.2.

Evaluar el grado de vulnerabilidad teniendo en cuenta los resultados obtenidos.

A.2.1.

Identificar los mecanismos de prevención de acuerdo con los resultados de la clasificación.

A.2.2.

Priorizar los mecanismos de prevención teniendo en cuenta la caracterización.

A.2.3.

Definir los mecanismos de promoción y prevención de acuerdo con las políticas públicas.

B.1.1.

Identificar las necesidades de acuerdo con las características del sector.

B.1.2.

Definir proyectos y acciones de acuerdo con los objetivos propuestos.

B.2.1.

Realizar investigación penal teniendo en cuenta el marco constitucional, legal y complementarios.

B.2.2.

Realizar investigación administrativa teniendo en cuenta el marco constitucional, legal y complementarios.

B.2.3.

Realizar investigación disciplinaria teniendo en cuenta el marco constitucional, legal y complementarios.

B.2.4.

Realizar investigación fiscal teniendo en cuenta el marco constitucional, legal y complementarios.

B.2.5.

Realizar investigación civill teniendo en cuenta el marco constitucional, legal y complementarios.

B.2.6.

Realizar investigación real sobre la adquisición lícita de bienes de acuerdo con la normativa de extinción de dominio.

B.2.7.

Realizar investigación laboral teniendo en cuenta el marco constitucional, legal y complementarios.

B.3.1.

Practicar examen médico legal en personas vivas teniendo en cuenta los elementos materiales probatorios (EMP), evidencia fisica (EF) y procedimientos técnicos establecidos.

B.3.2.

Realizar el análisis de estructuras dentales y sus anexos como EMP con base en procedimientos establecidos.

B.3.3.

Evaluar la conducta humana y salud mental teniendo en cuenta el contexto forense y procedimientos técnicos establecidos.

B.3.4.

Establecer la causa, manera y circunstacias de muerte mediante anatomía patológica a los cadáveres de acuerdo con reglamentos técnicos establecidos.

B.3.5.

Aplicar métodos y técnicas de antropología biológica, arqueología y tafonomía en cadáveres de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos

B.3.6.

Aplicar principios físicos y químicos en el análisis de eventos relacionados con armas de fuego de acuerdo procedimientos técnicos establecidos.

B.3.7.

Realizar análisis de evidencias biológicas de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos (revisar normas salud).

B.3.8.

Realizar análisis de EMP o EF relacionada con sustancias controladas o de fiscalización internacional por la normativa vigente nacional, de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos.

B.3.9.

Cotejar características físicas y/o químicas de EMP o EF de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos.

Promover los derechos humanos de acuerdo con las políticas formuladas.

Prestar soporte técnico y científico en el aporte de pruebas de acuerdo con la normativa vigente.

16  » 

Administración de justicia Distrito capital Gestión administrativa Clara Inés Villarejo - Marisol Saavedra Barrera

|  PROPÓSITO CLAVE

Realizar análisis de eventos relacionados con accidentes de tránsito con fundamento en la física y procedimientos técnicos establecidos.

B.3.11.

Realizar pruebas de análisis molecular con marcadores genéticos de ADN de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos.

B.3.12.

Verificar la autenticidad de documentos elementos materiales probatorios de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos.

B.3.13.

Cotejar impresiones dactilares y huellas latentes de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos.

B.3.14.

Ilustrar gráficamente ubicaciones espaciales relacionados con eventos forenses de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos.

B.3.15.

Realizar análisis químico de detección y/o cuantificación de sustancias tóxicas en fluidos y tejidos corporales mediante procedimientos técnicos establecidos.

B.3.16.

Establecer tiempos de muerte mediante muestras entomológicas y procedimientos técnicos establecidos.

B.3.17.

Realizar estudios taxonómicos de material vegetal, en cultivos ilícitos, de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos.

B.3.18.

Comparar EMP y EF en suelos, rocas y/o esmeraldas de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos.

B.3.19.

Aplicar técnicas fotográficas para el registro de hallazgos relacionados con la actividad forense, de acuerdo con los procedimientos técnicos establecidos.

B.3.20.

Realizar análisis de EMP y EF relacionadas con aspectos administrativos y económicos, de acuerdo con los procedimientos técnicos establecidos.

B.3.21.

Realizar análisis de EMP y EF en operaciones ilícitas relizadas a través de Internet conforme a la normativa vigente.

B.3.22.

Realizar análisis de EMP y EF provenientes de incendios y explosiones de acuerdo con procedimientos técnicos establecidos.

B.3.23.

Plasmar en dibujo morfologías faciales teniendo en cuenta métodos sistematizados.

C.1.1.

Actuar en procesos judiciales de acuerdo con la normativa vigente.

C.1.2.

Resolver solicitudes y requerimientos administrativos y judiciales de acuerdo con la normativa vigente.

Prestar soporte técnico y científico en el aporte de pruebas de acuerdo con la normativa vigente.

Gestionar los recursos de acuerdo con los procesos organizacionales y normativa vigente.

B.4.

Emitir providencias judiciales de acuerdo a la normativa vigente.

B.5

Custodiar bienes, elementos materiales probatorios (EMP) y personas de acuerdo con la normativa vigente.

C.1.

Intervenir en actuaciones judiciales y administrativas de acuerdo con la Constitución y la ley.

C.2.

Controlar los factores causantes de vulneración de derechos humanos de acuerdo con la normativa vigente.

C.3

Ejercer el cumplimiento de la gestión pública de acuerdo con las dispocisiones constitucionales y legales.

D.1.

Asignar los recursos asociados a los procesos de acuerdo con las necesidades de la organización.

D.2.

Suministrar el talento humano al sector de acuerdo con los perfiles identificados.

D.3

Implementar programas de capacitación y desarrollo teniendo en cuenta los requerimientos del sector.

Archivo Div. de Capacitación IEMP

C.

D.

B.3.10.

Desarrollar acciones para la administración de justicia de acuerdo con las políticas establecidas.

Vigilar el cumplimiento de los derechos y garantías procesales conforme a la normativa vigente.

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GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS MEDIANTE EL ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

B.3

B.

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«El IEMP es la primera entidad del sector público que obtiene la categoría de ente certificador de personas».

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|  Boletín informativo del IEMP - Instituto de Estudios del Ministerio Público

2.2. Normalización de competencias laborales. En este paso la experiencia de la Procuraduría, con el acompañamiento permanente del IEMP, en materia de normalización de competencias laborales, fue analizada a través de la metodología que el Sena aplicó hasta el año 2012. Ello, permitió estandarizar normas de tipo misional para los niveles profesionales en áreas estratégicas de la entidad. La norma de competencias laborales en una institución es la expresión y descripción estandarizada de aquellas que logran ser identificadas. Es un patrón de comparación que recoge tanto los conocimientos como las habilidades, destrezas, comprensiones y actitudes que se identifican en el análisis funcional para el desempeño competente de una función productiva.9 Para el caso de la Procuraduría se tomaron dos áreas estratégicas: el proceso misional disciplinario y el subproceso de conciliación. Finalmente, para la normalización de estándares en las áreas señaladas se identificaron y estructuraron cuatro normas de competencia laboral para la entidad.

3. Certificación de la competencia laboral El IEMP, a través de la evaluación que adelanta el proceso de certificación de personas, expide la certificación de la competencia valorada a un servidor, que no es una más de las que tradicionalmente entrega una entidad educativa al concluir los estudios. Para entender el alcance de esta certificación referenciamos, entre otras, definiciones como: Cinterfor/oit definió la certificación como un proceso tendiente a reconocer formalmente las calificaciones ocupacionales de los trabajadores, independientemente de la forma como tales calificaciones fueron adquiridas.10 La certificación de competencias laborales es el reconocimiento público, documentado, formal y temporal de la capacidad 9 Op. cit. Cinterfor-OIT, p. 32. 10 Op. cit. Cinterfor-OIT, p. 47.

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laboral demostrada por un trabajador, efectuado con base en la evaluación de sus competencias en relación con la norma y sin estar necesariamente sujeto a la culminación de un proceso productivo.11

Por lo tanto, el certificado en el contexto laboral específico es un reconocimiento explícito al trabajador de sus habilidades, destrezas y conocimientos adquiridos a través de la experiencia. Este reconocimiento busca valorar la capacidad de las personas de movilizar los distintos saberes y brindar soluciones innovadoras en el sitio de trabajo. Por ello, en nuestro entorno no solamente laboral sino legal debería tener un carácter habilitante y de fuerza que convendría exigir para el acceso a diferentes líneas laborales de gran interés para la sociedad, que tienen un gran impacto social en general, caso de la salud, la seguridad, el ambiente, etc.

4. Acreditación del IEMP como ente certificador En Colombia, el Conpes 3446 de 2007 dispuso la creación del Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (onac) para que el país obtuviera el reconocimiento internacional de la acreditación. El Gobierno le designó dicha función en diciembre de 2008 mediante Decreto 4738. Esta corporación sin ánimo de lucro es de naturaleza y participación mixta regida por normas del derecho privado.12 El IEMP para adelantar la certificación de los servidores de la Procuraduría adelantó un camino que inició en la onac para acreditarse como ente evaluador de la conformidad. Los requisitos exigidos partieron de cumplir con las exigencias establecidas en la norma internacional iso/iec-17024:2013.

5. Evaluación de competencias laborales Conceptualmente la evaluación de competencias es el proceso mediante el cual 11 Schkolnik, Araos & Machado. (2005). Certificación por competencias como parte del sistema de protección social. Cepal, p. 17. 12 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – ONAC – Unión Europea. (2010). La acreditación en Colombia, p. 20.

un ente acreditado realiza la recolección de las evidencias del desempeño laboral de una persona en un contexto, con el fin de emitir un concepto sobre su competencia a partir de un referente o norma de competencia. La evaluación de competencias es diferente a la tradicional de corte académico. La valoración tiene como eje central el desempeño de una persona en su actividad laboral, está fundamentada en un estándar o norma que describe el nivel esperado de competencia, es individual, emite un concepto y no tiene calificación numérica, se realiza en el sitio de trabajo, no tiene en cuenta un tiempo y reconoce competencias adquiridas con la experiencia laboral. El resultado de la evaluación está asociado a cada componente de la norma que identifica las realizaciones que una persona adelanta en su sitio de trabajo, y no se califica sino que emite una de dos opciones de competente o aún no competente.13 El sistema de certificación de personas del IEMP tiene como eje central de la certificación la evaluación que es un proceso de verificación de evidencias de conocimiento, desempeño y producto definidos en el esquema de certificación. Para ello, la estructura de la evaluación hace uso de un equipo de evaluadores que han sido certificados como tal en las áreas a evaluar. Estos evaluadores deben emitir, bajo los criterios del esquema, un concepto de competencia que habilita o no la certificación. El IEMP, en el transcurso de dos años, logró diseñar y aprobar a través de la mesa sectorial de administración de justicia del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, coordinado por el Sena, cuatro normas de competencias. En primera instancia, inició procesos de certificación de servidores de la Procuraduría en las áreas de disciplinario (indagación e investigación) y conciliación. Los procesos de certificación y evaluación de la competencia laboral nos han permitido llegar no solo al nivel central, sino también territorial alcanzando un total de 63 personas certificadas.14 13 Irigoin M. & Vargas F. (2002). Competencia laboral. Manual de conceptos, métodos y aplicaciones en el sector salud. OPS/Cinterfor, p. 149. 14 En las ciudades de Cali, Barranquilla y Bucaramanga.

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Personas certificadas en competencias laborales Lugar/áreas 1. Bogotá (piloto) 2. Certificación disciplinario Barranquilla Cali 3. Certificación conciliación Barranquilla Cali Bucaramanga Total

Mónica Vega Solano - IEMP

Notas finales √√ El IEMP es la primera entidad del sector público que obtiene la categoría de ente certificador de personas. √√ La experiencia de llevar al IEMP a la acreditación permite brindar un nuevo servicio a los funcionarios de la Procuraduría, apoyando la cualificación y reconocimiento de las habilidades y destrezas en el sitio de trabajo. √√ El aprendizaje de los evaluadores, cuando han adelantado los procesos de certificación, fortalece no solamente los instrumentos de evaluación sino la capacidad de enfrentar situaciones adversas. √√ Es necesario contar con nuevos estándares de competencia laboral que permitan vincular otras áreas estratégicas de la misión de la Procuraduría. √√ Existe una gran fragilidad del proceso debido a que depende exclusivamente del capital humano con que cuenta.

Personas 6 27 14 13 30 9 12 9 63

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Mediante Resolución 352 de 2014, de la Procuraduría General de la Nación, nuestro compañero Rolan Oswaldo Sánchez Ojeda fue proclamado como «Mejor Servidor del nivel Asesor», en el marco del Programa de Incentivos para los servidores de la entidad. Rolan fue postulado por el IEMP en reconocimiento a la labor desarrollada en el proceso de competencias del sig de la unidad académica. ¡Felicitaciones!

Luis Miguel Estrada Cadena - IEMP

Cuatro años del Diplomado de Conciliación en Derecho de la Procuraduría - IEMP Año

Participantes

2011

Bogotá, D. C.

40

4,6

2012

Bogotá, D. C.

29

4,6

2013

Medellín

20

4,3

2013

Cali

20

4,4

2014

Bogotá, D. C.

39

4,5

148

4,5

Luis Miguel Estrada Cadena - IEMP

El pasado 17 de septiembre de 2014, en la Sala Múltiple del IEMP, fueron certificados 39 servidores como conciliadores en derecho. En el quinto evento del programa estuvieron presentes el director del IEMP, Christian José Mora Padilla; el procurador delegado en Conciliación Administrativa, Roberto Augusto Serrato Valdés; el director del diplomado, Carlos Fernando Mantilla Navarro, procurador judicial II administrativo de Bogotá, y Rolan Oswaldo Sánchez Ojeda, asesor y dueño del proceso de certificación de personas del IEMP.

Promedio de satisfacción

Ciudades

Totales

Participantes del quinto Diplomado en Conciliación en Derecho. Luis Miguel Estrada Cadena - IEMP



Diplomados Conciliación en Derecho del IEMP



Evento de clausura del Diplomado de Conciliación en Derecho realizado en Bogotá el 17 de septiembre pasado. En la mesa principal (izq. a der.) el procurador delegado en Conciliación Administrativa, Roberto Augusto Serrato Valdés; el director del IEMP, Christian José Mora Padilla, y Carlos Fernando Mantilla Navarro, procurador judicial II administrativo y director del diplomado.

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|  Boletín informativo del IEMP - Instituto de Estudios del Ministerio Público

sonia carolina mendoza fernández profesional iemp

En el año 2011, el IEMP recibió del Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec)1 el reconocimiento por cumplir con los requisitos de la norma iso 9001:2008 del Sistema de Gestión de esta unidad académica. En 2012 recibió la aprobación del Sistema Integrado de Gestión (sig) que incorpora, además de la regulación internacional, la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública (ntcgp 1000:2009) de Colombia. Adicionalmente, en 2013 fue otorgado por el organismo de acreditación el documento que atestigua el cumplimiento de las exigencias en un nuevo proceso del IEMP denominado «certificación de personas» que avala el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (onac). Las certificaciones otorgadas por el Icontec tenían una vigencia de tres años durante los cuales realizó visitas anuales de seguimiento para verificar que el sistema siguiera implementado y mantenido eficazmente. Las reuniones con los equipos de trabajo permitieron auditar los diferentes procesos del Instituto teniendo en cuenta que, por ser de seguimiento, las visitas no implicaban la revisión al detalle de todos los componentes, sino algunas actividades aleatorias que generaban oportunida1 Organismo Nacional de Normalización de Colombia.

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des de cambio, ajustes y recomendaciones que, una vez revisadas por la alta dirección e implementadas las acciones para continuar fortaleciendo el sistema, facilitaron la mejora permanente y la satisfacción de nuestros clientes. En este contexto, el 2014 fue un año especial en materia de auditorías externas pues, al cumplirse los periodos de las certificaciones obtenidas, y ante la primera visita de seguimiento de la onac, era necesario presentar nuevamente ante los entes de normalización el sig con el fin de renovar con el Icontec la iso 9001:2008 y la ntcgp 1000:2009 y, en el caso del onac, para la verificación de la continuidad del proceso de certificación de personas de acuerdo con los parámetros establecidos por el organismo. Para el IEMP es muy importante y estratégico mantener las certificaciones obtenidas pues las mismas constituyen un respaldo ante los clientes y las partes interesadas de la calidad de los productos y servicios que ofrecemos. Importante destacar que, previo a las auditorías externas, existen las internas, realizadas por la Oficina de Control Interno de la Procuraduría que permiten detectar las fortalezas y falencias del sig.

Ciclos de auditorías en el IEMP 1. Auditoría interna al sig. Esta fase correspondió al cumplimiento de requisitos de la iso 9001:2008 y ntcgp 1000:2009 realizada, como lo mencionamos en el párrafo anterior, por

Mónica Vega Solano - IEMP

El Icontec renovó las certificaciones del SIG del IEMP



El grupo de calidad del IEMP está integrado por (izq. a der.) Laura Viviana Mera Arena; Carmenza Carreño Gómez, jefa de la División Administrativa y Financiera del IEMP, y representante de la dirección ante SIG; Sandra Marcela Narváez Parada y Sonia Carolina Mendoza Fernández; adicionalmente, por Omar Augusto Vivas Cortés y Rolan Oswaldo Sánchez Ojeda.

control interno de la entidad. Durante los días 21 al 25 de julio de 2014 hubo una revisión aleatoria de la documentación de los diferentes procesos del sig y de la página web. De otra parte, el concepto del equipo auditor indicó que «Los resultados de la auditoría permiten concluir que el Sistema Integrado de Gestión del Instituto de Estudios del Ministerio Público, se encuentra desarrollado de conformidad con los requisitos de la Norma ntc-iso 9001:2008, ntcgp 1000:2009 y con los requisitos del Sistema Integrado de Gestión establecidos por la Entidad, salvo la situación de la No Conformidad menor detectada, susceptible de mejorar (…)»; así mismo, concluye favorablemente con respecto a la eficacia, eficiencia y efectividad del sistema. 2. Auditoría externa al sig de renovación. Esta etapa correspondió al cumplimiento de requisitos de la iso 9001:2008 y ntcgp 1000:2009 para recibir nuevamente la certifi-

cación por parte del Icontec. La visita implicó la revisión de todo el sig de forma detallada, especialmente del quehacer de los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de seguimiento y control del Instituto. Las reuniones con los dueños de procesos la llevó a cabo un equipo auditor del organismo de normalización los días 22 y 23 de septiembre. El concepto final de la auditoría concluye que el sig está conforme con las disposiciones planificadas y con los requisitos de las normas auditadas y, por lo tanto, recomiendan al ente certificador otorgar el reconocimiento al IEMP por el cumplimiento de estas. En diciembre el procurador general de la nación, el director del Instituto, los dueños de procesos y todo el equipo que integra la unidad académica recibirán, formalmente del Icontec, las renovaciones de las certificaciones tanto en iso 9001:2008 como en ntcgp 1000:2009, las cuales tendrán vigencia hasta el 2017.



De acuerdo con el Icontec en el Informe de auditoría de sistemas de gestión presentado el 23 de septiembre a los servidores de la unidad académica, los «Aspectos que apoyan la conformidad y eficacia» del SIG del IEMP, entre otros, son: «Los informes de cada uno de los procesos que sirven de entrada para la revisión por la dirección pues el nivel de detalle contribuye para la toma decisiones con respeto a cada uno de los procesos. (...) Las mejoras en infraestructura mediante la reciente entrega de la plataforma SAKAI para que todos los colaboradores ingresen sus actividades, hacer seguimiento a las actividades y tener certeza de la información».

3. Auditoría interna al proceso de certificación de personas del sig. En el año 2013 el Instituto recibió la acreditación como Organismo de Evaluación de la Conformidad, de acuerdo con los requisitos de la regulación internacional iso/iec 17024:2003, avalados por el onac, aplicable para los alcances (ver cuadro 1) de las normas de competencia laboral en las cuales el IEMP está adelantando los procesos de certificación de personas. La acreditación tiene una vigencia de tres años, sin embargo, está sujeta a visitas anuales por parte del onac con el fin de evaluar que el IEMP mantiene los requisitos de la norma. En este contexto, este año recibimos la primera visita de seguimiento que tuvo una particularidad: la actualización de la norma. La acreditación

otorgada en 2013 tenía en cuenta la norma internacional iso/iec 17024:2003, no obstante, la misma fue ajustada en el año 2012 y para Colombia el Icontec la acoge en el año 2013; es decir, que el seguimiento de este año se realizó en el marco de los parámetros de la norma ntc iso/iec 17024:2013 lo que exigió un trabajo adicional al Instituto para ajustar el proceso a los nuevos requisitos de la norma. Como en el caso de las normas certificadas por el Icontec, y con el fin de verificar la conformidad del sig con alcance al proceso de certificación de personas de acuerdo con los requisitos exigidos por el onac, del mismo sistema y las disposiciones legales, la Oficina de Control Interno de la Procuraduría General de la Nación realizó auditoria al proceso del 16 al 18 de septiembre. Estos resultados permiten concluir que el proceso misional de certificación de personas se encuentra desarrollado de conformidad con los requisitos de la norma ntc-iso/ iec 17024: 2013 y con los del sig establecidos por la unidad académica. 4. Evaluación externa de seguimiento del onac. Con el fin de evaluar que el IEMP como Organismo de Evaluación de la Conformidad continua cumpliendo los requisitos de la norma, el onac realizó visita de seguimiento al proceso de certificación de personas del 8 al 10 de octubre; esta incluyó la revisión documental del proceso y la evaluación in situ del desempeño de los evaluadores de competencia. Los tres días de reuniones evidenciaron una serie de oportunidades de mejora que contribuirán al fortalecimiento del proceso y del Instituto.

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Cuadro 1. Alcances de la normas de competencia laboral PGN-IEMP Nombre de la norma

Certificación otorgada

Realizar indagación preliminar y/o investigación disciplinaria teniendo en cuenta normatividad y procedimientos vigentes.

Experto disciplinario nivel I

Facilitar el mecanismo alternativo de conciliación para la solución de conflictos en las diferentes áreas del derecho.

Experto conciliador: Administrativo. Civil. Familia.

Diseño gráfico Diana Carolina Chacón Enciso - IEMP

Mónica Vega Solano - IEMP

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Plegable del Sistema Integrado de Gestión (sig) del Instituto de Estudios del Ministerio Público IEMP. Mayor información en la página web http://www.procuraduria.gov.co/ iemp/sistema-gestion.page

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Innova 

|  Boletín informativo del IEMP - Instituto de Estudios del Ministerio Público

Gutenberg-Portrait. 1830. Recuperado de (2014, 16 de septiembre) http://www.gutenberg-museum.de/39.0.html

Comunicar genera conocimiento, promueve la convivencia y mejora las competencias institucionales mónica vega solano asesora dirección iemp

Johannes Gutenberg, alemán, inventó la imprenta de tipos móviles, permitiendo propagar las ideas en la época del Renacimiento facilitando la transferencia de la información y, por ende, del conocimiento. A través de los siglos diversos canales de trasmisión de saberes se han creado gracias al progreso de la tecnología. Actualmente, vivimos en la sociedad de la información que llena los sentidos y que conlleva al deseo permanente de estar conectado a la radio o la televisión, en el caso de los ciudadanos más tradicionales que consumen estos medios, y de adquirir las últimas tecnologías —para el caso de los jóvenes, que pueden hacerlo— y así estar «al día» con los acontecimientos que afectan al país, la comunidad o los propios intereses. Para Jesús Martín Barbero (2002) «Si las políticas sobre juventud no se hacen cargo de los cambios culturales que pasan hoy decisivamente por los procesos de comunicación e información están desconociendo lo que viven y cómo viven los jóvenes, y entonces no habrá posibilidad de formar ciudadanos, y sin ciudadanos no tendremos ni sociedad competitiva en la producción ni sociedad democrática en lo político»1. El título de este artículo podría ser una utopía si, efectivamente, quienes diseñan desde el gobierno de turno proyectos a corto y largo plazo para las nuevas generaciones no ven en las Tecnologías de Información y Comunicación (tic) una oportunidad para acercarse al mundo de los jóvenes; llegar a ellos no implica la adquisición de estas herramientas sino también el manejo que se les da; mucho 1 Barbero, J. (2002). Jóvenes: comunicación e identidad. Revista de cultura Pensar Iberoamérica. Organización de Estados Iberoamericanos (oei). Recuperado de (2014, 3 de septiembre) http://www.campus-oei.org/pensariberoamerica/ric00a03.htm

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«(…) desde que se inventó la impresión de libros, las masas populares tuvieron una voz» Weber (1976).

se habla de esto, pero qué poco se aplica tanto en las instituciones educativas como entre los actores de la sociedad involucrados con el aprendizaje, a veces sin saberlo. La juventud cuenta con formas de pensar, sentir y actuar muy diferentes a quienes les preceden. El joven ve el mundo de manera fraccionada precisamente por el consumo de la tecnología que envía mensajes de toda índole, a una velocidad que permite enterarse de hechos que se vuelven noticia posteriormente en los medios de comunicación, contenidos que manejan y desvían la atención de lo importante y, en segundos, llevan a los sentidos hacia otro evento que se vuelve prioridad en Internet, whatsApp, Twitter, Instagram o Facebook, solo por mencionar algunos canales de libre acceso a la información. Nos encontramos ante unos maravillosos instrumentos que bien podrían apoyar las estrategias pedagógicas incorporadas en los Proyectos Educativos Institucionales (pei), conjuntamente con los medios de comunicación tradicionales como la radio o el video escolar, que en un país como el nuestro aún no pierden

vigencia, especialmente en las instituciones públicas. En la actualidad, tema que no es desconocido por nuestros lectores, no todos los municipios del país cuentan con tic debido a las condiciones de las escuelas como la ubicación o la falta de infraestructura para la conectividad; aspectos que aborda con gran esfuerzo el Ministerio tic para evitar estas falencias. Barbero (2002) también hace una crítica a la falta de recursos informáticos que tienen las escuelas públicas a diferencia de las clases favorecidas que desde corta edad pueden facilitar a sus hijos estas herramientas accediendo así a «nuevas formas de conocimiento» lo que no permite, a los primeros, contar con competencias técnicas o profesionales para el espacio laboral que ya exige la capacidad de utilizar no solo las herramientas tecnológicas, sino contar con las competencias requeridas por las instituciones para el desempeño de las funciones asignadas.2 De acuerdo con el boletín tic del último trimestre de 2013, publicado en marzo de 2014, la penetración de Internet fijo en los departamentos aumentó durante el iii y iv periodo de 2013.3 En la gráfica 1 se aprecian los porcentajes que evidencian efectivamente los logros alcanzados, pero también es posible deducir que el esfuerzo debe ser mayor en inversión a través del Plan Vive Digital. De otra parte, los pei puede que contengan como parte de la estrategia pedagógica el uso de estas herramientas, en el papel, porque a la hora de verificar el conocimiento de los jóvenes en el manejo de la información sorprende la incapacidad de comunicar. La educación en Colombia, desde hace años, ha venido aumentando en cobertura pero carece de calidad — nuevamente resalto las excepciones— lo que quedó evidenciado en las pruebas 2 Ibídem. 3 Ministerio tic. Boletín trimestral de las tic. Cifras cuarto trimestre de 2013. Publicado marzo de 2014, p.39.

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Gráfica 1. Penetración de Internet en los departamentos durante el III y IV trimestre de 2013.

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|  noviembre de 2014

Pisa de las que tanto se ha comentado y criticado, pero que muestran la incapacidad de jóvenes entre 15 y 16 años no solo para resolver problemas matemáticos o financieros sino también para solucionar situaciones cotidianas y, uno de los que más nos interesa, el lenguaje. Estas evaluaciones son una oportunidad de mejora, pero el rezago sigue en la academia. El científico colombiano Rodrigo Llinás (2014) logra sintetizar en una frase lo que sucede en el país en el marco de la Cumbre Líderes por la Educación, un evento organizado este año por la revista Semana: «La escuela nos enseña la ubicación geográfica de los ríos, pero jamás nos explica la importancia del agua. Sabemos dónde queda Caquetá, aprendemos de memoria los nombres de las ciudades capitales y sabemos ubicar a Mesopotamia en el mapamundi. Somos un baúl repleto de contenidos, pero vacío de contexto. De ahí nuestra dificultad para aplicar el conocimiento en la realidad».4

Comunicar genera conocimiento El llamado por Barbero (1996) «ecosistema comunicativo» está generando «(…) nuevas sensibilidades, lenguajes y escrituras que las tecnologías catalizan y desarrollan. Y que se hacen más claramente visibles entre los más jóvenes: en sus empatías cognitivas y expresivas con las tecnologías, y en los nuevos modos de percibir el espacio y el tiempo, la velocidad y la lentitud, lo lejano y lo cercano»; igualmente menciona la aparición de «un entorno educacional difuso y descentrado en el que estamos inmersos. Un entorno de información y de saberes múltiples, y descentrado por relación al sistema educativo que aún nos rige, y que tiene muy claros sus dos centros en la escuela y el libro. Es disperso y fragmentado como el saber puede circular por fuera de los lugares sagrados que antes lo detentaban y de las figuras sociales que lo administraban».5

Fuente: Ministerio TIC. Boletín trimestral de las TIC. Cifras cuarto trimestre de 2013. Publicado marzo de 2014, p.39.

4 Llinás R. (2014, 29 de abril). Los maestros siguen pensando que son dueños del conocimiento: Rodolfo Llinás. El Espectador, recuperado en (2014, 19 de septiembre) http:// www.elespectador.com/noticias/educacion/los-maestrossiguen-pensando-son-duenos-del-conocimient-articulo-489552. 5 Barbero, J. (2002). Jóvenes: comunicación e identidad.

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Innova 

|  Boletín informativo del IEMP - Instituto de Estudios del Ministerio Público Precisamente, el Ministerio tic en alianza con el de Educación Nacional han certificado maestros digitales en el marco del Programa Ciudadanía Digital —a febrero de 2014 más de 134000 docentes oficiales participaron en el proceso.7 La cátedra que se propone no puede estar aislada de las otras materias del pensum escolar, por el contrario, sería la plataforma que facilitaría el aprendizaje de las otras áreas académicas. Esto me recuerda a Eco (1985) quien afirma que «El bien de un libro consiste en ser leído. Un libro está hecho de signos que hablan de otros signos, que, a su vez, hablan de las cosas. Sin unos ojos que lo lean, un libro contiene signos que no producen conceptos. Y por tanto, es mudo» (p.482).8 De nada sirve tanta información si no logra ser apropiada conscientemente por los estudiantes; el ideal no es pensar igual y llegar al consenso que, considero, no es democrático, el propósito debe ser respetar al otro en el disenso después de favorecer espacios de diálogo y discusión sana acerca de las diferentes teorías y conceptos que frecuentan las tic. En definitiva, el párrafo anterior explica el subtítulo de este artículo. La información

Revista de cultura Pensar Iberoamérica. Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). Recuperado de (2014, 3 de septiembre) http://www.campus-oei.org/pensariberoamerica/ric00a03.htm 6 Borja, J., & y Castells, M. (1997). Local y global. La gestión de las ciudades en la era de la información. Madrid. Editorial Taurus.

7 Ministerio de Educación Nacional (2014). 'Maestro Digital' ¿ya tiene su certificado? Centro virtual de noticias de la educación. Recuperado de (2014, 11 de septiembre) de http:// www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/w3-article-337674.html 8 Eco U. (1985). El nombre de la rosa. España. Editorial Lumen S. A. Luis Miguel Estrada Cadena - IEMP

Los jóvenes que cuentan con estos poderosos aparatos físicos y manejan la virtualidad tienen los mecanismos para acceder a la información y el conocimiento.6 Lamentablemente, este último, no incorpora el análisis crítico de lo que se ve, oye o lee. Las tic, especialmente Internet, son enciclopedias para desarrollar los trabajos que los docentes demandan a los jóvenes, fuente importante de contenidos, sin duda, pero con un alto porcentaje de información sin fundamentos teóricos o prácticos; esto se debe, esencialmente, al desconocimiento de cómo investigar, comparar y hacer el ejercicio de entender lo que extraemos del inmenso sistema de interconexión que nos presenta el hipertexto. Cada vez se hace evidente la necesidad de la creación de una cátedra que no solo enseñe el manejo de la tecnología sino también que promueva el análisis, la reflexión e investigación y lograr así una verdadera transferencia del conocimiento. Adicionalmente, la actualización permanente a los docentes es indispensable ya que la rapidez de los cambios tecnológicos es capaz de generar angustia hasta a los jóvenes de 20 años que ven la experticia en el manejo de quienes vienen atrás.



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Para Caillois (1997) «(…) la palabra juego evoca (…) ideas de holgura, de riesgo o de habilidad, y combina las ideas de límites, de libertad y de invención». El juego en la ñiñez permite socializar, acatar reglas establecidas y tomar la derrota con autocontrol, respetar a los otros tanto compañeros como adversarios y reconocer a estos sus méritos. El juego no solo entretiene, enseña a convivir.

se está quedando en los trabajos presentados, no se discute, ni evalúa, y mucho menos se queda en la mente de quienes no encuentran la motivación para comunicarse y relacionarse, siendo este punto el más preocupante para la comunidad educativa. El ensimismamiento de los jóvenes y la dificultad para expresarse aqueja tanto a los que no sienten interés de ir más allá en la búsqueda del conocimiento, como de aquellos que simplemente no saben o no se atreven a hacerlo; por supuesto, como en todo, siguen las excepciones que, usualmente, tienen que ver con las estrategias del docente para acercarse a los jóvenes y su mundo, y a que muchos de los adolescentes propician también encuentros con los profesores para aprehender el conocimiento que estos poseen. Weber (1976) menciona en la publicación Historia de la cultura que «(…) desde que se inventó la impresión de libros, las masas populares tuvieron una voz» (p.250).9 En la era contemporánea, las tic construyen redes sociales que facilitan estrategias de comunicación y movilización, cuando esa es la intención; muchos son los ejemplos de expresiones de solidaridad convocadas cuyo resultado fue exitoso. Por supuesto, no podemos dejar de recordar la otra vía, la perversa, mediante la cual algunos grupos abusan de las redes con conductas como el cyberbulling —matoneo virtual— o delitos informáticos; pero el propósito de este escrito es determinar los aportes y las ventajas de las tic en la educación. En este sentido, las tecnologías deben incorporar los cuatro aprendizajes de Delors (1996) que no pierden vigencia para las nuevas generaciones: 1. aprender a conocer, esto es, adquirir los instrumentos de la comprensión. 2. aprender a hacer, para poder actuar sobre el entorno. 3. aprender a vivir juntos, para participar y cooperar con los demás en todas las actividades humanas. 4. aprender a ser, progresión esencial que participa de los tres aprendizajes anteriores.10 9 Weber M. (1976). Historia de la cultura. Bogotá. Fondo de Cultura Económica. 10 Delors, J. (1996). Educación: hay un tesoro escondido dentro. Unesco, (p.250) citado por Fisas V. (1998) en Cultura de paz y gestión de conflictos. Icaria/Unesco. Barcelona.

Comunicar promueve la seguridad y convivencia ciudadanas Los ciudadanos continúan percibiendo la seguridad y las normas de convivencia como competencia exclusiva de las autoridades de Policía o de las administraciones departamentales, municipales o locales. La seguridad y la convivencia ciudadanas son responsabilidad de todos. Un patrimonio que debe proteger la sociedad. No a través de vías de hecho, aplicando «justicia» con violencia agrediendo al victimario porque la justicia formal «no funciona», sino con la participación en temas como la denuncia, la solidaridad en actos contrarios a la convivencia pacífica, cumpliendo acuerdos o, simplemente, siguiendo las normas mínimas de corresponsabilidad con el entorno que, obviamente, integra a los otros. La comunicación promueve estos dos conceptos mediante la divulgación directa, masiva y alternativa tanto de campañas de sensibilización como de acceso a la información de las acciones emprendidas en el orden nacional y territorial, desde la perspectiva de las autoridades, y evidenciando iniciativas plausibles desarrolladas por las comunidades en materia de autogestión de la convivencia y la seguridad ciudadanas que buscan generar movilidad y empatía en la ciudadanía. Las estrategias informativas y pedagógicas implementadas a través de diversos medios deben tener énfasis en la participación ciudadana, mediante llamados a la solidaridad, la autorregulación ciudadana y la responsabilidad de los habitantes ante sus congéneres, las instituciones, el entorno, y con su propia integridad, como mecanismo indispensable para lograr ciudades más seguras y amables para vivir. La divulgación puede estar dirigida a sectores específicos y apoyar los programas, proyectos o planes institucionales públicos y privados generando aceptación gracias a las actividades comunicativas que se adelanten, aunque es necesario recordar que estas no pueden lograr un cambio radical en los problemas estructurales de las ciudades como la pobreza, o la falta de oportunidades; su labor es manejar las dimensiones educativa y cultural orientadas a impulsar procesos

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Luis Miguel Estrada Cadena - IEMP

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La comunicación es una competencia esencial en las instituciones. Para el profesor Albert Mehrabian, psicólogo de la Universidad de California en Los Angeles, la comunicación es 7% verbal, 38% vocal (tono de la voz, matices, intención, etc.) y 55% corporal o no verbal, especialmente en las relaciones interpersonales.

de socialización que den lugar a la formación de una ética basada en la coexistencia pacífica y la autogestión comunitaria. Algunos ejemplos de contenidos de campañas para la seguridad y la convivencia ciudadanas llevarían a promover medidas de autoprotección con el fin de prevenir delitos considerados de alto impacto como el «cosquilleo» o robo callejero, el fleteo, los atracos a bancos o centros comerciales, entre otros. Adicionalmente, es importante inculcar prácticas seguras con relación al hurto a residencias y a vehículos. La convivencia, por su parte, requiere un trabajo constante y de filigrana ya que muchos de los eventos relacionados con violencia intrafamiliar, riñas callejeras, conflicto entre vecinos y la intolerancia cotidiana son esencialmente comportamientos culturales, o hábitos adquiridos por la desconfianza en las autoridades o la simple imitación. La Policía comunitaria hace más de 10 años ha incrementado la cercanía al ciudadano con el propósito de enseñar algunos actos seguros y actividades relacionadas con la prevención. Otra de las estrategias de las administraciones para promover la corresponsabilidad es la divulgación de las políticas públicas y sus resultados que deben ser de público conocimiento, por el legítimo derecho a estar informados

acerca de las decisiones de los gobernantes y porque es necesario comunicar los aciertos para fortalecer la percepción ciudadana de seguridad. Asimismo, en el marco de los procesos de comunicación existe un componente esencial que es el acercamiento directo a organizaciones comunitarias que pueden aportar y, a la vez, aprender de las autoridades expertas en seguridad y convivencia ciudadanas. Capacitaciones con énfasis en gestión de conflictos y promoción de la convivencia hacen parte de las acciones integrales que las administraciones deben contemplar; recordemos que este modelo de intervención fue exitoso y reconocido cuando el profesor Mockus se propuso cambiar algunos modos de ser de los ciudadanos a través de la implementación de programas para jóvenes, normas de convivencia, la sistematización de la información para facilitar la toma de decisiones, las unidades de mediación y conciliación, la capacitación a miembros de la policía metropolitana tanto en áreas de su competencia como en derechos humanos y policía judicial, y la coordinación interinstitucional, solo por mencionar algunas de las gestiones adelantadas. Los planes de comunicación, mirados desde una perspectiva positiva, además de generar opinión pública y motivar la parti»  25

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cipación, propicia cambios en los modos de pensar, actuar, decidir e imaginar la realidad de los ciudadanos, a favor de la construcción de una conciencia que conciba la seguridad y la convivencia como un bien común, es una estrategia que debe ser permanente y constante, desarrollada de manera transversal con las demás acciones.11 Por último, la percepción de seguridad no debe ser manejada de manera exclusiva por los medios comerciales. Las «chivas» y escándalos mediáticos logran en segundos poner un manto de duda a los logros de las administraciones en cualquier ámbito, en este caso específico de la convivencia y la seguridad ciudadanas, por lo que es necesario posicionar con anterioridad a los entes nacionales y territoriales encargados del tema. Construir muros de contención contra los embates permite a la opinión pública exigir explicaciones antes de tumbarlos. Las bases fuertes y las aclaraciones o informaciones de cara a la ciudadanía mantendrán los muros en pie.

Comunicar mejora las competencias institucionales En párrafos anteriores mencioné las ventajas de las tic para el aprendizaje de los currículos establecidos en las instituciones educativas y el diseño de estrategias comunicativas para la convivencia, opiniones que complementa este título ya que las competencias institucionales no solo deberían ser desarrolladas desde el ámbito familiar y escolar, con la lógica de los refuerzos posteriores en materia de actualización de los saberes en las organizaciones de carácter público o privado, sino que también las tic y los comportamientos asociados a la convivencia están implícitos claramente en las competencias diferentes a las funcionales permitiendo armonizar los principios y valores institucionales con las responsabilidades y labores cotidianas lo que, al final, lleva al cumplimiento de las metas y objetivos trazados por las entidades. Las empresas cuentan con manuales de funciones que incorporan las compe11 Martin G. & Ceballos M. (2004). Bogotá: anatomía de una transformación. Políticas de seguridad ciudadana. 1995-2003. Bogotá. Editorial Pontifica Universidad Javeriana, pp. 1 – 772.

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está obligado a que la educación forme a los ciudadanos en áreas como «(…) el respeto a los derechos humanos, a la paz y la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio ambiente»12 (subrayado fuera de texto).



Una de las mayores dificultades de las entidades públicas es medir la efectividad de los planes, programas o proyectos que orientan la gestión de los recursos y presupuestos asignados. Los indicadores cuantitativos o la observación cualitativa miden usualmente el impacto temprano de los procesos y, en algunas ocasiones, la evaluación de la incidencia real de las intervenciones tienen mayor costo que las actividades que se adelantan de manera aislada. La falencia de diagnósticos precisos tampoco ayuda a conocer los cambios de la situación encontrada antes de la implementación.

tencias comportamentales o institucionales de acuerdo al nivel requerido para cada rol que desempeñan las personas en las organizaciones. Estas últimas están relacionadas con aspectos como la solución de problemas, organización en el trabajo, pensamiento analítico y conceptual, orientación a resultados, toma de decisiones, investigación, iniciativa y comunicación, entre otras. Todas ellas están enfocadas al cumplimiento de las responsabilidades retribuyendo a las instituciones, y por ende a la sociedad, de las necesidades planteadas con relación al talento humano; como diría Hegel, «(…) el hombre mediante lo ético tiene derechos en cuanto tiene deberes y deberes en cuanto tiene derechos» (1968, p.155). Todo esto para concluir que de nada vale el conocimiento si no se acompaña de competencias que faciliten la incorporación de métodos de trabajo, coordinación entre procesos, información permanente y comunicación —entre quienes comparten en un recinto cerca de ocho horas diarias— por mencionar solo algunas de las actitudes esperadas para que las actividades fluyan adecuadamente y generen lo que busca al final toda organización: la efectividad. Mejorar el desempeño permite que las habilidades individuales estén alineadas con las estrategias institucionales. El artículo 67 de la Constitución Política de Colombia (1991) dice que el Estado

Existe una tendencia hacia una cambiante fuerza laboral: ahora hombres y mujeres estamos juntos haciendo parte de ella: Esto, sumado a la presencia de diversas culturas, razas y creencias, hace que, más que un problema, se convierta en una ventaja competitiva por los aportes que cada grupo y persona puedan hacer al crecimiento de la empresa. El potencial fruto de la diversidad, en términos de creatividad colectiva es elevado y constituye para la empresa una fuerza incalculable de energía emprendedora. Esto significa la necesidad de prepararnos para captar la diversidad y para favorecer la tolerancia a pesar de las tendencias individuales», (Mejía 2000).

Aquí la comunicación juega un papel trascendental ya que puede encaminar los planes, programas y proyectos, construidos de manera colectiva a través de la concertación de objetivos comunes de cada área con los de toda la organización, concatenando cada esfuerzo lo que visibiliza logros y resultados con mayor claridad. Imposible ser coherentes con los discursos, políticas institucionales, valores y principios cuando el personal no es «seducido» mediante el ejemplo o la demostración de que trabajar en equipo vale la pena, o que los objetivos estratégicos de la organización efectivamente apuntan al crecimiento del talento humano y propician el beneficio social. La cultura empresarial también padece comportamientos como el atajo y el «avivatazgo» que van en contravía de la misión corporativa. Estas actitudes se multiplican con mayor facilidad que las propositivas, creativas y laboriosas ya que «hacer las cosas bien, no paga». La reciprocidad entre la organización y el talento humano 12 Constitución Política de Colombia (1991). Recuperado de (2014, 12 de septiembre) http://www.senado.gov.co/images/ stories/Informacion_General/constitucion_politica.pdf

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|  es condición sine qua non para que los logros tengan largo aliento y no sean simples acciones coyunturales que no tienen trascendencia en el tiempo; lo anterior, es lo que conocemos como motivación. Los cambios requieren largos periodos para modificar comportamientos, en algunos casos generacionales. Llevamos décadas implementando diversas políticas públicas con el mismo objetivo pero diferente nombre debido a la carencia de políticas de Estado que favorezcan la productividad de los servidores. La carrera administrativa, el cumplimiento a medias del artículo de la C. P. relacionado anteriormente que habla acerca de la capacitación para el trabajo —el presupuesto de las entidades públicas para el fortalecimiento del talento humano cada vez sufre más recortes—, la incapacidad de conservar gente idónea en los cargos, la rotación de personal que se lleva consigo valiosa información y experiencia, y los logros que son desechados por las nuevas administraciones debido al tan mentado complejo de Adán.13 13 Vega M. (2012). ¿Cómo afecta al país el complejo de Adán? Boletín informativo del IEMP Innova. Vol. 3, n.° 12 (2012, agosto), pp. 57.

Seguimos pensando que esa es la dinámica del Estado, del colombiano; la fuerza de la costumbre acepta esta triste realidad, así como la corrupción, la violencia urbana y rural, la irresponsabilidad en la planificación de los recursos… pero, ¿acaso todo esto tiene que ver con las competencias? En otras latitudes de pronto no, pero en esta bella tierra hasta en eso hay que pensar; ¿cómo hacer para que quienes tenemos el privilegio de trabajar con el Estado, para servir, logremos visualizar lo que se viene por la inercia?; me refiero no solo a la posibilidad de que una entidad se liquide por no mostrar resultados que podría llegar a ser la angustia personal de cualquiera, sino también de las situaciones que pueden afectarnos y a nuestras familias a futuro por el derroche de recursos en materia de salud, educación, producción de alimentos, etc. Amanecerá y veremos…

Referencias -- Barbero, J. (2002). Jóvenes: comunicación e identidad. Revista de cultura Pensar Iberoamérica. Organización de Estados Iberoamericanos (oei). Recuperado de (2014, 3 de septiembre)

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http://www.campus-oei.org/pensariberoamerica/ric00a03.htm Borja, J., & y Castells, M. (1997). Local y global. La gestión de las ciudades en la era de la información. Madrid. Editorial Taurus. Delors, J. (1996). Educación: hay un tesoro escondido dentro. Unesco, (p.250) citado por Vicenç Fisas (1998) en Cultura de paz y gestión de conflictos. Icaria/Unesco. Barcelona. Eco U. (1985). El nombre de la rosa. España. Editorial Lumen S. A. Hegel G. (1968), (p.155).  Filosofía del derecho. Buenos Aires. Editorial Claridad S. A. Martin G. & Ceballos M. (2004). Bogotá: anatomía de una transformación. Políticas de seguridad ciudadana. 1995-2003. Bogotá. Editorial Pontifica Universidad Javeriana, pp. 1 – 772. Mejía S. (2000). El buen trato en la empresa. Bogotá. Fundación Antonio Restrepo Barco. Ministerio de Educación Nacional (2014). 'Maestro Digital' ¿ya tiene su certificado? Centro virtual de noticias de la educación. Recuperado de (2014, 11 de septiembre) de http:// www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/w3-article-337674.html Ministerio TIC. Boletín trimestral de las TIC. Cifras cuarto trimestre de 2013. Publicado marzo de 2014, p.39. Vega M. (2012). ¿Cómo afecta al país el complejo de Adán? Boletín informativo del IEMP Innova. Vol. 3, n.° 12 (2012, agosto), pp. 57. Weber M. (1976). Historia de la cultura. Bogotá. Fondo de Cultura Económica.

La libre concurrencia en la contratación estatal césar valencia villamizar procuraduría regional de santander

Me propongo en las siguientes líneas realizar algunas aproximaciones al tema de la libre concurrencia1 en la contratación estatal, con el fin de brindar al lector algunos criterios que les permitan identificar esta práctica que se estaba volviendo costumbre en la Administración pública, cuando en el momento de elaborar los pliegos de condiciones, dentro del cual se plasman las reglas de selección de contratistas, se establecían requisitos o se creaban restricciones a la participación de los que se consideran como posibles oferentes, para satisfacer las necesidades de la Administración. 1

Artículo 333 de la Constitución Política Nacional.

Con la libre concurrencia se pretende asegurar una sana competencia entre los proveedores de las entidades estatales; objetivo que se logra al no existir determinadas prácticas que restrinjan la libertad de todas las personas para participar en procesos de selección de contratistas. Requisitos, tales como que el proponente tenga oficina dentro del casco urbano de un municipio; o que haya ejecutado dentro de la jurisdicción del municipio contratos similares al objeto del proceso; o que tenga título en determinada profesión (ej. finanzas públicas), que en nada se relacione con la ejecución del objeto contractual (ej. interventor en contrato de obra), constituyen limitaciones a la libre concurrencia. Igualmente, el establecimiento de límites desproporcionados tanto en la experiencia del contratista, como en su

capacidad de contratación o lo que, comúnmente, se denomina capacidad residual o K contractual.

Normativa El artículo 333 de nuestro estatuto superior garantiza la libertad del ejercicio de cualquier actividad económica, bajo los límites del bien común, para cuyo ejercicio, igualmente, impide a cualquier persona o autoridad la imposición de requisitos no previstos en la ley; es decir, que esta es la única que puede establecer restricciones al ejercicio de cualquier actividad económica. En este contexto, dentro de las normas que regulan la contratación estatal no encontramos explícitamente disposiciones que restrinjan la participación de los ciudadanos dentro de los procesos »  27

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de selección de contratistas; sin embargo, de la lectura de la Ley 80 de 1993—especialmente de los principios que regulan la contratación estatal—, se pueden inferir algunas reglas generales que la Administración puede utilizar para, en casos concretos, identificar la mejor propuesta que conviene a los intereses institucionales, sin que dichas reglas se puedan considerar como restrictivas de la participación, pues como se mencionó son generales para que el servidor público las adapte a cada caso concreto, y establezca las reglas particulares que debe tener en cuenta para seleccionar a los contratistas. Así las cosas, encontramos que la Ley 80 de 1993, en el artículo 24 al desarrollar el principio de transparencia, determinó claramente dentro de los numerales 5.°2 y 8.°3 algunos parámetros a tener en cuenta por parte de la Administración, cuando de apertura a procesos de selección de contratistas se trata, especialmente en el momento de confeccionar los pliegos de condiciones. Al consultar las citadas normas, se denota que no determinan requisitos que deben cumplir los participantes en los procesos de selección, sino que el legislador delegó dicha tarea a la Administración; desde luego, dictando pautas dentro de las cuales debe oscilar la discrecionalidad de la institución para fijar reglas tales como «el deber de indicar requisitos objetivos»; «definir reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole, aseguren una escogencia objetiva»; «fijar condiciones de costos, calidad de bienes obras o servicios»; «prohibición de incluir en los pliegos de condiciones, reglas de imposible cumplimiento»; «definir reglas que no conduzcan a error a los proponentes» y «les prohíbe actuar con desviación de poder, abuso, y eludir los procesos de selección», etc. Es decir, se establecen parámetros con los cuales deben ajustarse las reglas que establece la Administración. Debemos recordar que si bien en vigencia4 del artículo 29 de la Ley 80 de 2 Establece reglas para la elaboración de pliegos de condiciones, en cuanto a su contenido. 3 Prohíbe eludir los procesos de selección de contratistas. 4 Derogado por el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

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1993, en cuanto al deber de selección objetiva, se determinaba que el ofrecimiento más favorable era aquel que ponderaba factores señalados en la norma,5 también lo es que la ponderación de dichos factores debían estar contenidos en los pliegos de condiciones.6 Es decir, que la Administración al elaborar los pliegos era quien fijaba los factores de ponderación, y los requisitos que debían cumplir los proponentes si querían resultar favorecidos con la adjudicación. Por ello, dichos pliegos se convirtieron en el medio para que algunos funcionarios de entidades públicas direccionaran las adjudicaciones hacia determinadas personas naturales o jurídicas, pues establecían reglas que solo podían ser cumplidas por uno de los interesados en presentar propuesta violando, a paso seguido, el principio de la libre concurrencia, pues al establecer reglas como los ejemplos citados en párrafos anteriores, no se permitía que otras personas presentaran ofertas, o si las presentaban, eran descalificadas. Ante el panorama expuesto, vino la respuesta del legislador ordinario y del 5 Inciso 2.° del artículo 29 de la Ley 80/93 «Ofrecimiento más favorable es aquel que, teniendo en cuenta los factores de escogencia, tales como cumplimiento, experiencia, organización, equipos, plazo, precio (…)». 6 «(…) y la ponderación precisa, detallada y concreta de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o términos de referencia (…)».

extraordinario,7 con la expedición de normas que reformaron el citado artículo 29 de la Ley 80 de 1993 como las Leyes 1150 de 20078 y 1474 de 2011,9 los Decretos 019 de 201210 y 1510 de 2013,11 la Ley 1682 de 2013,12 y el Decreto 791 de 2014, para solo mencionar la normativa vigente, determinando que tales reglas o exigencias que se establecen en los pliegos de condiciones deben «ser adecuadas y proporcionales a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor».13

Requisitos para participar Adicionalmente, se establecieron en las mencionadas normas reglas objetivas, claras y verificables para confinar el libre albedrío que hasta ese momento tenían las administraciones para fijar pautas en materia contractual, determinando que la experiencia y las capacidades jurídica, financiera y organizacional son requisitos habilitantes para participar en el proceso, que no otorgan puntaje lo cual, en otrora, a capricho de las administraciones, se les asignaba puntaje y por ello se considera7 Normas expedidas por el Gobierno nacional en ejercicio de facultadas otorgadas por la ley. 8 Art. 5.° 9 Art. 88. 10 Art. 221. 11 Art. 18. 12 Art. 72. 13 Art. 5.°, Ley 1150 de 2007.

Mónica Vega Solano - IEMP

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«Con la libre concurrencia se pretende asegurar una sana competencia entre los proveedores de las entidades estatales (…)».

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14 Agencia Nacional de Contratación Colombia Compra Eficiente (2013). Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública, p. 3.

que los valores que se establecían en los pliegos de condiciones, por así decirlo, eran a capricho de quienes al interior de las entidades estatales tenían la facultad no solo de dirigir los procesos de selección de contratistas, sino también de confeccionar los estudios previos y pliegos de condiciones; de ahí surgían las violaciones al principio de la libre concurrencia. A partir de la expedición de la Ley 1150 de 2007 se fijaron algunos parámetros para determinar la capacidad residual del proponente —parágrafo 1.°, artículo 6.° ibídem—; sin embargo, no fueron suficientes pues no establecían fórmulas claras para determinar ninguna de los dos capacidades. Con la expedición de la Ley 1682 de 2013 y los Decretos 1510 de 2013 y 791 de 2014, que modificó el artículo 18 del 1510, se establecieron parámetros objetivos a través de fórmulas matemáticas para calcular la capacidad residual, tanto del proceso como del proponente. Adicionalmente, la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente publicó la Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública, en la que se explica claramente la aplicabilidad de las fórmulas matemáticas para calcular la capacidad residual del proceso y la del proponente, de esta forma se espera eliminar la subjetividad al valorar los límites de la libre concurrencia. Finalmente, resta decir que ahora los operadores o jueces disciplinarios sí tienen parámetros y reglas claras que les permite juzgar las conductas de violaciones al principio de la libre concurrencia.

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Cambiar el paradigma gerencial, prioridad en la Administración pública christian josé mora padilla1 director del iemp

Uno de los dilemas fundamentales del administrador público es cómo lograr eficiencia, eficacia y efectividad en el manejo de los recursos públicos de su entidad, cómo materializar las políticas públicas en planes, programas y proyectos concretos que logren mejorar el nivel de vida de la sociedad, cómo frenar los niveles de corrupción y conseguir altos índices de credibilidad y confianza en su gestión. Pues bien, la solución está en la aplicación de la Nueva Gerencia Pública (ngp), de origen anglosajón, la cual se ha divulgado en muchos países del orbe y presenta un desarrollo todavía incipiente en Colombia, de acuerdo con [los] estudio[s] del IEMP (…). Entendemos por Gerencia Pública lo siguiente: «(…) paradigma de la administración que se caracteriza por adaptar herramientas de la gestión empresarial al manejo de los asuntos públicos, y que propugna por la prestación de servicios más ajustados a las necesidades de los ciudadanos con un enfoque de eficiencia, competencia y efectividad en la satisfacción de las demandas sociales».2 1 El texto corresponde a la presentación de la cartilla que editó el IEMP en el marco del Proyecto de Implementación de la Gerencia Pública en Colombia, coordinado por Mario Iván Algarra Lobo, asesor del IEMP. 2 Navas a. (2010). La Nueva Gestión Pública: una herramienta para el cambio. Revista Perspectiva. Corporación ocasa, Colombia.

Diseño de portada Diana Carolina Chacón Enciso - IEMP

ban limitantes de la participación tales prácticas. Igualmente, se estableció que dichos requisitos debían ser verificados por las cámaras de comercio, y no por el contratista, con el fin de legitimar, aún más, el proceso de selección. Pero, además, el proponente debe demostrar que su operación o actividad comercial le permite asumir nuevas obligaciones derivadas del contrato objeto del proceso de selección por lo que la entidad estatal, dentro de los procesos de obra pública, debe establecer un requisito adicional a los habilitantes, este es la capacidad residual o K de contratación, el cual deben cumplir los interesados en participar en el proceso de selección, bajo el entendido que de que «La Capacidad Residual es la aptitud de un contratista para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el contrato objeto del Proceso de Contratación».14 De otra parte, debe distinguirse entre la capacidad residual del proceso de contratación y la capacidad residual del proponente. La primera se refiere al límite máximo que la entidad estatal puede exigir respecto del proceso de selección que adelanta en cada caso particular, y la segunda la que debe demostrar el proponente para el respectivo proceso. Recuérdese, como se mencionó en precedencia, que a esta capacidad anteriormente la normativa no le fijaba límites ni parámetros objetivos, sino

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Portada de la cartilla Proyecto anticorrupción. Implementación de la Nueva Gerencia Pública en Colombia. Ediciones IEMP (2014).

Los principios que la caracterizan son la nominación de gerentes públicos profesionales, estándares explícitos de rendimiento, mayor énfasis en los controles de salida, la desagregación de las unidades y mayor competencia en el sector público, estilo de gerencia como en el sector privado, y gran disciplina y economía en el uso de recursos.3 Parece oportuno resaltar dos temas que hacen ver con optimismo el proceso de implementación gerencial en el país a raíz de la promulgación del Estatuto Anticorrupción; especialmente, en lo que el autor4 se refiere al enfoque de Edición 23, p. 37. 3 Falkoner, P. (1998). Public Adminstration and the New Public Management: Lessons from the uk Experience. Departament of Law and Public Administration. Glasgow University. Scotland uk. 4 El asesor y coordinador de proyectos de la División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos del IEMP, Mario Iván Algarra Lobo, es autor de la cartilla; magister en Administración pública de Liverpool University, abogado y especialista en legislación financiera.

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macroprocesos y microprocesos de gestión en la gerencia pública. A través de esta normativa el mensaje se aterriza, se hace más tangible, pues se refiere a cuestiones concretas, medibles y verificables. Parece interesante que el Gobierno y los organismos de control centren su atención en aspectos de las entidades públicas como la elaboración de planes de acción, objetivos, estrategias, proyectos, metas, responsables, planes de compras, proyectos de inversión e indicadores de gestión, mapas de riesgos, estrategias antitrámites y mecanismos de mejoramiento de atención al ciudadano; tal y como, acorde con el concepto del microproceso de gestión, lo determinan los artículos 73 y ss del Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011). Tampoco puede olvidarse la cualificación de dichas variables, para lo cual parece necesario adelantar procesos de formación y capacitación de los servidores públicos responsables de dichas actividades, lo cual puede fomentar procesos de cambio cultural en las organizaciones. El autor hace un recorrido por diferentes normativas que han buscado la profesionalización del servidor público, el fortalecimiento de la carrera administrativa y, en general, una mayor eficiencia institucional. En fin, es un panorama amplio y esperanzador el que se abre, con el

reto de cambiar el paradigma gerencial imperante; bienvenida la depuración y sofisticación de algunos instrumentos, pero sin perder la sencillez propia de las cosas importantes y la contundencia y necesidad de que los mensajes emitidos sean asimilados por las administraciones públicas. Otra cuestión importante es la necesidad de articular esfuerzos, con otras escuelas administrativas de cierta tradición a nivel nacional e internacional como la de calidad, las cuales tiene ciertos puntos en común y guardan además similitudes evidentes.

Estructura de la cartilla En la presentación el documento de carácter pedagógico incorpora antecedentes de la ngp y de la Gestión para Resultados en el Desarrollo (gprd). Los conceptos son detallados en el primer apartado de los cuatro que componen la publicación; se incluyen, en el marco teórico, la información capturada en el marco de la investigación. El segundo capítulo, entre otros aspectos, presenta el análisis de los datos cuantitativos recolectados concernientes a la implementación de la ngp en Colombia en los órdenes nacional, departamental, municipal y local, especialmente el cumplimiento de las normas establecidas en el Estatuto Anticorrupción.

Comparativo implementación de la ngp en Colombia

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El tercer aparte visibiliza a través de cuadros comparativos el nivel de observancia de la norma en mención de manera detallada, por cada pregunta, lo que permite entregar a los entes del orden nacional y territorial un capítulo final con conclusiones y reflexiones de lo que sucede en el país con relación al tema. Grosso modo la investigación determina «escaso nivel de utilización a nivel nacional —un bajo 65%—, y otro, la desigualdad y disimilitud existente entre regiones del país en su interiorización y aprovechamiento». Otro punto interesante es que el estudio evidencia «(…) un comportamiento de tipo centralista en la instauración de los instrumentos operativos de la ngp en el país (…)» en el sentido de la capacidad para adecuarse a los requerimientos de la norma, y «(…) la existencia de dos Colombias: una en el centro y otra en las periferias». En materia de conocimiento, «(…) más de 160 entidades solicitaron capacitaciones en temas de mapas de riesgos de corrupción, medidas para mitigarlos, Ley Anticorrupción, estrategias antitrámites, mecanismos para mejorar la atención al ciudadano, Código Contencioso Administrativo y de Procedimiento Administrativo, Modelo Estándar de Control Interno (meci), Nueva Gerencia Pública (ngp), indicadores de gestión, Código Disciplinario, Gobierno en Línea, técnicas de argumentación jurídica, Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (masc) y fortalecimiento del talento humano, entre otros». Finalmente, invitamos a nuestros lectores a estar atentos para el lanzamiento de esta publicación que, con seguridad, hace parte de las estrategias pedagógicas del IEMP que permitirán acercar los conceptos en ella expuestos, mostrar los beneficios al aplicar los instrumentos de la ngp que, a su vez, aportan en el control de uno de los flagelos más perversos de nuestro país, a saber, la corrupción; y, ante todo, fortalecer la gestión pública a través del conocimiento.

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Segundo Encuentro Nacional de Observatorios organizado por la acac y el IEMP mario iván algarra lobo1 asesor div. de investigaciones sociopolíticas y asuntos socioeconómicos

El IEMP, en alianza con la Asociación Colombiana para el Avance de la Ciencia (acac), realizó en 2013 el Primer Encuentro Nacional de Observatorios los días 26 y 27 de noviembre en la ciudad de Bogotá. Las dos instituciones aunaron esfuerzos académicos, administrativos y financieros para el desarrollo del evento que tuvo excelente acogida por parte del auditorio conformado por académicos, profesionales de diversas disciplinas y estudiantes. Un total de 15 experiencias de observatorios presentaron a los asistentes las experiencias, logros y dificultades, y las expectativas con relación al encuentro. La idea de reunir a los representantes de observatorios fue compartir los resultados obtenidos en las investigaciones de carácter académico, contar con información relevante que, en algunas ocasiones, ya existe facilitando y optimizando el uso de los recursos humanos, financieros, administrativos y tecnológicos. Finalmente, después de comunicar en este escenario el quehacer de los observatorios, se formalizó un acta de intención para la conformación y consolidación de la Red Nacional de Observatorios de Colombia con el objeto de que el primer encuentro no se convirtiera en un evento más, sino que en aras de aportar al conocimiento fuera posible conectar y hacer fluir la información que cada uno de los proyectos posee y no atomizar o duplicar estudios.

Segundo Encuentro Nacional de Observatorios El éxito en la primera reunión de observatorios planteó la necesidad de reali1 Magister en Administración pública de Liverpool University, abogado y especialista en legislación financiera.

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zar en el 2014 la segunda versión conjuntamente con la acac, organización que cuenta con un amplio conocimiento y experiencia en materia de ciencia, tecnología e innovación, adquirida a través de 42 años de existencia, lo que le ha permitido posicionarse como entidad pionera en el país y consolidarse dentro del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología. La acac, en el primer encuentro, tuvo un poder de convocatoria inmenso. Para el nuevo evento se espera contar con un mayor número de observatorios y hacer realidad el acta de intención del año 2013 con relación a la conformación de la red. La finalidad del programa investigativo y académico incluye la puesta en común de otras experiencias de entidades públicas y privadas, con el propósito de estrechar los vínculos y poder establecer a partir de los diagnósticos la formulación de políticas públicas y el fortalecimiento de la ciencia y la tecnología en el país. El segundo encuentro llevará a los participantes a una dinámica de retroalimentación cuya intención es la vigorización y fortalecimiento de los asistentes como grupo, para su consolidación futura. El beneficio para el IEMP no solo es cumplir con una de las funciones determinadas para la unidad académica en el Decreto 262 de 2000 —organizar actividades de investigación que interesan al ministerio público—, sino también la oportunidad de recibir aportes e intercambiar con otros los conocimientos adquiridos por el Instituto en dos décadas. Entre los resultados del convenio especial de cooperación entre el IEMP y la acac se espera generar conocimiento, aportar al fortalecimiento de la capacidad científica nacional y apropiación social, mejorar los planteamientos teóricos y metodológicos de los participantes, institucionalizar los encuentros y sentar las bases para la conformación de la Red Nacional de Observatorios de Colombia.

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Rostros & Rastros, publicación editada por el IEMP e indexada por Colciencias, cumple seis años. Desde su origen la revista pretende recoger «(…) reflexiones, análisis, resultados, productos de investigaciones, avances de políticas, programas o planes a nivel nacional e internacional, conceptos profesionales de personas involocradas con procesos, tanto desde la planeación y el diseño, como desde la ejecución y/o el ajuste, con la finalidad de abrir el debate y colaborar de esta manera a la difusión del conocimiento, su construcción y reconstrucción, al sano intercambio y a la generación de nuevas propuestas». Álvarez-Correa M. (2010, febrero). Revista Rostros & Rastros. Año I / n.º 3 / 2009. Julio diciembre. P. 2.

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La autorregulación y la confianza, complementos indispensables en la implementación del teletrabajo carlos arturo moreno orduz

El teletrabajo y las TIC

asesor e investigador div. de investigaciones sociopolíticas y asuntos socioeconómicos del iemp

Oficina de Prensa PGN

El término teletrabajo se ha ido imponiendo en nuestro medio, cada día con mayor ahínco, y aunque a veces quienes lo utilizan no tengan suficiente claridad de lo que significa, la implementación de esta modalidad se impone con mayor fuerza. En el término teletrabajo el sufijo «tele» significa distancia y «trabajo» es labor, faena, ocupación, tarea o empleo, la unión de los dos, por su significado etimológico, dan la idea de que el teletrabajo significa laborar a distancia por lo que es preciso preguntarnos —como problema a resolver— ¿a distancia de qué o de dónde? La distancia a su turno es lejanía, trecho, trayecto y, también, alejamiento o separación, ejecutar algo a lo lejos o desde lejos; entonces, es preciso recordar que usualmente en la organización de una empresa está prevista la ejecución de actividades en forma concentrada, regularmente toda institución tiene un arraigo, un domicilio y el conjunto de acciones que concretan la razón social o giro de negocios se realiza desde un lugar determinado. Todo ello impone la presencia regular del equipo de trabajo en forma concentrada ejecutando el conjunto de tareas que concretan la finalidad de la organización aspecto que, en principio, se opone a que el empleado esté ausente en forma regular, a tal punto, que entre los requisitos para la existencia del contrato de trabajo subordinado se encuentra el de ejecución personal por parte del trabajador de las tareas asignadas y la disponibilidad para cumplir órdenes, al paso que tienen los deberes de concurrencia y permanencia en el lugar donde se le asigne para llevar a cabo su cometido durante todo el tiempo pactado como horario de trabajo dentro de la jornada laboral establecida. 32  » 

Con la aparición e implementación de las llamadas Tecnologías de la Información y Comunicación (tic) se han impuesto cambios profundos en la actividad humana. A través de estas se realiza toda una gama de acciones en forma muy veloz, trastocando la misma organización social, aspecto que a juicio de los entendidos ha generado una revolución de grandes proporciones. Hoy, para participar en un evento académico, por ejemplo, no se requiere que los participantes concurran al mismo lugar. A través de la videoconferencia los interesados, que pueden encontrarse distantes unos de otros, pueden intervenir en dicha actividad como si estuvieran presentes todos en el mismo lugar, ello se ha logrado con las tic. Similar efecto se obtiene con esta tecnología en diversas actividades que realiza el ser humano y que es posible transmitir a través de impulsos eléctricos de imagen, voz o texto, en forma separada o combinada. Las tic, surgidas a partir de la aplicación técnico científica de la nanotecnología, han permitido la creación de un conjunto de medios de comunicación más veloces y seguros; su aplicación en

la actividad laboral ha facilitado organizar de otra forma el trabajo que antes se ejecutaba de manera concentrada. Poder laborar desde cualquier lugar ha cambiado el concepto de organización como unidad productiva, debido a mayores exigencias por la globalización en materia de competitividad en la prestación de servicios. Las organizaciones demasiado grandes y lentas no son competitivas, están llamadas a desaparecer en caso de que no actualicen la tecnología que les permite optimizar el rendimiento. A su vez, el conocimiento que es posible transmitir por Internet mediante correo electrónico, los servicios en la nube (cloud computing) o las redes sociales no exige presencia de un trabajador en un lugar específico para adelantar el proceso productivo, requisito que era exigible en la organización productora de mercancías. En síntesis, la globalización exige organizaciones ágiles, que cuenten y laboren con tecnologías para tener la información a la mano en tiempo real. El teletrabajo requiere las tic que se constituyen en herramientas básicas para producir los resultados esperados por las empresas. Estas, al tener una serie de empleados desarrollando actividades y reportándolas a la organización sin necesidad de estar presentes en el lugar donde tradicionalmente se desempeñaban, necesitan manejar un concepto diferente del teletrabajador, al que no se mide el rendimiento por cumplir un horario en las instalaciones de la institución sino por la productividad y cumplimiento de metas o tareas pactadas.

Características del teletrabajador



«Las tic, surgidas a partir de la aplicación técnico científica de la nanotecnología, han permitido la creación de un conjunto de medios de comunicación más veloces y seguros».

Quien puede laborar desde cualquier parte requiere tener unos hábitos especiales entre ellos la alta responsabilidad y ser una persona disciplinada —lo que genera confianza entre el empleado y la organización— con altos conocimientos en virtud de que usualmente trabaja aislado, tiene poco contacto con otros compañeros, pero de ordinario, una mayor vinculación con el grupo familiar. Las personas que viven con el trabajador son un factor importante a tener en cuenta al vincular el talento humano en esta modalidad, especialmente cuando es-

Concepto de portada David L. Moreno M. Diseño Diana Carolina Chacón Enciso - IEMP

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La publicación Teletrabajo. Un cambio sensible en las constumbres laborales, es producto del estudio realizado por el IEMP con relación a esta modalidad laboral en el país. La obra, editada por el Instituto, permitirá a la Procuraduría tener un primer acercamiento en temas de teletrabajo para implementarlo en la entidad.

tos ejecutan las labores desde la casa. Si la familia no toma conciencia de que la persona está trabajando, o si las relaciones intrafamiliares no son buenas, son aspectos que pueden constituirse en causas que entraban gravemente la actividad desempeñada; pero si estas relaciones son adecuadas y la familia del empleado tiene clara la actividad que este desarrolla y, por el contrario, lo apoya, el rendimiento del trabajador puede mejorar ostensiblemente. El teletrabajo ha sido regulado en nuestra legislación como una forma especial de trabajo, que participa en su reglamentación en gran medida y le son aplicables la mayoría de las disposiciones que rigen para el trabajo tradicional subordinado, pero también fue necesaria una reglamentación legal que liberara al empleado de la obligación de concurrencia y, en consecuencia, se emitieron la Ley 1221 de 2008 y el Decreto reglamentario 0884 de 2012 que han hecho posible esta modalidad laboral. El teletrabajo no fue ideado para la vinculación laboral

de personas discapacitadas ni de otros sectores de la población con dificultades para acceder al trabajo subordinado tradicional, la Ley 1221 en su reglamentación manifiesta de manera expresa, aunque no excluyente, que se trata de una política pública dirigida a buscar oportunidades laborales no solo para personas en situación de discapacidad, sino también para madres cabeza de familia, personas en estado de reclusión, desplazamiento forzado y otros grupos vulnerables. Prevé esta disposición que en la modalidad laboral de teletrabajo —del que no es sinónimo la expresión «trabajo en casa»—, el funcionario quede relevado del cumplimiento de los deberes de concurrencia y permanencia, y que para efectos de regular las relaciones necesarias entre el teletrabajador y el empleador, se suscriba un pacto o acuerdo adicional al contrato de trabajo donde se consignen las obligaciones de las partes.

Modalidades e implementación del teletrabajo Tal como lo mencionamos en el innova 151 (p.8) la ley estableció tres modalidades de teletrabajo: autónomo, móvil y suplementario, que flexibilizan la relación laboral para acomodarla a las necesidades tanto de la organización como del trabajador. El primero se da cuando el empleado cambia el lugar de trabajo tradicional por uno fuera de las instalaciones de la entidad para la cual presta sus servicios de manera permanente y solo en forma 1 Moreno C. (2013, octubre). «El teletrabajo, una experiencia creciente en busca de soluciones». Boletín trimestral Innova, n.° 15, Vol. 4. Procuraduría General de la Nación – Instituto de Estudios del Ministerio Público. Bogotá D. C. Ediciones IEMP, (p.8).

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ocasional va a las dependencias de la empresa. En la modalidad móvil el trabajador presta sus servicios desde cualquier lugar, no hay un escenario de trabajo fijo y está reportando el trabajo en la medida que procesa la información generada en su actividad, regularmente para ello utiliza las tic móviles. En el modo suplementario el teletrabajador labora unos días a la semana de manera presencial y el resto del tiempo en forma no presencial, desde un espacio diferente a las instalaciones de la empresa, pero pactado de común acuerdo con el patrono. Debe aclararse que para hablar de teletrabajo este debe ejecutarse de manera estable; es decir, no es teletrabajo el que se ejecuta de manera ocasional fuera de las instalaciones de la empresa, para ello es necesario que medie un acuerdo entre las partes de la relación laboral referente a la ejecución del trabajo, donde se establezcan claramente el tiempo que el teletrabajador debe laborar en las instalaciones de la organización y por fuera de esta. Además, los equipos e implementos de trabajo que el empleador va a suministrar al funcionario y la responsabilidad que este adquiere con ellos, los productos o metas acordadas, los horarios dentro de los cuales el empleado va a ejecutar el trabajo y la frecuencia de comunicación entre el trabajador y la organización, como también, en el evento de que el teletrabajador labore desde su casa, la forma como se cancelarán los servicios públicos suministrados por el subordinado. La modalidad de teletrabajo, no obstante, exige que no haya discriminación entre los trabajadores tradicionales y los teletrabajadores, pues solo se diferencian en que ejecutan el

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trabajo desde un lugar distinto a las instalaciones de la empresa, que puede permitirles la conciliación entre la vida familiar y laboral, flexibilizando la relación, al paso que la organización logra disminuir costos. De ello puede establecerse que hay beneficios mutuos para el teletrabajador y la empresa, ya que mientras esta racionaliza costos al reducir las instalaciones y servicios públicos, el trabajador se beneficia en cuanto a esfuerzos, calidad de vida y mejores relaciones familiares. Pero para eliminar la posibilidad de discriminación, es necesario que la entidad capacite al talento humano en su totalidad, ya que los jefes deben entender que el teletrabajador está laborando y, por tanto, es fundamental que entienda que la forma de interacción entre la organización y el teletrabajador cambia. Los trabajadores tradicionales deben comprender que el teletrabajador, al igual que ellos, debe presentar a la entidad resultados de su trabajo, de acuerdo a las metas establecidas, cuyos parámetros de rendimiento pueden establecerse a partir del que muestren los tradicionales. En consecuencia, para que no se presenten dificultades que puedan alterar el normal funcionamiento de la organización es preciso la preparación y adiestramiento en esta técnica de trabajo de todo el personal. La implementación del teletrabajo en una organización debe ser planificada. Una vez se inicie esta modalidad no es posible que la empresa vuelva atrás, ya que para ello ha sido necesario incurrir en una serie de gastos que son elevados, y el fracaso en la implementación conllevaría graves consecuencias económicas. »  33

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Por eso, se prevé que en la modalidad laboral de teletrabajo rija el principio de voluntariedad en el que el funcionario y la organización pueden establecer esta forma especial de ejecución del contrato laboral a iniciativa de cualquiera de las partes mediante solicitud formal; asimismo, en cualquier tiempo puede solicitarse a la otra parte la cesación de la relación de teletrabajo sin necesidad de que termine también la relación laboral, eso significa que el teletrabajador puede volver a la modalidad tradicional en cualquier momento a iniciativa propia o del empleador. Pero el trabajo que desde el inicio del contrato o la relación laboral arrancó en la modalidad de teletrabajo no puede cambiarse a la tradicional por voluntad de una de las partes, en este evento necesariamente deberá existir consenso de voluntades para que se pueda cambiar la modalidad laboral. La norma reguladora del teletrabajo prevé mecanismos para que el empleado no sea obligado a laborar más allá de la jornada prevista para los trabajadores tradicionales, y es por eso que en el acuerdo especial de teletrabajo debe consignarse de manera expresa el lapso de tiempo durante el cual el teletrabajador va a ejecutar las obligaciones laborales, con el fin no solo de permitir, si es el caso, que el empleador verifique el cumplimiento, sino en caso de accidente determinar a quién le corresponde asumir el riesgo. De otra parte, es preciso señalar también que las autoridades del trabajo deben llevar un registro de los teletrabajadores que se conforma con el reporte que, para el efecto, debe hacer cada empresa que tenga personal vinculado en esta modalidad al inspector del trabajo que es la autoridad encargada de llevarlo. Finalmente, en la implementación del teletrabajo la organización debe tener en cuenta, además de los recursos técnicos ya mencionados, las circunstancias personales y familiares del empleado y los puestos de trabajo, ya que no todos ellos son susceptibles de ser asumidos en la modalidad de teletrabajo. Empleados como por ejemplo, los que atienden público, gran cantidad de los cargos de dirección, y operarios que en sus labores no requieren la utilización de las tic, son cargos que no pueden ejecutarse de esta manera. 34  » 

Mónica Vega Solano - IEMP

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Para la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el teletrabajo permite la diversidad: «Las mujeres continúan siendo las principales proveedoras de cuidados y muchas no participan en la fuerza de trabajo a causa de sus responsabilidades familiares, con frecuencia porque no logran conciliar el tener que ir al lugar de trabajo y cuidar de sus hijos o de los familiares ancianos». OIT (2013). Las ventajas del trabajo a distancia. Recuperado de (2014, 30 de septiembre) http://www.ilo.org/global/aboutthe-ilo/newsroom/comment-analysis/WCMS_208161/ lang--es/index.htm

Aquel trabajador que no muestre las condiciones personales ya anotadas, que requiera de controles para que realice las actividades, que incurra con alguna frecuencia en actos de indisciplina y muestre poco compromiso institucional, son funcionarios que pueden ser excluidos como candidatos a teletrabajadores. El proceso de selección es riguroso y debe partir de la sensibilización, elección de candidatos y provisión de los lugares desde donde el teletrabajador va a llevar a cabo la labor, así como de las capacidades que este tiene de adaptarse al cambio, especialmente de trabajar aislado. En la Procuraduría General de la Nación se ha iniciado este proceso, y aunque aún se encuentra en un estado incipiente, se espera que pronto algunos trabajadores que han participado en el proceso de sensibilización emprendan la prueba piloto y sean los primeros en iniciar con esta modalidad laboral.

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El IEMP participó en el X Foro Internacional de la Calidad tión del riesgo y la sostenibilidad de las organizaciones y de su entorno, hicieron parte del programa atendiendo, entre otras, las recomendaciones de corporaciones internacionales como Global Report Iniciative (gri),5 Pacto Global,6 índice de Sostenibilidad del Dow Jones (djsi)7 y Mecanismos para un Desarrollo Limpio (mdl)8 asociados al cambio climático.

christian josé mora padilla director del iemp

luis enrique martínez ballén jefe de la división de investigaciones sociopolíticas y asuntos socioeconómicos del iemp

1 Requisitos para los sistemas de gestión de la calidad (sgc) establecidos por la Organización Internacional de Normalización (iso). 2 Estándar internacional de gestión ambiental o sistemas de gestión ambiental (sga) diseñada por iso. 3 Corresponde a los requisitos de los sistemas de gestión de seguridad y salud ocupacional establecidos por British Standards Institution (bsi). 4 Requisitos de los sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo que sustituirán los establecidos en la norma ohsas 18001.

5 «Global Reporting Initiative (gri) es una organización cuyo fin es impulsar la elaboración de memorias de sostenibilidad en todo tipo de organizaciones. gri produce un completo Marco para la elaboración de Memorias de Sostenibilidad, cuyo uso está muy extendido en todo el mundo. El Marco, que incluye la Guía para la elaboración de Memorias, establece los principios e indicadores que las organizaciones pueden utilizar para medir y dar a conocer su desempeño económico, ambiental y social». Recuperado de (2014, octubre 8) https:// www.globalreporting.org/languages/spanish/Pages/default.aspx 6 «El Pacto Global es una iniciativa voluntaria, en la cual las empresas se comprometen a alinear sus estrategias y operaciones con diez principios universalmente aceptados en cuatro áreas temáticas: derechos humanos, estándares laborales, medio ambiente y anti-corrupción. Por su número de participantes, varios miles en más de 100 países, el Pacto Global es la iniciativa de ciudadanía corporativa más grande del mundo». Recuperado de (2014, octubre 8) http://www.pactoglobal-colombia.org/index.php/sobre-pacto-global/que-es-pacto-global 7 «El DJSI realiza una Evaluación de Sostenibilidad Corporativa (csa, por su sigla en inglés), que consiste en un riguroso análisis y medición de desempeño de las compañías, a través de indicadores sobre aspectos económicos, sociales, ambientales y de gobierno corporativo que se refieren a  la creación de valor a largo plazo. Adicionalmente, un componente fundamental de esta evaluación es el continuo y exhaustivo monitoreo a medios, información pública, y percepciones de los grupos de interés de las compañías. Esta evaluación integral, permite identificar además del desempeño de las compañías, su relacionamiento con el entorno y su capacidad de respuesta a situaciones sociales, ambientales y económicas que puedan afectar su reputación y el cumplimiento de sus objetivos estratégicos». El índice Dow Jones de Sostenibilidad: agrupa las empresas que cotizan en bolsa con las mejores prácticas de gobierno corporativo, económicas, sociales y ambientales a nivel mundial. (2013, 8 de octubre). El Espectador. Recuperado de (2014, octubre 8) http://www.elespectador.com/tomalapalabra/pacific-rubiales/ el-indice-dow-jones-de-sostenibilidad-agrupa-185-articulo 8 «El propósito del mecanismo para un desarrollo limpio es ayudar a las Partes no incluidas en el anexo I a lograr

un desarrollo sostenible y contribuir al objetivo último de la Convención, así como ayudar a las Partes incluidas en el anexo I a dar cumplimiento a sus compromisos cuantificados de limitación y reducción de las emisiones (…)» de gases de efecto invernadero. Naciones Unidas. (1998). Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Recuperado de (2014, 8 de octubre) http://unfccc. int/resource/docs/convkp/kpspan.pdf

Recuperado de http://foro-internacional-de-la-calidad.icontec.org/

Los días 27, 28 y 29 de agosto, en la ciudad de Cartagena de Indias, se llevó a cabo la décima versión del Foro Internacional de la Calidad organizado por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec), evento al que fueron invitados como conferencistas el director del IEMP y el jefe de la División de Investigaciones. El encuentro académico denominado en esta ocasión «Nuevos retos para la gestión empresarial», reunió a expertos nacionales e internacionales que aportaron novedosas herramientas para la mejora continua de los sistemas de calidad a los participantes en el foro. Uno de los propósitos fue presentar los cambios que tendrán algunas normas como la iso 9001,1 iso 140012 y la transición de la ohsas 180013 a la norma iso 45001,4 teniendo en cuenta que son las más utilizadas en las organizaciones. Otro de los temas interesantes planteados en el foro fue la necesidad de que las entidades públicas y privadas comprendan que los sistemas de gestión implementados deben estar al servicio de las instituciones y de quienes las integran, y no a la inversa, es decir, que estas se sientan obligadas al cumplimiento de requisitos para obtener las certificaciones correspondientes. El conocimiento, las transformaciones culturales, la ges-

Además de los conferencistas colombianos hubo representación de países como Estados Unidos, Chile, Suiza, Israel, Canadá, Holanda, España, Brasil y Alemania. El primer día los asistentes, de acuerdo a su interés, se dividieron en tres salones determinados por los organizadores para escuchar las experiencias de tres sectores: educativo, público y salud. El IEMP, hizo parte del segundo sector en el que presentamos—quienes firman este artículo— los resultados del proyecto de investigación referente a los impactos de la implementación de los sistemas de gestión integrados (sgi), especialmente la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública (ntcgp) 1000:2009 y el Modelo Estándar de Control Interno (meci) 1000:2005. El segundo y tercer día del foro se escucharon intervenciones como la del director de Cambio Climático del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Rodrigo Suárez Castaño, concerniente a la «situación actual de los acuerdos internacionales relacionados al cambio climático, mercados de carbono y desarrollo de estrategias por parte del gobierno nacional frente al tema»; de Estados

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|  Boletín informativo del IEMP - Instituto de Estudios del Ministerio Público Cortesía Luis Enrique Martínez Ballén - IEMP

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La décima versión del foro tuvo como sede, en esta ocasión, a Colombia. Cada dos años el organismo internacional de normalización convoca a instituciones y conferencistas que presentan experiencias o casos exitosos, y actualizan en normas, que mejoran los sistemas de gestión, a los participantes que en Cartagena fueron casi 1400.

Unidos, Alka Jarvis, quien habló de la «importancia y beneficios de gestionar el conocimiento en las organizaciones y su impacto en los sistemas de gestión»; y de Alemania, Martina Prox, que explicó el «análisis de ciclo de vida (huellas de carbono, huella de agua y huella ambiental)»; solo por mencionar algunas de las interesantes conferencias que permitieron al IEMP continuar avanzando en el eje estratégico de internacionalización. El resumen que presentamos a continuación a los lectores de innova recoge las características de la investigación, que fue iniciativa del IEMP, y muestra los resultados más relevantes, las observaciones del equipo que realizó el estudio,9 y entrega algunas conclusiones que buscan fortalecer la implementación de las normas en todo el territorio nacional.

sado en la madurez de la capacidad institucional de entidades del Estado en términos de integridad, confiabilidad, economía, técnica y particularidad para brindar servicios de calidad que generen satisfacción social a partir de la implementación de los modelos de gestión en el marco de la ntcgp 1000:2009 y el meci 1000:2005. Con el propósito de generar confiabilidad y validez de los instrumentos que se-

rían utilizados en el estudio, se presentaron a entidades como la Escuela Superior de Administración Pública (esap), el Departamento Administrativo de la Función Pública (dafp), la Fuerza Aérea Colombiana (fac), el Icontec, el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (onac) y la Contraloría General de la República, antes de ser aplicados con la muestra definida para la investigación.

Cortesía Luis Enrique Martínez Ballén - IEMP



Impacto de los modelos ntcgp 1000 y meci en la gestión de las entidades públicas del país El objetivo de la investigación fue determinar el impacto ba9 Christian José Mora Padilla, coordinador general; Luis Enrique Martínez Ballén, supervisor del proyecto; Jairo Ángel Gómez, investigador principal del IEMP; Miguel Alberto Ocampo Gómez, coinvestigador del IEMP; coordinación interinstitucional del Icontec a cargo de Martha Castro; coinvestigadora del Icontec, Amanda Sánchez, y equipo de profesionales del ente certificador a nivel regional.

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En la foto los conferencistas del IEMP (izq. a der.) Luis Enrique Martínez Ballén, jefe de la División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos, y el director de la unidad académica, Christian José Mora Padilla.

Las entidades y empresas certificadas en la ntcgp y el meci a 31 de mayo de 2013 son 568, de un total de 6300 instituciones, es decir, el 9,01%.10 De las 355 organizaciones certificadas en el orden territorial y las 160 nacionales se estableció el 10% y el 16% como muestra para la investigación, respectivamente, para un total de 61 entidades. El muestreo probabilístico estratificado permitió distribuir la muestra en diversas zonas del país logrando un nivel de confianza de 96% y un margen de error de 4%. Los departamentos visitados fueron Magdalena, Atlántico, Bolívar, Norte de Santander, Santander, Antioquia, Caldas, Risaralda, Quindío, Valle del Cauca, Tolima, Meta, Boyacá y Cundinamarca. Algunas de las preguntas formuladas por el equipo de investigadores tenían que ver con la implementación del sistema en las entidades seleccionadas; entre ellas se consultaron variables como: ¿qué instrumentos de gestión debe tener un sistema?, ¿cómo garantizar que todos comprendan el sistema, sus instrumentos y se apropien de los conceptos? y ¿cómo lograr que sea sostenible? De otra parte, los interrogantes relacionados con el impacto tenían que ver con el desarrollo de nuevas competencias gracias al sistema, el manejo del liderazgo, la incorporación de nuevas tecnologías y subsistemas y, obviamente, los resultados obtenidos con la implementación de la ntcgp y el meci.

10 esap. (2013). Entidades certificadas a 31 de mayo de 2013. Recuperado de (2014, agosto 24) http://portal.dafp.gov.co/mod/retrive_docu_noti?no=154

Resultados de las encuestas por variables



El IEMP está certificado por el Icontec en la ntcgp 1000:2009. Todos los procesos que integran el sig del Instituto cumplen con los requisitos de la norma, de acuerdo con el organismo; uno de ellos, de carácter misional, es el de capacitación cuyo dueño de proceso es Carlos Humberto García Orrego, jefe de división del área.

forma «progresiva». Los métodos más usados para la comunicación y el desarrollo de las competencias fue por «acompañamiento y capacitación». Los grupos que implementaron el sistema estuvieron conformados por «servidores públicos de carrera administrativa, particulares que ejercen funciones públicas y por asesores externos». Solo el 15% de las entidades del Estado se apoyaron en firmas consultoras. De otra parte, cerca del 73% de implementaciones del sgi fue «liderado por servidores públicos de carrera o provisionales». El

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porcentaje restante por asesores independientes y firmas asesoras. 5. Apropiación de los conceptos. Cerca del 64% indicó que los equipos de trabajo de las organizaciones «han apropiado los nuevos conceptos e instrumentos de manera exitosa» o adecuada. El 36%, por su parte, mencionó que «ha costado mucho esfuerzo», que ha sido «difícil» o que sencillamente «no han apropiado» estos nuevos conceptos e instrumentos. 6. Métodos para el mantenimiento de lo implementado. De acuerdo al 90% de las personas entrevistadas el mantenimiento del sgi se ha desarrollado por «iniciativa institucional» y no por una «presión externa». 7. Cultura organizacional de las entidades públicas. El 31% indicó que el sistema «es útil y que los servidores públicos son proactivos» para aportar al desempeño institucional. Cerca del 43% señaló que el sgi «es útil, es dispendioso y poco práctico» por lo que debe ser mejorado. El 26% «no tiene una interpretación positiva sobre el sistema», lo consideraron como una «norma» que hay que cumplir y, algunos, expresaron tener una «actitud de rechazo». 8. Servidores públicos y las competencias de los equipos. El 84% explicó que Mónica Vega Solano - IEMP

1. Razones para la implementación del sistema. Más del 73% consideró que la decisión para implementar el sistema fue «por voluntad de la dirección» o por la «necesidad de satisfacer los requisitos y expectativas» presentes y futuras de los clientes y las partes interesadas. 2. Diseño del sistema. Más del 57% afirmó que las entidades «poseen un diseño» del sgi implementado de manera exitosa. Cerca del 37% manifestó que existe el diseño del sgi pero que «no es comprendido» por todos los equipos de trabajo. Alrededor del 56% concluyó que el diseño da respuesta a un sgi, mientras que el 36% indica que el sistema es una «fusión o una combinación». 3. Instrumentos para la gestión (diseño, adaptación o adopción). Los tres grupos encuestados (alta dirección, gerencia media y nivel operativo) no presentaron un concepto unánime frente a cuáles de ellos han sido adoptados, adaptados, diseñados o formalizados. Sin embargo, de manera general, los grupos consideraron que aproximadamente el 46% de todos los instrumentos han sido «diseñados». 4. Métodos de difusión. Cerca del 80% considera que el sgi se implementó en

Luis Miguel Estrada Cadena - IEMP

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«Global Reporting Initiative (gri) es una organización cuyo fin es impulsar la elaboración de memorias de sostenibilidad en todo tipo de organizaciones. (...) establece los principios e indicadores que las organizaciones pueden utilizar para medir y dar a conocer su desempeño económico, ambiental y social». En el panel de sostenibilidad del foro participó Ernst Ligteringen, de Holanda, quien habló de esta organización.

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|  Boletín informativo del IEMP - Instituto de Estudios del Ministerio Público

existe «un manual de competencias orientado a las necesidades del sgi y que los entrenamientos» se realizan de acuerdo con estas necesidades. 9. Liderazgo. Teniendo en cuenta que esta variable «se encuentra orientada al logro» de una forma «participativa» en la mayoría de los casos, el resultado fue que el 49% expuso que la rotación del equipo directivo ha sido «positiva» en la medida en que ha permitido «incorporar nuevas estrategias en el sgi», a la vez que ha permitido mejorar los perfiles. Sin embargo, el 41% opinó que esta rotación ha generado «pérdida de sentido de pertenencia, dificultades en la integración de los modelos, pérdida en la coherencia del sistema y una amenaza para la sostenibilidad». Cerca del 45 % «ha identificado un estilo de liderazgo» practicado por la alta dirección y la gerencia media de las entidades. De otra parte, el 30% de los mismos encuestados dijo que «el estilo de liderazgo cambia» en la rotación del grupo directivo y el 26% que «no se cuenta con un único estilo de dirección». Finalmente, el 41% del equipo se queda en las entidades entre uno y tres años, y el 28% entre tres y cinco años —los más afectados por la rotación son los directivos y el equipo de gerencia media. 10. Incorporación de nuevas tecnologías. El 77% consideró que estas han «agregado valor a las actividades» mejorando la confiabilidad de los servicios ofrecidos, la comunicación, la seguridad y la coherencia en la información. 11. Incorporación de nuevos subsistemas. El 58% comentó que sí y el 13% opinó que no. El 23% que se ha «actualizado el diseño» del sistema y el 23% que no. 12. Resultados de la institución con la implementación del sistema. El 80% reconoció que se cuenta con un método para la «medición del desempeño», el porcentaje restante que no se ha «determinado si el sgi ha mejorado desde su implementación». Según los encuestados los instrumentos más usados son el plan de acción, los objetivos estratégicos, la satisfacción del cliente y las auditorías al sistema. Señalaron, además, que el 58% considera que los «dueños de proceso» 38  » 

son los que deben realizar el análisis de los indicadores de gestión, mientras que el 41% dice que esta responsabilidad recae tanto en los «coordinadores del sistema de gestión y en los equipos de trabajo de planeación». Un poco más del 78% de los entrevistados afirmó que «la capacidad institucional en la prestación de los servicios» mejoró de manera importante y un 16% levemente. Adicionalmente, los involucrados determinaron porcentajes de mejora en la capacidad institucional, así: eficacia 86%, eficiencia 83% y efectividad 80%.

Observaciones de los investigadores 1. El 91,9% de las entidades certificadas estaban obligadas a implementar el sgi por la Ley 872 de 2003.11 2. De acuerdo con el artículo 3.° de la ley son características del sistema que sea «integral, intrínseco, confiable, económico, técnico y particular». Estas características no cuentan con una definición específica en la ley, ni en los pro11 «Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios».

Mónica Vega Solano - IEMP

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Las actividades del ser humano demandan el uso de agua dulce. Cada uno de nosotros deja una huella hídrica que se suma a las grandes cantidades que consumen las organizaciones que generan productos o servicios. Martina Prox, de Alemania, expuso en el foro «Análisis de ciclo de vida» en el que incorporó además de las repercusiones del inadecuado manejo del recurso hídrico, las huellas que dejamos en materia ambiental y las que son resultado del carbono.

yectos de ley que la sustentan; tampoco son referidos o relacionados en la norma ntcgp 1000 o meci. Según los datos observados y las entrevistas realizadas, estas características no fueron tenidas en cuenta de manera explícita al implementar el modelo. 3. En la mayoría de los casos el diseño de los sistemas de gestión observados fueron los mapas de procesos de las entidades, interrelacionados con los organigramas y un vínculo con las caracterizaciones de procesos. En algunos casos se apoyan en los diagramas presentados en la ntcgp 1000 y el meci, y vinculan algunos aspectos documentales. En unos pocos se pudo observar cómo se relaciona el direccionamiento estratégico, el mapa de procesos, la estructura funcional y la documentación. Se percibe que el sistema de gestión de las entidades se encuentra alineado con los grandes propósitos de las entidades (planes de desarrollo o direccionamiento estratégico), sin embargo, no existen metodologías que muestren cómo se integran o se alinean. Cerca del 50% de las entidades hacen una delegación para la ejecución y control de las estrategias presentes en su direccionamiento a los procesos de manera clara y específica. En cerca del 60% de entidades los objetivos estratégicos son misionales. Las redacciones se pueden mejorar significativamente. En algunas entidades los objetivos estratégicos son los mismos objetivos de calidad; en otras, no se observa relación directa entre estos. 4. En todas las entidades se observó que cuentan con una estructura funcional tradicional y una por procesos que coexisten, sin embargo, su alineación en la mayoría de los casos no se encuentra o no es fácil observarla. 5. Los documentos revisados por los investigadores presentaban una gran similitud entre ellos y coinciden de manera significativa con los instrumentos que son ofrecidos en los diversos posgrados y maestrías que existen en Colombia. Asimismo, en la gran mayoría de los casos demuestran que los manuales de competencias se encuentran bien organizados, pero orientados en forma tradicional y no se destaca una alineación con los nuevos roles definidos en el sistema.

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|  noviembre de 2014 Juan David Durán Castañeda - Archivo IEMP

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Alka Jarvis, de Estados Unidos, presentó en el foro el proceso que requiere la «Gestión del cambio». Para el expositor «Un cambio organizacional no sucede con solo anunciarlo; las personas no cambian solo porque asistieron a una capacitación o porque se les pidió que cambiaran (...)». Recuperado de (2014, 10 de octubre) http://foro-internacional-de-la-calidad.icontec.org/memorias/CONFERENCIAS/ JUEVES%20AGTO%2028/18.%20%20JV%20-%20GESTION%20DEL%20CAMBIO%20-%20ALKA%20JARVIS%20-%20ESPANOL%20-%202.pd

6. La mayoría de entidades tiene medición del cumplimiento de objetivos a través de indicadores de gestión de manera individual. El desempeño institucional y de los procesos es una lectura cualitativa a partir de dichos indicadores. 7. La proporción de uso de los tipos de indicadores de gestión es para la eficiencia 10%, la eficacia el 76% y la efectividad 14%. 8. La información suministrada por las entidades correspondía solo a los dos últimos años, en algunos casos se pudo observar hasta tres o cuatro años. Alrededor del 50% de las organizaciones pueden demostrar una mejora en la eficacia. Por el contrario, no fue posible evidenciar de manera contundente la mejora en eficiencia y efectividad institucional año a año. Se percibe de manera cualitativa, en general, que hay una mejora en las entidades, sin embargo, no hay pruebas precisas sobre la mejora de la capacidad institucional para la prestación de los servicios. 9. El uso de herramientas de análisis es pobre, algunas entidades hacen uso de ellas limitándose solo a tres, a saber: tres porqués, diagramas de causa efecto, y de Pareto. Estas herramientas son usadas para temas operativos y no para temas estratégicos. De manera particu-

lar, sobresale que las estadísticas para los seguimientos de variables de los procesos no son instrumentos usados comúnmente por las entidades, como la capacidad de los procesos, los gráficos de control estadísticos y la distribución de frecuencias, por ejemplo. 10. Se evidenció que los sistemas de gestión son adecuados para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en las normas, sin embargo, no en todos los casos este sistema es conveniente para los propósitos de la entidad o no se observó evidencia de tal situación.

Conclusiones √√ A partir de la información recolectada, no es posible llegar a la conclusión precisa y objetiva de que las entidades públicas hayan mejorado la eficiencia y efectividad a partir de la implementación de los sgi. Los datos relacionados con la eficacia permiten inferir que sí se han presentado resultados positivos. √√ De otra parte, el concepto de «capacidad» de proporcionar productos y servicios no es de dominio generalizado, y no se observaron métodos que permitan el análisis. Aunque hay una amplia percepción de los servidores públicos de las entidades del Estado de que los sistemas de

gestión son importantes y que han generado mejoras en la organización, también opinaron que deben ser optimizados. √√ Los sistemas en un gran porcentaje no son integrados si se tiene en cuenta que estos deben abarcar la totalidad de componentes que determinan la gestión institucional, lo que se observa en la separación entre la estrategia y el sistema de gestión, y en los sistemas paralelos según los modelos, a saber: calidad, meci, s&so,12 ambiental, seguridad de la información, entre otros. √√ Los procesos que desarrollan la misión institucional han sido determinados, planificados y realizados de manera particular y la capacidad de los mismos es propia de cada entidad. Los procesos de apoyo, estratégicos y de evaluación poseen muchas semejanzas en las diferentes instituciones, dando cumplimiento a requisitos legales. √√ La estrategia institucional y el funcionamiento de los sistemas de gestión, en la mayoría de los casos, presenta desalineación. No se cuenta con un diseño del sistema específico para cada organización que articule todos los componentes. De otra parte, considerando que la confiabilidad parte de la identificación adecuada 12 Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional.

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y suficiente de los componentes de los sistemas, de la apropiada y conveniente interacción y la sostenibilidad de los mismos, de acuerdo con los aspectos observados dicha confiabilidad es relativa. √√ Hay una percepción generalizada de que las entidades públicas dan respuestas adecuadas a las necesidades de cada sector, de manera correcta, apoyadas en la tecnología y en los métodos que aseguran el buen funcionamiento. El Estado ha determinado un modelo genérico que establece el «qué» y el «para qué», adicionalmente ofrece modelos y guías de los «cómo» que aplican a cada sector. √√ La percepción que existe entre los tres niveles organizacionales encuestados es semejante en la mayoría de las variables evaluadas, principalmente en lo relacionado con el grado de apropiación de los conceptos e instrumentos involucrados en los sistemas de gestión y el grado en que la cultura organizacional lo asume. Se interpreta, así, que los sistemas al generar criterios, conceptos, herramientas de gestión de carácter institucional y no particular, generan puntos de encuentro y soslayan las brechas que entre niveles organizacionales se han conocido, principalmente en estructuras asociadas al enfoque funcional. √√ Los sistemas de gestión de las entidades públicas dan respuestas adecuadas a los requisitos establecidos en la ntcgp 1000 y en el meci 1000, sin embargo, estos no han sido diseñados en forma conveniente para los propósitos específicos de cada una de ellas o dichos diseños no son conocidos por las personas entrevistadas. El concepto «diseño de sistema» de gestión en la mayoría de las entidades públicas no es comprendido y no es aplicado. √√ No fue posible observar de manera explícita que las entidades hayan determinado un estilo de liderazgo o las características del mismo, que permita que el grupo directivo sea uniforme en la gestión. Tampoco se observaron de manera explícita los métodos usados por las entidades públicas que permitan incorporar nuevos subsistemas o hacer los ajustes necesarios para mantener la integridad. Los equipos de funcionarios de planea40  » 

ción o los coordinadores del sistema de gestión se han constituido en indispensables para dar continuidad al sistema.

Recomendaciones √√ Fortalecer la comprensión y uso del concepto de «diseño de sistema de gestión» influenciado por las características particulares de cada entidad desde las instituciones académicas, asesores, consultores y las oficinas de planeación de cada organización. √√ Consolidar el concepto de estilo de dirección, apoyado en el direccionamiento estratégico, los enfoques por procesos y sistémicos, la mejora continua y la toma de decisiones con base en hechos; y asegurar que el futuro grupo directivo comprenda, adopte y aplique dicho estilo de liderazgo para asegurar la continuidad institucional. √√ Concientizar en que cada cambio impuesto o voluntario que la entidad deba emprender, impacta de manera directa en los sistemas de gestión y, por tanto, estos deben ser evaluados e integrados adecuadamente a los sistemas diseñados, bien sea en métodos o en las estructuras, mediante formas adecuadas que garanticen su integridad. √√ Conceptualizar, analizar y desarrollar el artículo 3.° de la Ley 872 de 2003, «características del sistema», en el modelo ntcgp 1000, que permita una mayor apropiación e interiorización del propósito de los sistemas de gestión en el ámbito público. √√ Promover la discusión desde el legislador, relacionada con la alineación del enfoque funcional y el enfoque por procesos, hecho que genera actualmente una ambivalencia en la visión y apropiación del modelo de gestión promovido en la ntcgp 1000. √√ Aunar esfuerzos desde la formulación e identificación de indicadores de eficiencia y efectividad, así como en las técnicas e instrumentos de recolección y análisis de datos para la adecuada medición que involucre a actores como asesores, formadores, coordinadores de los sistemas y auditores. √√ Clarificar lo que se espera de conceptos como «diseño» de los sistemas y

Cortesía Eduardo Vega Solano

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«Además de los costos económicos de la energía para una organización, la energía puede imponer costos ambientales y sociales por el agotamiento de los recursos y contribuir a problemas tales como el cambio climático». ISO. Gana el desafío de la energía con ISO 50001.(2011). Recuperado de (2014, 10 de octubre) http://www.iso.org/ iso/iso_50001_energy-es.pdf

«capacidad» de proporcionar productos o servicios, así como la materialización y asociación a conceptos como evaluación del desempeño. √√ Fortalecer las competencias en temas de gestión, iniciando desde la visualización en los manuales de funciones y competencias (aquellas asociadas a los sistemas de cada organización) hasta el desarrollo, a través de programas estructurados que respondan a las estrategias y políticas de calidad, que en la mayoría de las entidades han sido establecidas pero no materializadas. √√ Fortalecer el liderazgo de los dueños de procesos, y la conformación y consolidación de los equipos denominados Calidad – meci, de forma que estos impulsen los sistemas asegurando condiciones de sostenibilidad. √√ Motivar, por parte de los actores de los sistemas (asesores, coordinadores, formadores o auditores) la medición de indicadores específicos, hasta métodos más rigurosos que califiquen la gestión (desempeño) de los procesos y de las instituciones.

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Participación del IEMP en los congresos de psicología jurídica y forense miguel álvarez-correa g.1

El congreso

coordinador observatorios spa y srpa div. de investigaciones iemp

Como lo mencionamos en el innova 172 Colombia fue seleccionada por la Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica (aipj) como sede para el ix Congreso Iberoamericano de Psicología Jurídica, que se unió a la décima versión del Congreso de Psicología Jurídica y Forense del Caribe promovida por la Procuraduría General de la Nación, a través del IEMP, y por la Fiscalía General de la Nación, y al ii Congreso Nacional de Psicología Jurídica, iniciativa de la Universidad Nacional de Colombia. Barranquilla fue la ciudad anfitriona desde el 29 de septiembre hasta el 4 de octubre de 2014. El énfasis en esta ocasión: «El Hacer del Psicólogo Jurídico en la Iberoamérica de la Contemporaneidad». La aipj otorgó los avales académicos y científicos al país, contando con el apoyo y colaboración de las delegaciones y representantes de España, Chile, Argentina, Portugal, Perú, Ecuador, Uruguay, México, Costa Rica, Colombia y Venezuela, por cumplir con los diversos criterios que garantizaban las calidades científicas, académicas, institucionales y logísticas una vez aprobada la propuesta presentada por la Universidad de la Costa (cuc), la Secretaría del Interior del departamento del Atlántico y el Instituto. Las entidades vinculadas además de la Procuraduría General de la Nación, a través del IEMP, fueron la Fiscalía General de la Nación, la cuc, la Facultad de Ciencias Humanas y el Laboratorio de Psicología Jurídica de la Universidad Nacional de Colombia, la Asociación Colombiana de Criminología, la Pontificia Universidad Javeriana y, por supuesto, la aipj. El con1 Director del proyecto, antropólogo, minor´s en economía y derecho, especialista en derecho de menores, máster en psicología, coordinador del grupo de investigación Justicia Formal y Justicia Comunitaria del IEMP, adscrito a Colciencias. Ha publicado más de 30 libros y es docente universitario. 2 IEMP (2014, marzo). Boletín informativo del IEMP. Vol. 5, P. 23.

greso contó con la participación de 23 expertos iberoamericanos, 27 expertos nacionales y 10 regionales. Los tres primeros días se realizaron talleres previos al congreso en dos escenarios distintos en los que se abordaron, entre otros temas, los programas de tratamiento para hombres agresores en la relación de pareja y la eficacia de los mismos, así como las características y perfiles diferenciales de los victimarios, a cargo de José Antonio Echauri de España; la valoración forense de agresores imputados de delitos violentos, liderado por Nuria Vázquez y Sonia Benítez, y el acoso laboral, un riesgo en las organizaciones, por Ana Martínez y Elisa Alfaro, también provenientes de la península; la redacción de informes periciales, con la vocería de la ecuatoriana Zoraya Bohórquez; la chilena Eva Beatriz Petrolo tuvo a cargo las falsas denuncias de abuso en el marco de conflictos post separación conyugal; y un interesante ejercicio relacionado con la Detección Inmediata de la Mentira (dim), desarrollado por los peruanos Sonia Judyth Cabanillas y Jhoan Alfredo Tello.

Los días 2, 3 y 4 de octubre, una vez se realizó la apertura del acto oficial por parte de la mesa principal compuesta por Leonardo Rodríguez Cely, presidente de la aipj; Ervyn Norza Céspedes, representante aipj Colombia; Javier Urra Portillo, embajador de la asociación; Milena Rodríguez Navarro y Miguel Álvarez-Correa, coordinadores del x Congreso de Psicología Jurídica y Forense del Caribe; José Ignacio Ruiz, de la Universidad Nacional; autoridades académicas y organismos oficiales, se inauguró la nueva versión de los congresos con la conferencia «La violencia filio-parental» de Javier Urra quien dio inicio al primer eje temático. A continuación, diferentes expertos internacionales, nacionales y regionales, durante tres días, entregaron al auditorio de 500 personas la experiencia adquirida a través de estudios, investigaciones y el quehacer laboral en disciplinas relacionadas con el evento convocado. Los organizadores determinaron los ejes que enmarcaron diversas conferencias, a saber: •• Conflictos familiares e interferencias parentales. •• Psicología penitenciaria. •• Perfilaciones y reflexiones en los retos para la criminología. •• Violencia sexual en la infancia. •• Delitos sexuales. •• Psicología forense y tratamiento en delitos sexuales. •• Intervención penitenciaria. •• Psicología forense, valoración y evaluación de la mentira. •• Psicología jurídica y familia. •• Propuestas desde la victimología. •• Propuestas de intervención en psicología jurídica y forense. •• Investigaciones aplicadas a la psicología jurídica. •• Víctimas, conflicto armado y posconflicto... la experiencia colombiana y de Centro América. »  41

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•• Aportes de la psicología jurídica y forense al entendimiento del crimen. Importante anotar que en este eje participó quien firma este artículo y Sandra Parra, investigadora del IEMP, con la ponencia «Homicidios por convivencia». •• Aproximaciones científicas al maltrato y la violencia familiar. •• Dilemas y retos para la buena praxis de evaluaciones forenses a niños y niñas víctimas de abuso sexual en Iberoamérica (de las retractaciones, Síndrome de Alienación Parental, Síndrome de Acomodación al Abuso). •• Atención y prevención del maltrato infantil y del abuso sexual infantil. •• Simposio de cierre: «El Hacer de la Psicología Jurídica en la Iberoamérica de la Contemporaneidad: lo que va de la Bioética a la Praxis cotidiana». De otra parte, los conferencistas centrales invitados fueron José Ignacio Ruiz con el tema «Cómo son nuestros presos»; Elias Escaff Silva, «Modelo de Intervención para hombres golpeadores en relación de pareja: una propuesta integradora»; Asunción Tejedor (España), «Repercusiones psicológicas de la separación y el divorcio»; Heidy Abuchaibe

Abuchaibe, directora de la Fundación Internacional Baltazar Garzón, con el tema «La Justicia transicional y sus retos para la investigación y atención de los crímenes del conflicto y su impacto»; Gloria Rosario Prieto Vargas, responsable de la Unidad Nacional de Asistencia Integral de la Dirección Nacional de Protección y Asistencia con el «Modelo de atención a víctimas y testigos en protección de la Fiscalía General de la Nación»; Daniel Bocanegra y Miguel Álvarez-Correa, del IEMP de la Procuraduría General de la Nación con «Los Centros de Atención a Víctimas (cav) en Colombia»; Nancy Vargas, «La historia de la psicología jurídica en Colombia e Iberoamérica»; José Antonio Echauri Tijeras (España), la «Eficacia de los programas de tratamiento con agresores de violencia de género en Navarra (España)»; María Isabel Salinas Chaud, «Perfilamiento de agresores sexuales: datos levantados desde la casuística victimológica»; Leonardo Rodríguez Cely, «Programas de evaluación psicológica forense: prueba novel, evidencia demostrativa y replicación de estudios forenses»; Osvaldo Héctor Varela con «El concepto de peligrosidad a la luz de la psicología jurídica»; e Ingrid

Irrlicht (Alemania) con la presentación «Cómo no perder la salud mental de los profesionales que atienden víctimas, victimarios y otros demonios…». Además de este servidor, el IEMP invitó seis conferencistas más que intervinieron en la jornada, a saber: Sandra Parra, que mencioné en precedencia en el eje «Aportes de la psicología jurídica y forense al entendimiento del crimen», quien me acompañó en la exposición «Homicidios por convivencia»; Gloria Rosario Prieto Vargas y Daniel Bocanegra, mencionados anteriormente; Claudia Vallejo con la ponencia «Avances en la Ley de Víctimas en el departamento de Antioquia»; Carolina Gutiérrez de Piñerez con «Aspectos neurocognoscitivos de la conducta criminal»; y Fernando Díaz Colorado quien habló del «Daño psicológico en víctimas de conflicto armado y violencia política». Finalmente, además de la Asamblea General Ordinaria de la aipj, los participantes realizaron un homenaje a Juan Romero, pionero de la psicología jurídica en España e Iberoamérica, y escucharon la presentación de la onceava versión del congreso iberoamericano a cargo de los representantes de Portugal.

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Caracterización de la justicia y el precedente jurisprudencial en Colombia carlos arturo moreno orduz

consolidado y petrificado en los códigos respectivos, a la dinámica impuesta por el neoconstitucionalismo, en donde al juez se exige asumir un papel activo cuyo horizonte es la protección de los derechos fundamentales y, con esa mira, debe acometer la tarea de aplicar el ordenamiento jurídico. Todo ello ha llevado a la importación de la figura jurídica del precedente jurisprudencial que asumió un papel dinámico como fuente de derecho, abandonando el concepto de doctrina probable que rigió durante la vigencia de la Constitución de 1886. En la actualidad operan importantes cambios a nivel de justicia tradicional o letrada. Los procesos inquisitivos fueron cambiados por los orales que acercan al juez y las partes, con los que se busca dar plena aplicabilidad a principios tales como los de celeridad, inmediación, concentración y contradicción de la actividad judicial, especialmente en la fase probatoria, que vinculan al juez sin cuya presencia no se pueden llevar a cabo las audiencias.

El IEMP continúa realizando algunas investigaciones de interés en materia jurídica. En 2013 emprendió un acercamiento a la caracterización de la justicia en Colombia —estudio que está en edición para ser publicado—que resalta aspectos de gran importancia, donde puso de presente que tenemos una justicia en crisis, que se constituyó en un factor endémico del que hay síntomas, al menos, desde mediados del siglo xx. Esto, debido a recurrentes aspectos, a lo largo de los tiempos, tales como los procesos engorrosos de corte inquisitivo que conducen a una justicia tardía, la tradicional ausencia de recursos que demanda la actividad judicial y la escasez de personal suficiente para atender la cantidad de trabajo que va ingresando a los despachos judiciales; pero, sobre todo, un fuerte cuestionamiento al desempeño frecuentemente permeado por actos de corrupción que han llevado a un alto grado de descrédito y pérdida de confianza del ciudadano en las autoridades judiciales. De ello derivan otras situaciones alusivas a morosidad, venalidad y otra serie de inconvenientes con los que lidia todos los días el país, que llevan a no pocas críticas de parte de diversos sectores sociales.

Proceso inquisitivo vs proceso oral La justicia letrada es costosa para los sectores más deprimidos de la sociedad que, por ese motivo, se ven compelidos a abandonar sus derechos ante la imposibilidad de asumir los costos y demás dificultades propias de los lentos y onerosos trámites judiciales, razón por la cual, con el advenimiento de la Carta Política de 1991, cambió el paradigma de administrar justicia pasando de un derecho positivo

Se busca con ello una administración de justicia mucho más transparente y ágil en la medida en que se evita el trámite escritural y la conformación de expedientes, como fuentes de gran pérdida de tiempo. De otra parte, el análisis de la actividad probatoria y los argumentos de las partes se hace en tiempo real, necesitando en todos los actos procesales de la presencia del juez, como director del debate e inmediador en la actividad procesal a cuyo término, debidamente ilustrado, debe emitir la sentencia respectiva en audiencia y en presencia del público presente, como garantía de imparcialidad del funcionario. Aunque se busca la agilidad en los procesos, la morosidad no cede, ante el hecho de que se ha pretendido implementar procesos orales con plena ausencia de recursos técnicos, entre los que se cuentan la limitación de salas de audiencia y la dotación de las mismas, lo que conduce a un enorme caos que va en aumento. El desorden que reina actualmente en la actividad judicial es de tal magni-

El Tiempo. Recuperado de (2014, 5 de noviembre) de http://www.eltiempo.com (...)

asesor e investigador div. de investigaciones sociopolíticas y asuntos socioeconómicos del iemp



«Según un reciente estudio del World Justice Project que mide la eficiencia de los aparatos de justicia en el mundo, Colombia ocupa el deshonroso puesto 61 entre 99 naciones.



Como si fuera poco, de acuerdo con la última encuesta del mes de agosto de Invamer Gallup, el sector judicial colombiano es el más desprestigiado de todos, alcanzando un 79 por ciento de imagen desfavorable, diez puntos más que el Congreso y un punto más que los partidos políticos, de los que tan mal se habla». Acevedo J. (2014, 30 de septiembre). El Tiempo. Recuperado de (2014, 5 de noviembre) de http://www.eltiempo.com/politica/justicia/jose-manuel-acevedo-y-su-analisis-sobre-la-reforma-del-estado/14618456

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tud, que los procesos radicados cambian una y otra vez de despacho judicial mediante el mecanismo de reasignaciones, a causa de la implementación temporal de juzgados de descongestión y otros mecanismos que demostraron ser la vía más segura para imponer el caos, liberando al funcionario de conocimiento de responder por la mora, teniendo en cuenta que un expediente puede cambiar varias veces de despacho judicial, sin recibir un solo acto de impulso procesal, alterando el principio de juez natural.

Independencia y autonomía judicial Entre los factores que caracterizan nuestra justicia también se ha hecho énfasis en la independencia y autonomía judicial, como requisitos de conformación del acto judicial de fondo, puesto que como premisa básica, un juez atado a otro órgano no puede emitir decisiones libres, donde reinen la justicia y la aplicación plena del derecho positivo. En este sentido, advierte la investigación una justicia politizada, y atada por lazos múltiples a elementos que atentan contra la autonomía e independencia que debe caracterizar la práctica del servicio, y el ejercicio de ese derecho fundamental, en la medida que existen factores que impiden la libertad en la toma de decisiones judiciales como son los casos de la recomendación, la dádiva y el soborno.

Justicia letrada vs justicia alternativa Otro de los grandes cambios que caracterizan la justicia actual es la adopción y funcionamiento paralelo a la justicia letrada de la denominada justicia alternativa o informal, constituida por una serie de mecanismos ideados a partir del artículo 116 de la Carta Política con los que se busca alcanzar la solución del conflicto en forma rápida y con bajos costos, a través de mecanismos de autocomposición mediante los cuales las partes concurren ante un particular revestido de ciertas facultades a resolver, por sí mismas, sus diferencias; cuando se alcanza el acuerdo que zanja las dificultades, este se consig44  » 

Recuperado de (2014, 5 de noviembre) http://search.creativecommons.org/?lang=es

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«(…) es relevante precisar que Colombia tiene un tribunal constitucional con la importante misión de guardar la integridad de la Carta Política, y en ejercicio de esa función emite decisiones con fuerza vinculante y efecto erga omnes».

na en un acta con fuerza de cosa juzgada y presta mérito ejecutivo en caso de incumplimiento, pero en otros casos como en el arbitramento, el pronunciamiento llamado laudo arbitral es fruto de un proceso que pone fin al conflicto. Interesa además resaltar que, entre los métodos alternativos de solución de conflictos, los de justicia comunitaria usualmente tienen como referente para su resolución las normas comunitarias o de convivencia socialmente aceptadas, y es por ello que mecanismos como la conciliación en equidad no aplican la norma jurídica, ni se guían por ella en la gestión del conflicto. Finalmente, el estudio visibiliza que la justicia constitucional actualmente alcanza gran importancia debido al papel activo que juega la Corte Constitucional, como garante de los derechos fundamentales, aclarando que son ciertas instituciones jurídicas las que tienen gran fuerza en el momento de caracterizar la justicia, ya que además de lo hasta ahora mencionado principios como el de acceso a la justicia, la oralidad, la credibilidad en el órgano que la hace posible, la independencia judicial, entre otros, son factores que hacen que nuestra justicia opere de la forma en que lo viene haciendo.

El precedente jurisprudencial Otra investigación en curso realizada por el IEMP es la relacionada con el precedente jurisprudencial, hoy en boga,

con el que se ha alcanzado una nueva forma de comprensión y estudio del derecho. En efecto, como parte de la caracterización de la justicia, el precedente jurisprudencial ha alcanzado un papel preponderante en los últimos tiempos en la medida en que las decisiones reiteradas (plurales) por las cortes, relativas a algún punto de derecho, constituyen referentes específicos de obligatorio cumplimiento para los jueces de inferior jerarquía y, en esa medida, se entiende que la jurisprudencia evolucionó del concepto de doctrina probable a fuente principal de derecho en la misma medida que lo es la ley. Con el propósito de ilustrar el tema, se acudió a un estudio de derecho comparado sobre el tratamiento dado al precedente en países como Chile, Alemania, España y Estados Unidos, en los que ha tenido un importante desarrollo. Por ser la figura jurídica originaria de países con tradición en el sistema jurídico del Common Law, donde la jurisprudencia es la fuente primaria de derecho, el referente necesario es el sistema anglosajón en el que puede verse con mayor intensidad la forma como opera el precedente, y la posibilidad de trasplante de esa institución a derechos de tradición positivista de corte romano-germánico con fuente primaria en la ley. Además, la investigación recalca que en materia de precedente juega también, como componente de primer orden, el sistema de control constitucional difu-

so1 con un órgano al que se ha encargado la guarda de la integridad de la Constitución; pero otras instancias, en su actividad, pueden abstenerse de aplicar la norma de inferior jerarquía que infrinja norma superior, y en el caso específico, en el país son relevantes el control constitucional que ejerce el Consejo de Estado frente a los decretos dictados por el Gobierno nacional cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional, y el que ejerce todo juez al conocer de la acción de tutela en cuyo ejercicio se constituye en juez de constitucinalidad para amparar los derechos fundamentales. No obstante, el tratamiento dado al tema en diversos países no es el mismo. En España, por ejemplo, si bien a la jurisprudencia se le reconoce el importante valor de orientador del derecho aplicado, también es preciso anotar que carece de fuerza plena como fuente primaria con capacidad para obligar a los operadores judiciales, mientras países como Chile toman una posición mucho más moderada que Colombia, que siendo un país con tradición de derecho positivo se pretende que la jurisprudencia se constituya en fuente primaria con carácter vinculante.

Carácter vinculante de la jurisprudencia En primer término, para el estudio del tema, es necesario determinar las sentencias que constituyen jurisprudencia y cuáles forman parte de dicha 1 Todo operador jurídico en caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley deberá aplicar el texto constitucional al caso específico, sin que ello signifique retirar del ordenamiento el texto legal inaplicado.

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Grafiti mercado La Concordia. La Candelaria. Autor desconocido. Foto Monica Vega Solano - IEMP

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Para la Corte Constitucional «La jurisprudencia constitucional ha sido enfática en señalar que la autonomía judicial en el proceso de interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico no es absoluta, pues un primer límite se encuentra en el derecho de toda persona a recibir el mismo tratamiento por parte de las autoridades judiciales. De hecho, en el ámbito judicial, dado que como se dijo, los jueces interpretan la ley y atribuyen consecuencias jurídicas a las partes en conflicto, “la igualdad de trato que las autoridades deben otorgar a las personas supone además una igualdad en la interpretación y la aplicación de la ley.” De manera que la jurisprudencia de la Corte ha advertido que el problema de relevancia constitucional en el manejo de los precedentes judiciales surge cuando, en franco desconocimiento del derecho a la igualdad y tomando como fundamento la autonomía e independencia judicial, los jueces adoptan decisiones disímiles frente a casos semejantes». Sentencia T-446/13. Caracterización del defecto por desconocimiento del precedente judicial.

línea. En este sentido, es relevante precisar que Colombia tiene un tribunal constitucional con la importante misión de guardar la integridad de la Carta Política, y en ejercicio de esa función emite decisiones con fuerza vinculante y efecto erga omnes, y tiene la virtualidad de explicar el alcance de los textos jurídicos cuyo control es sometido a consideración de los integrantes; el órgano de control constitucional, al salvaguardar la supremacía de la Carta Política, no hace otra cosa que desentrañar los términos en que la supremacía del texto constitucional es aceptada y, por tanto, obliga. Yendo un poco más al fondo, se considera que las decisiones constitucionales son de obligatorio cumplimiento en cuanto a la parte resolutiva de la decisión, pero estrechamente unida a la

parte motiva que contienen las razones de la decisión (ratio decidendi) y solo el obiter dictum constituye doctrina probable. El papel fundamental que asume la Corte Constitucional como guardián de integridad de la Carta Magna lleva a afirmar que en la Constitución de 1991 tiene fuerza vinculante o aplicación directa, contrario a lo que sucedía con el texto de 1886 donde la Carta Política era considerada un cuerpo supralegal sin aplicación directa y se requería de una norma que desarrollara sus postulados para su aplicabilidad. En vigencia de esa Constitución la jurisprudencia constituía solo doctrina probable, o referentes de interpretación secundaria del ordenamiento jurídico. Frente al tema de la jurisprudencia emitida por otros órganos judiciales, es preciso

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aclarar que esta solo obliga en cuanto esté de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Constitucional y, en esa medida, se constituye en vinculante de la actividad de los demás despachos judiciales de inferior jerarquía, al paso que la jurisprudencia emitida por un órgano judicial es vinculante para éste en la medida en que no puede cambiar su criterio jurídico de manera intempestiva y sin razón suficiente que lo justifique. Por tanto, esta hipótesis denominada precedente horizontal vincula al órgano judicial en cuanto sus decisiones sobre un mismo punto de derecho deben guardar armonía, pues solo así se salvaguarda la seguridad jurídica. No obstante, el cambio de jurisprudencia o sentido de la interpretación sobre un punto de derecho puede hacerse pero sobre la base de respetar algunas reglas, tales como el principio de razón suficiente, de manera que cuando una corporación o un juez cambian el sentido de una decisión respecto a la doctrina sentada con anterioridad es preciso que se expliquen suficientemente las razones por las cuales la nueva decisión es contraria a las anteriores. Todo ello conlleva a afianzar la credibilidad ciudadana en el órgano administrador de justicia, garante del principio de seguridad jurídica, la estabilidad en aspectos como la salvaguarda de los derechos humanos y las operaciones económicas, ya que permite razonablemente inferir qué sucederá o cuál será el resultado de un acto, hecho u operación jurídica si llegara a ser sometida a análisis judicial. »  45

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Las barreras sociales como elemento para la comprensión de la discapacidad Las limitaciones o deficiencias físicas en los cuerpos humanos han estado presentes a lo largo de la historia de la sociedades; asimismo, los grupos sociales han desarrollado mecanismos de comprensión de tales eventualidades involucrando nociones tanto desde el ámbito espiritual y religioso, como hasta el lógico y racional. En principio, y como es natural, las conceptualizaciones sociales determinan un conjunto de medidas por adoptar para intervenir los eventos existentes. De esta forma, las atenciones de tipo social y político a la discapacidad se presentaron bajo diversas modalidades de acción en las que, históricamente, se aplicaron métodos de eliminación, rehabilitación, aislamiento, caridad, entre otras. En esta medida, se hace evidente que las concepciones relacionadas con la discapacidad que una sociedad maneje juega un papel definitivo en el diseño de las políticas, acciones y programas encargadas de su tratamiento. Moreno (2008) señala que las construcciones de orden histórico en virtud del entendimiento de la discapacidad no se han caracterizado por manejar una secuencia lineal, por consiguiente, no existe una superposición por parte de ninguna noción sobre 1 Politólogo, investigador asistente en el estudio relacionado con el «Diagnóstico de la atención a la población desplazada en condición de discapacidad», coordinado por Walter Rafael Azula Trajano de la División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos del IEMP.

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las demás; de ahí que «al día de hoy, coexisten diversidad de concepciones incluyendo aquellas que pueden considerarse arcaicas» (p. 6). A nivel general, las diversas maneras de interpretar la discapacidad han derivado en visiones del cuerpo donde el mismo aparece «dañado» o «deforme», respondiendo a eventos como posesiones satánicas, expresiones de la divinidad, evidencia de inferioridad genética o enfermedades (Seelman, 2003; Davis, 1997, citados en Moreno, 2008, p. 6). Esto ha dado pie para la construcción de una concepción generalizada de la discapacidad conocida como «el modelo médico de la discapacidad», en particular lo concerniente a la cuestión de la salud física o, dicho de otra manera, la enfermedad. De otro lado, de acuerdo con Amudson (2000, citado en Moreno, 2008, p. 6) existe una visión neutra a propósito de la discapacidad, entendida como la expresión ontológica de la multiplicidad del cuerpo humano en términos biológicos. Así, partiendo de esta premisa, la discapacidad ha de comprenderse no en términos de positivo o negativo, sino de aproximación y entendimiento de la amplia gama de posibilidades que el cuerpo humano desarrolla para su funcionamiento. En el año 1980, la Organización Mundial de la Salud (oms) desarrolló un modelo médico para la Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías

(ciddm), en el cual hubo importantes avances para la comprensión de la discapacidad; no obstante, dicha clasificación fue duramente criticada «por no reconocer el papel fundamental que juega el ambiente en el desempeño de las personas y en la condición discapacitante» (2008, P. 7). Esta es una primera evidencia material acerca de cómo las concepciones ge-

neralizadas de un fenómeno determinan un producto institucional. En este estadio, la condición médica como factor fundamental para la existencia de la discapacidad, una deficiencia o minusvalía, se encuentra centrada en el individuo, no en su entorno, de manera que es al individuo mismo al que debe intervenirse para superar o subsanar la discapacidad.

Mónica Vega Solano - IEMP

nicolás david atara gaviria1



El artículo 30 de la Ley 1618 de 2013, «Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad» creó «un mecanismo independiente para la promoción, protección y supervisión del ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad previstos en esta ley (…) que estará integrado por las instituciones del Ministerio Público (...), organizaciones de personas con discapacidad en el ámbito nacional y territorial y la Contraloría General (...) incluyendo las contralorías locales».

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Ahora bien, considerando la crítica principal que se formuló al modelo médico de la oms, un cambio drástico ocurrió con respecto al foco del problema de la discapacidad en las sociedades, esto es, el significado «se desplazó para localizarse por fuera del cuerpo, en su totalidad, como una acción negativa de las sociedades cuyas prácticas impiden los desempeños y la participación de las personas con deficiencias corporales» (2008, P. 7). La presión por parte de las organizaciones civiles de personas en condición de discapacidad, la academia, y en general los interesados en el tema tanto desde el punto de vista médico como político y social, lograron influenciar el escenario internacional a tal punto que, a nivel general, en los países en vía de desarrollo, se está introduciendo esta perspectiva en las agendas de desarrollo.

Las barreras sociales En concreto, hay un elemento que permite entender la discapacidad como fenómeno externo al cuerpo físico del sujeto: la existencia de barreras sociales. Estas pueden definirse como todos aquellos condicionantes que integran el ambien-

te externo al cuerpo de la persona con discapacidad, de manera que interfieren de manera negativa en la manera en que participan, se desenvuelven, interactúan y desarrollan. Dichas barreras pueden radicar en la discriminación, la falta de disposición para el acceso a lugares públicos, el menosprecio de los aportes realizados por estas personas, entre otras cosas. De acuerdo con ello, en la medida en que las barreras sociales estén controladas, la discapacidad de las personas puede verse reducida; mientras que, por el contrario, cuando existen mayores barreras sociales, se incrementa el impacto que tendrá la discapacidad en la vida del individuo. Brandt y Pope (1997) desarrollaron un modelo, a propósito de esta explicación, el cual ha sido ampliamente aceptado por la comunidad académica que trata esta temática (ver tabla 1). De acuerdo con el modelo, puede interpretarse que en la medida en que la cultura sea más favorable a la aceptación y comprensión de la discapacidad, en que el uso de la tecnología facilite la asistencia a los problemas físicos y, en términos generales, en tanto que los funcionamientos sociales de las personas con discapacidad no se vean afectados por

Tabla n.° 1. Modelo relacional de discapacidad de Brandt y Pope (1997).

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Obra Fernando Molina Acosta - Tinta sobre papel - Cortesía del autor

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Conceptos errados de la discapacidad «(…) han derivado en visiones del cuerpo donde el mismo aparece “dañado” o “deforme”, respondiendo a eventos como posesiones satánicas, expresiones de la divinidad, evidencia de inferioridad genética o enfermedades (Seelman, 2003; Davis, 1997, citados en Moreno, 2008, P. 6).

limitaciones de orden externo a su condicionante físico, la discapacidad puede verse reducida a un mínimo razonable que permita la interacción en sociedad. Lo anterior es producto de una concepción según la cual la discapacidad no radica exclusivamente en las limitaciones de orden genético, biológico y físico, sino que aparece por cuanto no permite la interacción y la aparición en sociedad. De esta manera, las comunidades deben integrar mecanismos de nivelación de las capacidades físicas reducidas de las personas con discapacidad, e implementar los recursos necesarios para que, a la larga, las barreras sociales de orden cultural puedan ser eliminadas, de forma que se posibilite la concepción de la discapacidad como una muestra de diversidad y no como síntoma de inferioridad.

Referencias bibliográficas -- Brandt, E. N., & Pope, A. M. (1997). Enabling America: assesing the role of rehabilitation science and engineering. Washington D. C. National Academy Press. -- Moreno, M. (2008). La invisibilidad de las personas con una doble condición: discapacidad y desplazamiento. Bogotá D. C. Consejo Noruego para Refugiados.

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Problemáticas de lo global: lenguaje y desigualdad y vínculos desiguales entre lo local y lo global. De la misma manera, el texto analiza el lenguaje o discurso político utilizado por la globalización que establece prácticas de diferenciación y jerarquización social.

janeth paola cortés piraquive1

1 Estudiante de sociología de la Universidad del Rosario, practicante en el Observatorio de la División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioecómicos del IEMP, coordinado por Miguel Álvarez-Correa G.

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Contextualización del lenguaje de lo global En primera instancia, es válido afirmar que en la actualidad los seres humanos están reMónica Vega Solano - IEMP

En las últimas décadas, el mundo ha sufrido grandes transformaciones que incluyen nuevas maneras de ver y formas de relacionarse social, económica y políticamente. En la actualidad, se evidencia que las sociedades del mundo están conectadas por redes globales, formando así una totalidad de partes que dependen entre sí para su desarrollo y progreso. Estas circunstancias generan un sistema conformado desde lo local y lo global; allí, se constata la existencia de una multiplicidad de ordenamientos culturales y de configuraciones ideológicas que se entremezclan en el contexto de la globalidad. Dentro de este sistema mundial se despliegan jerarquías y formas desiguales en la distribución de las riquezas. El desarrollo de un sector o sociedad implica la desaparición o la disminución del «otro» subyugado y subdesarrollado. El artículo que presento aborda de manera sucinta las relaciones, los imaginarios y las características de las sociedades globales, e indaga sobre las principales problemáticas sociales, culturales, económicas y ecológicas originadas por las redes de interconexión global que, como mencioné anteriormente, determinan jerarquías

lacionados con potentes conexiones globales. Así pues, la cultura y la política de cada país no pueden entenderse como independientes y como entes separados de las configuraciones globales. Esto, en la medida en que «el mundo de la humanidad constituye un colector, una totalidad de procesos interconectados» (Wolf, 1997: 3). Para ejemplificar, es importante indicar la manera en que entes interna-



Las empresas de explotación minera de oro —y quienes lo hacen de forma artesanal— utilizan el mercurio para la extracción del metal. De acuerdo con la OMS «(...) el mercurio es uno de los diez productos o grupos de productos químicos que plantean especiales problemas de salud pública. La principal vía de exposición humana es el consumo de pescado y marisco contaminados con metilmercurio, compuesto orgánico presente en esos alimentos» y la inhalación del vapor de mercurio presente en el carbón, por ejemplo. OMS (2013, septiembre), nota descriptiva n.° 361, Centro de prensa. Recuperado de (2014, 4 de noviembre) http:// www.who.int/mediacentre/factsheets/fs361/es/.

cionales como la Organización de las Naciones Unidas (onu), la Organización Mundial de la Salud (oms) o la Organización Mundial del Comercio (omc) generan categorizaciones y procesos que permiten la conexión de varias ordenaciones sociales; allí, las relaciones y las problemáticas sociales, económicas y políticas son abordadas de forma global. De otra parte, el ámbito de la globalización genera todo un sistema discursivo que pretende mostrar la eficiencia y la calidad de la inclusión de medidas económicas, sociales y políticas para la interconexión globalizada del mundo. Estas características, en un primer momento, estaban relacionadas con el uso del lenguaje en términos de mayor crecimiento, progreso, estabilidad, eficiencia, productividad y mejoramiento de la calidad de vida (Stiglitz, 2001: 132-133), basados de esta manera en la conformación ideológica de una otredad inferior, subordinada y dependiente, contrastada con un poder imperante, superior e independiente. Por lo tanto, hay que reconocer que esta modernidad globalizada es evidentemente plural, en la medida que necesita del otro desde dentro y desde fuera para identificar e interiorizar estas nuevas prácticas y cosmovisiones imperantes (Trouillot, 2003). Es decir, la sociedad moderna tiene características específicas basadas en la diferenciación y en el auge de la concepción de la otredad.

Un acercamiento a las razones de la desigualdad Ahora bien, con la inclusión del lenguaje de la modernidad se proponen medidas capaces

|  de mejorar las condiciones de vida de las sociedades. No obstante, la gran ola de creencias, ideologías, capitales, personas y productos generó diversas problemáticas. Así pues, es válido afirmar que desde la época de la conquista se llevó a cabo todo un sistema de interconexiones transnacionales que trajeron consigo nuevas enfermedades, jerarquizaciones y subordinaciones, afectaciones políticas y socioculturales, diversos efectos en la identidad y en el sentido de pertenencia de los sujetos, y de ideologías mundiales globalizadas que permitieron la creación de monopolios y burocracias (Trouillot, 2003). De ahí que, estos movimientos y flujos globales generaron nuevas narrativas sociales. De otra parte, la economía —otro de los factores vinculados a la red global— permitió la conexión de las naciones a partir de mecanismos como la importación y la

exportación de productos. Entonces, a partir de la conexión con el mundo americano y, en esta medida, con el proceso de conquista, se llevó a cabo un flujo planetario de intercambio de productos y personas en el que se configuraban nuevas olas de migración y una distribución capitalista de las riquezas dentro del sistema global (Trouillot, 2003: 30). Por lo tanto, se evidencio un intercambio de mercancías globalizadas relacionadas, a su vez, con el surgimiento de ideologías y variedad de formas de establecer nexos sociales. Por ende, con la intromisión del capital al interior de los flujos globales, se producen transformaciones que no necesariamente incluyen de la misma manera a las diferentes comunidades políticas. Así pues, aunque el capital atraviesa todas las fronteras, y a pesar de que establece un lenguaje incluyente y equitativo, se establece como un mecanismo

limitado y selectivo, pues el intercambio mundial para el desarrollo se centra en unos sectores específicos como es el caso de los países del Atlántico Norte, mientras que otros sectores permanecen en la miseria y la pobreza (Trouillot, 2003: 49). Por consiguiente, una de las principales problemáticas ha sido la concentración del poder económico lo que dificulta el desarrollo y el progreso de otros sectores relegados del sistema mundial. Análogamente, otro de los aspectos a resaltar es la liberalización del mercado establecida como una alternativa para generar desarrollo y progreso social. Sin embargo, las medidas resultaron ser problemáticas, pues la eliminación de regulaciones para el control de los flujos implicó toda una serie de prácticas de subordinación de los países subdesarrollados, basados en la deuda, el desajuste económico y la generación de una normati-

Formando semillas en lo desigual El enmascarado progreso arrasa el florecer de la esperanza. La envidia y la codicia han sido liberadas de su lecho, imponiéndose el caos en aquellos sin nombre. El éxito se limita a la más reconocida ornamenta, mientras que la humillación envuelve a los desfavorecidos. ¿Dónde está esa igualdad tan anhelada? ¿Acaso su opositora está presente eternamente? ¿Acaso el individualismo es la mejor fuente de creación de riquezas? ¿Acaso la jerarquía es necesaria para el equilibrio social? La sociedad se opone enérgicamente contra la desigualdad y el olvido de aquellos presentes en el anonimato. Nacen nuevas mentes y se crean nuevas inconformidades. La semilla del conocimiento florece ante nuevas realidades opresoras. Se asistirá al proceso cambiante y creador de un universo igualitario, en donde reine la unidad y el optimismo tan anhelados y, al mismo tiempo, finalice la ambición y la sumisión tan odiadas. Janeth Paola Cortés Piraquive

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va imperante que, igualmente, contenía reglas desiguales. Aunque con la liberalización del mercado se establecían premisas para mejorar la calidad de vida de las sociedades, lo que se generó fue una mayor inestabilidad en el sistema financiero y un aumento de la desigualdad en la distribución económica. Ligado a esto, surge otra dificultad relacionada con la dualidad entre lo global y lo local. Con la inclusión de los ámbitos sociales, económicos y políticos dentro de la globalidad y la red mundial, los nuevos mercados ofrecen y proponen un sistema estable que habla de inversión, extranjerización y crecimiento. Entonces, se crean empresas transnacionales que abren posibilidades de trabajo, desarrollo, intercambio internacional, financiación y, específicamente, de progreso para las sociedades. No obstante, lo que crearon, también, fue una ola de obstáculos para el surgimiento de las empresas locales, las cuales terminaron devastadas, subordinadas y subyugadas a nuevos organigramas de capitales internacionales. No en vano, expertos afirman que «cuando llegan las empresas extranjeras a menudo destruyen a los competidores locales, frustrando las ambiciones de pequeños empresarios que aspiraban a animar la industria nacional» (Stiglitz, 2001: 135). Por ende, el crecimiento de un gran porcentaje de empresas locales quedó disminuido y aislado de estas conexiones transnacionales. De modo similar, la relación entre lo local y lo global resulta afectada por la inclusión de los bancos extranjeros (Stiglitz, 2001: 137), establecimientos financieros »  49

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Conclusión La implementación de redes interconectadas globalmente no ha sido del todo benefactora y favorecedora para todos los sectores sociales porque, a lo largo de la historia, se han generado relaciones jerárquicas que impiden establecer un sistema mundial igualitario basado en la equidad y el equilibrio social, situación que tiene mayores repercusiones si tenemos en cuenta que las especificidades, contextos sociales y la organización estructural de cada sociedad han sido ignoradas, con la pretensión y el afán de establecer un sistema alineado. Asimismo, el lenguaje y la creación de imaginarios e ideologías tendientes a adoptar medidas reguladoras dentro de este orden global han sido aspectos primordiales que han incidido en la implementación de estos programas de desarrollo. Así pues, una de las consignas usadas fue que «la desigualdad era buena para el desarrollo y el crecimiento económico, porque los ricos ahorran más que los pobres, y la clave del crecimiento era la acumulación de capital» (Stiglitz, 2007: 153). Sin embargo, está demostrado que la inclusión de medidas educativas

«(...) la inseguridad alimentaria crónica frecuentemente es el resultado de la pobreza, la crisis de endeudamiento creciente, los efectos económicos de la pandemia del vih/sida en el plano familiar, o la gestión inadecuada o el abuso de los recursos hídricos. En estos casos, puede ocurrir que los alimentos no estén disponibles (producción insuficiente) y que no pueda accederse a ellos (problemas de distribución, más allá del poder de adquisición de los consumidores)». Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (s.f.). «Peligros complejos/debidos a actividades humanas: hambrunas, inseguridad alimentaria». Recuperado de (2014, 4 de noviembre) http://www.ifrc.org/es/introduccion/disastermanagement/sobre-desastres/definicion--de-peligro/ hambrunas-inseguridad-alimentaria/

que aseveran que las oportunidades de desarrollo son más claras y eficientes. No obstante, los grandes flujos monetarios se dirigen a nuevos rumbos que, no necesariamente, son nacionales. Por tanto, mientras el capital se dirige a otros territorios, las zonas receptoras locales quedan devastadas y arrasadas, siendo esto un factor determinante en la obstaculización para el progreso de las naciones. Adicionalmente, la contaminación y la afectación del ecosistema son resultados de la extranjerización —sin olvidar el aporte nacional—debido a que empresas multinacionales explotan recursos locales con la idea de apoyar el desarrollo y transformar el territorio en un capital económico que genera ingresos para el crecimiento económico. Lamentablemente, estas medidas en vez de crear progreso social están arrasando con el territorio y la calidad de la tierra nacional. Además de esto, los ingresos resultantes 50  » 

y de distribución de recursos de manera igualitaria puede llevar a una estabilidad social, política y económica, donde las capacidades individuales y comunitarias contribuyan al desarrollo de las naciones. En síntesis, la globalización trajo consigo la incorporación de nuevas medidas en todas las dimensiones de la vida social, las cuales implicaban el establecimiento de un mundo interconectado. Allí, se establecía un manejo del lenguaje que pretendía mostrar la efectividad, la calidad y la garantía de que con la liberalización del mercado y las redes globales mejoraría la calidad de vida del mundo en general. Finalmente, estos imaginarios han sido confrontados con una realidad que demuestra la irracionalidad y la ineficacia de estas medidas, pues implican el surgimiento de relaciones jerarquizadas y desiguales, lo local subordinado a lo global, y las especificidades contextuales, sociales y territoriales de cada nación ignoradas con la idea de la conformación de un sistema total global.

Referencias bibliográficas -- Stiglitz, J. (2007). «El Malestar en la Globalización». Madrid. -- Trouillot, M. (2003). Global Transformations: Anthropology and the Modern World. Pelgrave. -- Wolf, E. (1997). Europe and the People without History. University of California Press.

Grafiti localidad La Candelaria. Autor desconocido. Foto Monica Vega Solano - IEMP



de dicha explotación se encaminan hacia otros horizontes.



«(...) está demostrado que la inclusión de medidas educativas y de distribución de recursos de manera igualitaria puede llevar a una estabilidad social, política y económica, donde las capacidades individuales y comunitarias contribuyan al desarrollo de las naciones».

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La función de policía judicial disciplinaria1 apoya las indagaciones preliminares e investigaciones que realiza la Procuraduría arturo ronderos salgado2 coordinador académico división de capacitación iemp

bajo la dirección funcional de los fiscales o los jueces. (…)

Son diversas las acepciones del término «policía judicial». La Ley 906 de 2004, artículo 200, la define como «(…) la función que cumplen las entidades del Estado para apoyar la investigación penal y, en ejercicio de las mismas, dependen funcionalmente del Fiscal General de la Nación y sus delegados».3 En la página web de la Fiscalía General de la Nación se encuentra como «(…) la función que cumplen algunos organismos del Estado para apoyar la investigación penal, en el campo técnico, científico y operativo».4 La Corte Constitucional de Colombia, en Sentencia n.° c-024-94 la define como: (…) el conjunto de autoridades que colaboran con los funcionarios judiciales en la investigación de los delitos y en la captura de los delincuentes. La concepción moderna de la policía judicial es la de un cuerpo que requiere la aplicación de principios de unidad orgánica y, sobre todo, de especialización científica y que actúa 1 El artículo tratará el tema de policía judicial disciplinaria, aclarando que la mayoría de textos jurídicos lo analizan a la luz del proceso penal y que pocos se refieren a la aplicación en materia disciplinaria. 2 Abogado, asesor del IEMP, Fundador del Colegio de Abogados de Derecho Disciplinario, especializado en derecho público y derecho disciplinario. 3 Ley 906 de 2004. Recuperado de (2014, 30 de septiembre). http://www.alcaldiabogota. gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14787 4 Recuperado de (2014, 30 de septiembre). http://www.fiscalia.gov.co

(…) la policía judicial es una denominación que se emplea para aludir a las fuerzas de policía en cuanto dirigen su actividad para preparar la función represiva de los funcionarios judiciales (fiscales y jueces de la República).5

Recuperado de (2014, 0ctubre 20) https://www.google.com/search?site=img(...)

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Por otro lado, González P. (s.f.), en el Manual de Policía Judicial para la Función Disciplinaria, manifiesta que la policía judicial disciplinaria es «(…) la atribución que la Constitución Política y la ley le reconocen a la Procuraduría General de la Nación, en cabeza del Procurador general de la Nación y del Director Nacional de Investigaciones Especiales, para apoyar las actuaciones en la indagación preliminar y la investigación disciplinaria, con el fin de garantizar el aseguramiento y la práctica de pruebas en los campos técnico, científico, operativo o investigativo, (…) con el fin de determinar la ocurrencia de las faltas disciplinaria, sus presuntos autores y la responsabilidad que a éstos les incumbe»6 (p. 27). 5 Corte Constitucional de Colombia. Sentencia n.° C-024-94. Recuperado de (2014, 30 de septiembre). http://www.corteconstitucional. gov.co/relatoria/1994/.htm 6 Usaid – Procuraduría General de la Nación (s.f.). Manual de Policía Judicial para la Función Disciplinaria. Edición Rasgo y Color Ltda. http:// www.procuraduria.gov.co/iemp/media/file/La%20 prueba%20nociones%20fundamentos%20y%20 actividad.pdf

«(…) la policía judicial es una denominación que se emplea para aludir a las fuerzas de policía en cuanto dirigen su actividad para preparar la función represiva de los funcionarios judiciales (...)». Corte Constitucional de Colombia, Sentencia n.° C-024-94.

Finalmente, González P. (2007) precisa que «La policía judicial como actividad se refiere a la facultad conferida por la ley a determinadas autoridades administrativas para desarrollarlas, como por ejemplo a los alcaldes e inspectores de policía»7 (p. 60).

Órganos de policía judicial El artículo 201 de la Ley 906 de 2004 dispone que ejercerán en forma permanente funciones de policía judicial los servidores públicos del Cuerpo Técnico de Investigación (cti) de la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional (Dijin, Sijin) y el Departamento Administrativo de Seguridad (das8); y en aquellos lugares donde no existan miembros de policía judicial de la Policía la ejercerán los integrantes de la Policía Nacional. 7 González P. (2007). La policía judicial en el Sistema Penal Acusatorio. Ediciones Doctrina y Ley Ltda. Bogotá D. C., p. 60. 8 Entidad liquidada en julio del año 2014.

Además, están quienes ejercen en forma permanente y de manera especial, en el marco de sus competencias, dicha función. Tal es el caso de la Procuraduría, en el artículo 202 del Código de Procedimiento Penal (cpp) le da esta atribución, y en el artículo 277 de la Constitución Política (cp), numeral 10, se establece que «Para el cumplimiento de sus funciones, la Procuraduría tendrá atribuciones de policía judicial, y podrá interponer las acciones que considere necesarias». Otro aspecto que menciona el cpp es la actividad probatoria en el artículo 112, a saber: «El Ministerio Público podrá solicitar pruebas anticipadas en aquellos asuntos en los cuales esté ejerciendo o haya ejercido funciones de policía judicial siempre y cuando se reúnan los requisitos previstos en el artículo 2849 del presente código».10 9 Ver prueba anticipada del CPP. 10 Op. cit.

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Las indagaciones preliminares de la Contraloría General de la República también «tendrán valor probatorio ante la Fiscalía General y el juez competente» (Art. 271) de la cp. Asimismo, entidades de vigilancia y control como las superintendencias y personerías, las autoridades de tránsito y los directores nacional y regionales del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), los encargados de los establecimientos de reclusión y el personal de custodia y vigilancia de acuerdo con lo previsto en el Código Penitenciario y Carcelario, los alcaldes y los inspectores de policía.11

Funciones de policía judicial disciplinaria de la Procuraduría El artículo 116 de la cp establece que «excepcionalmente la ley podrá atribuir función jurisdiccional en materias precisas a determinadas autoridades administrativas. Sin embargo no les será permitido adelantar la instrucción de sumarios ni juzgar delitos». Esta norma superior fue desarrollada por el artículo 148 de la Ley 734 de 2002, o Código Disciplinario Único (cdu), que consagró funciones jurisdiccionales a la Procuraduría, asi: Artículo 148. Atribuciones de policía judicial. De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 277 de la Constitución Política, para el cumplimiento de sus funciones, la Procuraduría General de la Nación tiene atribuciones de policía judicial. En desarrollo de esta facultad, el Pro11 Los directores de estas entidades, en coordinación con el fiscal general de la nación, señalarán los servidores de su dependencia que integrarán las unidades respectivas quienes dependerán funcionalmente de la Fiscalía, a excepción de los funcionarios de la Procuraduría.

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Oficina de Prensa PGN

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La policía judicial disciplinaria es «(…) la atribución que la Constitución Política y la ley le reconocen a la Procuraduría General de la Nación, en cabeza del Procurador General de la Nación y del Director Nacional de Investigaciones Especiales, para apoyar las actuaciones en la indagación preliminar y la investigación disciplinaria, con el fin de garantizar el aseguramiento y la práctica de pruebas en los campos técnico, científico, operativo o investigativo, (…) con el fin de determinar la ocurrencia de las faltas disciplinaria, sus presuntos autores y la responsabilidad que a éstos les incumbe». González P. (s.f.)

curador General y el Director Nacional de Investigaciones Especiales podrán proferir las decisiones correspondientes. El Procurador General de la Nación podrá delegar en cualquier funcionario de la Procuraduría, en casos especiales, el ejercicio de atribuciones de policía judicial, así como la facultad de interponer las acciones que considere necesarias. Quien hubiere sido delegado podrá proferir las decisiones que se requieran para el aseguramiento y la práctica de pruebas dentro del proceso disciplinario. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución Política, para efecto del ejercicio de las funciones de Policía Judicial establecidas en el inciso final del artículo 277, el Procurador General de la Nación tendrá atribuciones jurisdiccionales, en desarrollo de las cuales podrá dictar las providencias necesarias para el aseguramiento y práctica de pruebas en el trámite procesal. (Subrayado fuera de texto)

La parte resaltada de esta norma fue demandada ante la Corte Constitucional, que se pronunció mediante la Sentencia c-1121 de 2005, la cual dispuso estarse a lo resuelto en anterior Sentencia c-244 de 1996 y, en consecuencia, declarar exequible el inciso final del artículo 148 del cdu, pues su contenido correspondía al mismo sentido del artículo 135 de la Ley 200 de 1995, anterior cdu. Por considerar relevante lo expuesto por la Sentencia c-244 de 1996, transcribo algunos apartes relacionados con las atribuciones de policía judicial otorgados a la Procuraduría:12 ¿Qué funciones que ordinariamente cumplen los cuerpos u organismos de policía judicial, puede ejecutar la Procuraduría General de la Nación, para efectos del aseguramiento y práctica de pruebas en los procesos disciplinarios?. Para responder esta pregunta es necesario recordar que di12 Corte Constitucional de Colombia. Sentencia C-244 de 1996. Recuperado de (2014, 1 de octubre) http://www.corteconstitucional. gov.co/relatoria/1996/c-244-96.htm

cho cuerpo especializado en materia penal, cumple entre otras funciones, la de practicar capturas, allanamientos, interceptación de comunicaciones, registro de correspondencia, vigilancia electrónica, etc,  previa orden escrita de la autoridad judicial competente. Es importante advertir al Procurador General de la Nación y los demás funcionarios de esa entidad, que en el ejercicio de las funciones a que alude la norma demandada, deben respetar y garantizar los derechos fundamentales de las personas involucradas en los procesos disciplinarios, haciendo uso de las funciones de policía judicial única y exclusivamente en casos absolutamente necesarios, para asegurar o practicar las pruebas. La arbitrariedad y el mal uso, por parte de tales funcionarios, de dichas atribuciones les acarreará las sanciones penales y disciplinarias establecidas para estos casos.  (…) A juicio de la demandante, esta disposición contraría los artículos 113, 116 y 117 de la Constitución, pues la Procuraduría no se encuentra dentro de los organismos que administran justicia y, por tanto, no se le pueden atribuir funciones jurisdiccionales. (…) Obsérvese que es la misma Constitución la que le otorga a la Procuraduría General de la Nación, esto es, al Procurador General y a sus agentes y delegados, la facultad de ejercer funciones de Policía Judicial. Las que, según la norma impugnada, se dirigen exclusivamente a dictar las providencias necesarias para el asegura-

|  miento y práctica de pruebas, tanto en la etapa de indagación preliminar como durante la investigación disciplinaria.

demandada, deben respetar y garantizar los derechos fundamentales de las personas involucradas en los procesos disciplinarios, haciendo uso de las funciones de policía judicial única y exclusivamente en casos absolutamente necesarios, para asegurar o practicar las pruebas. La arbitrariedad y el mal uso, por parte de tales funcionarios, de dichas atribuciones les acarreará las sanciones penales y disciplinarias establecidas para estos casos. 

(…)

Considera la Corte importante advertir al Procurador General de la Nación y los demás funcionarios de esa entidad, que en el ejercicio de las funciones a que alude la norma

No encuentra la Corte que la norma acusada viole los artículos citados por la demandante,

razón por la cual será declarada exequible en su integridad.

De lo expuesto, es importante señalar que esta facultad constitucional de ejercer función jurisdiccional está radicada exclusivamente en el procurador general de la nación en ejercicio de las funciones de policía judicial disciplinaria, solamente en el proceso disciplinario, mediante la cual se pueden afectar derechos fundamentales. Esa atribución jurisdiccional es una facultad indelegable que le otorga la posibilidad de «dictar providencias necesarias para el aseguramiento y práctica de

Obra Fernando Molina Acosta - Tinta sobre papel - Cortesía del autor

Entonces, como para el aseguramiento de pruebas en procesos disciplinarios, se podrían cumplir actos como el registro de correspondencia, la interceptación de teléfonos, la vigilancia electrónica, etc, los cuales están íntimamente relacionados con la restricción de ciertos derechos fundamentales, es indispensable que sean ordenados por autoridad judicial; de ahí que se le haya atribuido a la Procuraduría, en la norma que es objeto de acusación, funciones jurisdiccionales, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 116 del Estatuto Superior que prescribe: "Excepcionalmente la ley podrá atribuir función jurisdiccional en materias precisas a determinadas autoridades administrativas. Sin embargo no les será permitido adelantar la instrucción de sumarios ni juzgar delitos". Requisitos que se cumplen en el caso que se examina, pues la Procuraduría General de la Nación, a pesar de ser un organismo de control, independiente y autónomo, es de carácter administrativo, y se le atribuyen funciones jurisdiccionales para un asunto concreto, como es la expedición de las providencias necesarias para el aseguramiento y práctica de pruebas, en la indagación preliminar al igual que en la investigación disciplinaria.  

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Es posible que la entidad, en algunos casos específicos, por ejercer funciones especiales de policía judicial «(...) en el decurso de los procesos penales, pueda intervenir ocasionalmente de la investigación de un delito cuya naturaleza guarde armonía con las materias que integran su marco misional, esto es, conductas que puedan configurar delitos contra la administración pública, cometidos por particulares, por ejemplo, violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, los que vulneran el orden económico y social, delitos contra el medio ambiente y los intereses colectivos, y contra los mecanismos de participación democrática, donde no se encuentren comprometidos servidores públicos, fundamentalmente». Farfán F. (2005).

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pruebas» en el trámite procesal disciplinario, cuando sea necesaria la restricción de derechos fundamentales como el de la intimidad, el hábeas data, la inviolabilidad de comunicaciones, entre otros; asimismo, en aquellos casos que tienen reserva judicial, es decir, que solamente pueden ser ordenadas por un servidor público con funciones judiciales dentro del marco de su competencia, con base en los principios de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad, de acuerdo a lo mencionado en el Manual de Policía Judicial para la Función Disciplinaria. Así mismo, el texto antes citado, señala que la función jurisdiccional debe sustentarse en motivos razonablemente fundados y, por tanto, estos constituyen el fundamento tanto de las decisiones jurisdiccionales del procurador, del ministerio público (personerías y Defensoría del Pueblo) y de las oficinas de control interno disciplinario. Continuando con el desarrollo legal, las atribuciones de policía judicial de la Procuraduría también se evidencian en la cp. El artículo 277, numeral 10, dispone que la cabeza del ministerio público «(…) por sí o por medio de sus delegados y agentes (…) Para el cumplimiento de sus funciones, la Procuraduría tendrá atribuciones de policía judicial, y podrá interponer las acciones que considere necesarias». Se trata de una facultad especial y permanente que la entidad ejerce de manera autónoma para efectos disciplinarios. Ahora bien, este artículo señala funciones de la Procuraduría que las puede ejercer directamente el titular del ministerio público o a través de sus delegados o agentes, distinto a las previstas en el artículo 278 »  53

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que solamente las puede ejercer en forma exclusiva el procurador. Dichas facultades se encuentran consagradas para el proceso disciplinario (artículos 83, 96, 136 y 148 del cdu) en cabeza del procurador y del director nacional de Investigaciones Especiales y, en forma excepcional, en los demás funcionarios por delegación, como ya se mencionó, en el Manual de Policía Judicial para la Función Disciplinaria. De otra parte, Farfán F. (2005) señaló que: Tales funciones especiales se sustentan y justifican por las necesidades de aseguramiento de la prueba que será útil para la investigación de un hecho punible, y al mismo tiempo, porque la Fiscalía General, en desarrollo de algunas investigaciones, requiere la colaboración técnica y científica para el recaudo de evidencia, documentos y pruebas, las cuales, dada su especialidad y utilidad, deben ser recaudables por órganos especializados, como aquellos que cumplen las funciones especiales de Policía Judicial. [Pese a ello], «(…) las atribuciones que la ley asigna a la Procuraduría en estas materias, constituye simplemente un «plus» que le permite intervenir en el proceso penal cumpliendo funciones de policía judicial en asuntos específicos, y bajo la dependencia funcional del fiscal general, lo cual de ninguna manera excluye ni descarta el ejercicio autónomo de las mismas competencias en el marco del proceso disciplinario, cuando su actividad se oriente a la investigación de faltas, a la luz del artículo 277, parágrafo de la Constitución. (…) Al referirse la Constitución a una policía judicial para el cumplimiento de las funciones de la Procuraduría, como ente administrativo que no se ocupa de investigar conductas delictivas sino faltas disciplinarias cometidas por servidores públicos, o por particulares en determinados eventos, el modelo constitucional se bifurca, para dar cabida a una policía judicial para el proceso disciplinario, que cuando actúe como tal, lo haga de manera autónoma e independiente, dependiendo orgánica y funcionalmente del Procurador, y no del

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Recuperado de (2014, 20 de octubre) https://www.google.com Montaje Diana Chacón IEMP

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Judicial disciplinaria creada para el cumplimiento de tales atribuciones, se orienta precisamente a fortalecer la investigación administrativa, y actúa sin dependencia del Fiscal, cuando desarrolla la actividad para fines estrictamente disciplinarios.



Una de las funciones de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación es «Prestar la asesoría y la colaboración técnicocientífica que requieran las diferentes dependencias de la Procuraduría General de la Nación y demás órganos que conforman el Ministerio Público». Artículo 10, Decreto 262 de 2002. En materia de violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (D. I. H.) la Procuraduría ha cumplido un papel fundamental en las investigaciones.

Fiscal General, a diferencia de lo que ocurre con las unidades que ejercen tales atribuciones en forma permanente, las demás que cumplen funciones especializadas dentro del proceso penal, o transitorias, tal como se explicó en precedencia. Si bien es cierto que históricamente la policía judicial fue concebida y se ha implementado como cuerpo auxiliar de apoyo en la investigación de los delitos, la Constitución Política de 1991 creó la singular figura de una Policía Judicial disciplinaria, con todas las competencias, potestades y marco funcional que la ley concede a estos entes, para fortalecer y lograr mayores niveles de eficiencia en el marco de las investigaciones de esta índole. No otro entendimiento podría derivarse de una interpretación semántica, teleológica y sistemática del artículo constitucional antes mencionado, de los debates surtidos en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente con respecto al referido texto, y de la forma como el mismo se ha desarrollado legislativamente. Si la Procuraduría cumple, a la luz del artículo 277 de la c.n., funciones disciplinarias, preventivas y de intervención ante autoridades judiciales o administrativas, la Policía

Ello, sin embargo no descarta ni impide que en algunos eventos específicos, y por constituir la procuraduría una de las autoridades que ejercen funciones especializadas de Policía Judicial en el decurso de los procesos penales,13 pueda intervenir ocasionalmente de la investigación de un delito cuya naturaleza guarde armonía con las materias que integran su marco misional, esto es, conductas que puedan configurar delitos contra la administración pública, cometidos por particulares, por ejemplo, violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, los que vulneran el orden económico y social, delitos contra el medio ambiente y los intereses colectivos, y contra los mecanismos de participación democrática, donde no se encuentren comprometidos servidores públicos, fundamentalmente. En tales eventos, como es obvio, surge el deber funcional de dar inicio a la investigación previa en materia penal, por iniciativa propia, y con el fin de asegurar la prueba en situaciones de flagrancia o en el lugar de los hechos, adelantar labores previas de verificación con respecto a tales conductas delictivas, cumplir las comisiones de los fiscales y jueces en el decurso de los referidos procesos penales, bajo la dependencia funcional de la autoridad Judicial, y con todas las particularidades y consecuencias que esto implica»14 (pp. 54 – 58).

La validez de las pruebas que recaude la policía judicial en materia disciplinaria está sujeta a la delegación del procurador o el director de Investigaciones Especiales, por medio del cual se traslada la competencia para llevar a cabo las funciones propias de esta especialidad, relacionadas con el aseguramiento y práctica de pruebas. 13 «Los diferentes Códigos de Procedimientos Penales, en Colombia, han conferido a la Procuraduría General de la Nación funciones judiciales de Policía Judicial en los Procesos Penales (…)». 14 Farfán F. (2005). Policía judicial disciplinaria. Colección de derecho disciplinario n.° 10. Ediciones IEMP. Bogotá, D. C., (pp. 54 – 58).

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Dirección Nacional de Investigaciones Especiales Nadie mejor que el tratadista Farfán F. (2005) para hacer el recuento de la creación de esta dependencia en la Procuraduría: Tras tomar conciencia sobre la necesidad de conformar un cuerpo especializado para la investigación disciplinaria, que se ocupara de atender temas específicos relativos a la actividad de tutela de los derechos humanos, a través de investigaciones sobre hechos que los afecten, y recolectar los elementos de juicio para definir las acciones que le compete adelantar o promover a la pgn en temas relacionados, por ejemplo, con la preservación de la moralidad en el ejercicio de la función pública, el legislador, través (sic) de la ley 21 de 1989, dispuso la creación de la Oficina de Investigaciones Especiales. La citada Ley dotó a la Oficina de Investigaciones Especiales de facultades para requerir colaboración e información de las autoridades de todo orden, y solicitar la colaboración de los laboratorios y medios técnicos de investigación que tengan las entidades de carácter oficial, aunque la expectativa y finalidad, desde un primer momento, fue que esta oficina prestara por si misma tales servicios, como Policía Judicial Científica. El artículo 4 del referido cuerpo legal reviste especial importancia, en cuanto otorga facultades al Procurador General de la Nación para radicar, según las necesidades del servicio, equipos de trabajo de la Oficina de Investigaciones Especiales en cualquier lugar del país, con el propósito evidente de lograr una mayor eficacia en el aseguramiento de las pruebas. También dispone que la Oficina de Investigaciones Especiales podría practicar cualquiera de las pruebas previstas en el régimen disciplinario, y tales diligencias tendrán el mismo valor probatorio otorgado por el artículo 338 del C. de P. P., a las practicadas por los funcionarios a que se refiere el artículo 332, literal C, ibidem (Art. 5).15 15 Ibídem. (P. 93).



En el proyecto de Reforma al CDU presentado por el procurador se propone que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Policía Nacional puedan ejercer funciones de policía judicial disciplinaria.

Las funciones más relevantes a ella atribuidas en el artículo 5.° de la Ley 4 de 1990, «por la cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación» son: a). Iniciar e instruir las investigaciones propias del Ministerio Público que directamente le asigne el Procurador General de la Nación. b). Asesorar a las diversas dependencias de la Procuraduría y del Ministerio Público en los aspectos técnico–científicos que requieran las diferentes investigaciones [policía judicial científica]. (…) d). Adelantar oficiosamente las indagaciones preliminares que se requieran por hechos relacionados con la moralidad administrativa [Constitución Política]. e). Rendir al Procurador General de la Nación un informe mensual sobre el Estado de las diferentes investigaciones y generar reportes inmediatos cuando la gravedad de los hechos averiguados así lo exija.

En dicho contexto, como ya se ha expresado, la Procuraduría ejerce las atribuciones de policía judicial en forma autónoma, y sin dependencia funcional alguna de la Fiscalía; tanto es así, que la misma ley concede al procurador facultades jurisdiccionales para el ejercicio de las mismas, lo cual le habilita para ordenar todas las medidas conducentes al aseguramiento y práctica de pruebas en el proceso disciplinario, incluyendo las diligencias de investigación que implican la afectación transitoria de algunos derechos fundamentales como el secreto de las comunicaciones, la inviolabilidad de domicilio, etc., que los principios de razonabilidad y proporcionalidad aconsejan que se sacrifiquen en algunos eventos concretos a través de la utilización de

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métodos investigativos como la interceptación de comunicaciones, el registro domiciliario, la vigilancia electrónica, las labores encubiertas, y la retención de correspondencia, en virtud de la prevalencia de un interés superior (interés público en la persecución y castigo de la violación de los derechos humanos y actos de corrupción cometidos por servidores públicos). Luego de las Leyes 21 de 1989 y 4 de 1990 se expidió el Decreto 262 de 200216 que dispuso, en el artículo 10, las funciones de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, así: 1. Adelantar las indagaciones preliminares e investigaciones disciplinarias que le asigne o delegue el Procurador General. 2. Prestar la asesoría y la colaboración técnico-científica que requieran las diferentes dependencias de la Procuraduría General de la Nación y demás órganos que conforman el Ministerio Público. 3. Rendir al Procurador General informes periódicos sobre el estado de las diferentes investigaciones y presentar reportes inmediatos cuando la gravedad de los hechos investigados lo exija. 4. Coordinar las diferentes seccionales cuando éstas sean creadas por el Procurador General. 5. Ejercer funciones de policía judicial y participar, previa designación del Procurador General, en comisiones para adelantar investigaciones de manera conjunta con la Fiscalía General de la Nación, con funcionarios judiciales, la Contraloría General de la República y demás servidores públicos que cumplan funciones de policía judicial. 6. Las demás que le asigne o delegue el Procurador General. 16 La norma, para el caso de Investigaciones Especiales, fue desarrollada por las Resoluciones 183 del 13 de junio de 2000, que organiza la planta de personal y crea las seccionales; 89 y 190 del 2 de abril y 1 de julio de 2001, respectivamente, y 229 del 19 de julio de 2002, 2 del 8 de enero de 2004, 91 del 20 de abril y 2005 del 31 de julio de 2006, que modifican la planta de personal; 166 del 19 de marzo de 2003, que asigna competencias a Investigaciones Especiales y define procedimientos para prestar sus servicios; 344 del 28 de octubre de 2009, que delega a la dirección la facultad para comisionar a servidores de otras dependencias de la Procuraduría General de la Nación; y 345 del 28 de octubre de 2009, que deroga las Resoluciones 41 y 80 de 2007.

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El Decreto 262 de 2000 permite que la dirección, previa designación del procurador, adelante investigaciones de manera conjunta con la Fiscalía, la Contraloría y demás servidores que cumplen funciones de policía judicial.

Estructura de Investigaciones Especiales

17 Que exige la intervención de un experto para la obtención o consolidación de la prueba.

Especiales dar un concepto o informe técnico que valore las pruebas obtenidas, en conjunto con las recaudadas por los operadores disciplinarios. El informe final de asesoría o apoyo técnico debe ser sometido a la controversia procesal que fija la ley para las actividades de los peritos, en consecuencia, el traslado a las partes o sujetos procesales, según el caso, es indispensable para que pueda ser valorado como prueba. Ahora bien, según el Manual de Policía Judicial para la Función Disciplinaria, «cuando una decisión en la actuación disciplinaria entrañe la afectación de derechos fundamentales de los sujetos procesales o de terceros, es el Procurador General de la Nación quien ejerce las atribuciones jurisdiccionales de manera exclusiva e indelegable para el cumplimiento de la función de policía judicial». También el mismo texto señala que cuando la Procuraduría General de la Nación ejerza funciones de policía judicial se aplicará el Código de Procedimiento Penal (Ley 600 de 2000), en cuanto no se oponga a las previsiones del cdu. Diseño Simplex S.A.

El nivel central cuenta con las unidades Anticorrupción y Policía Judicial, y de Derechos Humanos y Policía Judicial. El nivel descentralizado está dividido en tres zonas: central, noroccidental y suroccidental. La primera, con sede en Bogotá d. c., cubre los departamentos de Boyacá, Caquetá, Cundinamarca, Huila y Putumayo. Igualmente, cobija la región nororiental que comprende a Santander, Casanare, Norte de Santander y Arauca, y la regional norte que tiene al Atlántico, Cesar, La Guajira, Magdalena, Bolívar, Sucre y San Andrés, Providencia y Santa Catalina; también cobija a la región suroriental que incluye Meta, Amazonas, Vichada, Vaupés, Guaviare y Guainía.

La zona noroccidental que es la Dirección Seccional de Investigaciones Especiales con sede en Medellín tiene competencia territorial en los departamentos de Antioquia, Caldas, Chocó y Córdoba; y la zona suroccidental en cabeza de la seccional con sede en Cali tiene cobertura en Valle del Cauca, Nariño, Cauca, Quindío y Risaralda. La dirección cuenta con procedimientos determinados en la Resolución 166 de 2003 expedida por el procurador, a saber: 1. práctica y recaudo de las pruebas solicitadas por las procuradurías delegadas con funciones disciplinarias que requieran especiales conocimientos técnico científicos; 2. apoyo técnico o científico; 17 3. Pruebas de campo o recaudo de evidencias en situaciones concretas de orden público que exijan especial pericia y habilidad de los investigadores, al igual que funciones de policía judicial; y 4. visitas especiales e informes en materia de contratación estatal. Estos procedimientos permiten a la Dirección Nacional de Investigaciones

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diana marcela bravo aguilera líder del componente n.o 1 del programa de fortalecimiento de la función preventiva pgn-bid

La Procuraduría General de la Nación, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Función Preventiva, lanzó el 28 de mayo de 2014 el Nuevo Modelo de Gestión de la Función Preventiva: Un Desafío en la Gestión Pública, que tiene como propósito consolidar la política institucional dirigida a la prevención como la mejor opción para el cumplimiento de la misión constitucional, toda vez que permite anticiparse a la ocurrencia de hechos que puedan vulnerar los derechos a las personas, mitigar o restituir los que fueron afectados y promover el respeto de las garantías constitucionales. El evento se llevó a cabo en el auditorio Antonio Nariño de la sede principal de la Procuraduría, en donde asistieron altos funcionarios del Gobierno nacional, del ministerio público y representantes de organizaciones sociales. Este logro fue el resultado de un trabajo realizado en diferentes fases a través de consultorías, y la participación activa de los funcionarios de la Procuraduría, tanto del nivel central como territorial. El nuevo modelo preventivo se basa en cinco lineamientos: •• Focalización en la garantía de los derechos. Busca, más allá del cumplimiento legal y los principios de la función administrativa, contribuir a la garantía de los derechos de las personas. •• Sólida capacidad anticipatoria. Tiene como finalidad pasar de una acción reactiva a una actuación planeada en la que se identifiquen y valoren los riesgos de la gestión pública con el fin de adoptar medidas para evitar su materialización.

Oficina de Prensa PGN

Apuntes del Nuevo Modelo de Gestión de la Función Preventiva y de la Tercera Semana de la Participación Ciudadana



El procurador, Alejandro Ordóñez Maldonado, en el lanzamiento del Nuevo Modelo de Gestión de la Función Preventiva, en el auditorio Antonio Nariño de la Procuraduría.

•• Énfasis en la vigilancia y control del cumplimiento de las políticas públicas. Consiste en pasar de una atención del caso a caso, es decir, de la atención meramente de las pqr1 del día a día, al mejoramiento continuo de la Administración pública, en términos de pertinencia, economía, eficiencia y eficacia de las políticas 1

públicas establecidas para garantizar el bienestar y los derechos de las personas. •• Generación de valor en el sector público. Orientado a que la Procuraduría cumpla un rol determinante en la generación de valor público, toda vez que con sus conocimientos y experiencia contribuirá al éxito de las funciones públicas que ejercen

Peticiones, quejas y reclamos.

Ciudadanía 1. Focalización en la garantía de los derechos

2. Sólida capacidad anticipatoria

3. Énfasis en la vigilancia y control del cumplimiento de las políticas públicas

4. Generación de valor en el sector público

5. Gestión y análisis de información »  57

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las distintas entidades a través de la interacción con los ciudadanos, garantizando los derechos, satisfaciendo las demandas y prestándoles servicios de calidad. •• Gestión y análisis de la información. Encaminada a la continua generación y uso de información respecto de la gestión pública y los riesgos que pueden afectar su cumplimiento. Además de estos lineamientos, el modelo cuenta con tres escenarios y cinco tipos de actuación que guiarán la actuación preventiva: •• •• ••

La anticipación. La mitigación o restitución. La orientación.

Para la implementación de este nuevo modelo se requiere del esfuerzo y compromiso de los funcionarios, en todos los niveles de la entidad, en tanto que la implementación implicará ajustes en la forma de gestionar las actuaciones a través de las cuales la institución le da cumplimiento a los mandatos constitucionales y legales de su competencia. Como un importante avance se expidió la Resolución 132 del 30 de abril de 2014, «Por medio de la cual se establece un nuevo enfoque, principios, lineamientos para el ejercicio de la función

preventiva a cargo de la Procuraduría General de la Nación, se modifica y fortalece el Sistema Integral de Prevención, y se dictan otras disposiciones», la cual ratifica la voluntad institucional de fortalecer la función misional del ente de control que esperamos redunde en mejores prácticas de gestión pública en el Estado y en la garantía de los derechos de las personas. Durante el segundo semestre del presente año la entidad trabaja en la expedición de actos administrativos que adopten los procedimientos de los diferentes tipos de actuación en desarrollo del nuevo Modelo de Gestión de la Función Preventiva, en el que los aportes de los funcionarios de las dependencias con dicha función, y las áreas que las apoyan, serán valiosos para contar con productos que se adapten y funcionen de acuerdo a las necesidades reales. Así mismo, se trabaja en los ajustes necesarios para implementar el modelo en el Sistema de Información Misional (sim) de la entidad, y en el Strategos.2 La información relacionada con el nuevo modelo se puede consultar en la página 2 Sistema de información de la Procuraduría para el «(…) seguimiento y control del modelo estratégico y del sistema de medición del Plan Operativo Anual del día a día a nivel corporativo y de cada una de las dependencias (…)».

Modelo Operativo de Gestión de la Función Preventiva de la Procuraduría General de la Nación

escenarios 1. Anticipación

- Controlar los factores de riesgo. - Anticipar la materialización, o de contrarrestrar la incidencia.

• •

Proyecto preventivo Caso preventivo

2. Mitigación/Restitución - Ya ha ocurrido la vulneración. - Mitigar o minimizar los efectos de tal hecho lesivo y procurar el restablecimiento.

• •

Asunto abreviado Asunto ordinario

tipos de actuación 58  » 

3. Orientación - Respuesta directa a las demandas de los usuarios. - Atención inmediata que brinda orientación.

Atención al público

de la Procuraduría General de la Nación http://www.procuraduria.gov.co/portal/ Sistema-Integral-de-Prevencion.page. Todos estos esfuerzos son para que,

Hagamos de la prevención la mejor opción Tercera Semana de la Participación Ciudadana

La Procuraduría General de la Nación realizó la Tercera Semana de la Participación Ciudadana, en esta oportunidad con énfasis en «La Contratación Estatal. La Transparencia y Acceso a la Información Pública», la cual se llevó a cabo en las ciudades de Bogotá, Medellín y Cartagena durante los días 9, 10 y 12 del mes de septiembre, respectivamente, cuyo propósito fue reflexionar desde la participación y control social en temas relevantes y de actualidad de la gestión pública. Al evento asistieron altos funcionarios del Gobierno nacional, del ministerio público, organismos de control, veedurías y ciudadanía en general. El programa fue liderado por la procuradora delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, Fanny María González Velasco, con el apoyo del IEMP y de la Unidad Ejecutora del Programa de Fortalecimiento pgn, el cual cumplió, ciertamente, con los objetivos establecidos tanto para potenciar la labor de la función preventiva de la entidad, como en el fomento de los mecanismos de participación en el país. En la instalación de la Tercera Semana de la Participación Ciudadana estuvo el procurador, Alejandro Ordóñez Maldonado; la viceprocuradora, Martha Isabel Castañeda Curvelo, y como invitados especiales la viceministra general de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (tic), María Carolina Hoyos Turbay; el secretario de Transparencia de la Presidencia de la República, Rafael María Merchán Álvarez; la directora general de Colombia Compra Eficiente, María Margarita Zuleta, y Martín Fernando Salcedo Vargas, vicepresidente de Servicios Registrales de la Cámara de Comercio de Bogotá, quienes manifestaron el interés de posicionar la participación ciudadana en la gestión pública como una estrategia para el mejoramiento continuo.

Temática del evento •• La política pública en materia de contratación estatal como herramienta de control en la gestión de lo público. Tema de vital importancia, pues a través de las diferentes actuaciones contractuales se materializan las políticas públicas que garantizan los derechos de las personas, y se presentan los mayores riesgos de corrupción por los recursos que se ejecutan. •• Registro de veedurías ciudadanas ante las cámaras de comercio de Bogotá y reporte de veedurías al rues 3 —Manual del Usuario Confecámaras—, necesario para dar cumplimiento a la Ley 019 de 2012, con el fin de conocer cuántas y qué veedurías ciudadanas se han inscrito tanto en las personerías municipales, autoridades indígenas y cámaras de comercio, lo cual permite focalizar y detectar el público objetivo a quienes las entidades deben apoyar. •• Por último, la nueva Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional que tiene un objetivo regulatorio de los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información, ley que permitirá potencializar la participación ciudadana y el control social a la gestión pública, el ejercicio pleno de los derechos que requieren las personas para acceder oportunamente a información confiable, relevante, coherente, actualizada y veraz que dé cuenta de las decisiones, 3

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Archivo División de Capacitación IEMP

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En la foto de (izq. a der.) Adela Cristo Guerrero, coordinadora académica del IEMP; Diana Marcela Bravo Aguilera, asesora y líder del componente n°. 1 del Programa de Fortalecimiento de la Función Preventiva PGN-BID; el procurador regional de Antioquia, David Roa Salguero; la procuradora delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, Fanny María González Velasco; Juan Carlos Peláez Serna, contralor de Medellín; Luz Helena Arango Cardona, contralora general de Antioquia y el personero de Medellín, Rodrigo Ardila Vargas.

acciones, actuaciones y resultados de la gestión pública de los obligados. Al cierre de la Tercera Semana de la Participación Ciudadana, el procurador general de la nación manifestó el interés de continuar con acciones que fortalezcan el derecho de la participación que contribuyan a contar con servidores públicos conocedores tanto de los derechos y deberes de este mecanismo, y con ciudadanía informada para que haga parte de los procesos de toma de decisiones, que coopere con las instituciones del Estado y demande de ellas una actuación responsable.

Conclusiones de la jornada •• Debemos estar atentos como servidores y ciudadanos a las diferentes

Registro Único Empresarial y Social.

«La Contratación Estatal, la Transparencia y Acceso de la Infomación Pública»

disposiciones legales e instrumentales que en materia de contratación pública genere el Estado. Esto servirá para mejorar la gestión por parte de las entidades públicas y el efectivo ejercicio del control social que en esta materia ejerza la ciudadanía. •• La procuraduría y autoridades presentes recordaron a los personeros municipales y autoridades indígenas el cumplimiento del registro de veedurías ciudadanas en el rues ante las cámaras de comercio, por ser una competencia asignada en cumplimiento de la Ley 019 de 2012, y porque es preciso conocer cuántas y qué veedurías ciudadanas existen para focalizar y detectar la población a quienes las entidades debemos apoyar. •• El procurador, Alejandro Ordóñez, requirió a las entidades públicas el cumplimiento de la nueva Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional, y a la ciudadanía, para que hagan de esta normativa un instrumento que les permita brindar y ejercer el derecho de acceso a la información, especialmente a la gestión pública de los obligados. La información relacionada con el evento de la Tercera Semana de la Participación Ciudadana se puede consultar en la página de la entidad http://www.procuraduria.gov.co/portal/ParticipacionCiudadana.page »  59

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¿En qué anda la red? formación en la que conocen el modelo pedagógico del Instituto. La participación en la red aunque trae consigo unos beneficios, parte, normalmente, por un interés personal de servicio y gusto por el trabajo con grupos, y amor por el conocimiento. En la actualidad la red incorpora profesionales orientados a diferentes temáticas de trabajo; entre ellas se destacan el área de investigaciones especiales, el modelo de gestión ética en las entidades del Estado, la cultura de la legalidad e integridad, temas jurisprudenciales, organizacionales y de desarrollo del talento humano en materia de gestión laboral. De otra parte, los coordinadores académicos, de acuerdo a los requerimientos y programas estratégicos de la organización, disponen del recurso humano para llevar a cabo los programas asignados en el marco del Modelo de Aprendizaje Organizacional (mao) del IEMP, el cual, armonizado con el Sistema Integrado de Gestión (sig) del Ins-

elizabeth león chaves

La Red de Formadores del Instituto se constituye en una estrategia organizativa que permite identificar y valorar el conocimiento profesional y experiencia de los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación en temas jurídico-profesional, de talento humano y técnico para formar y actualizar a los servidores en el orden nacional. La naturaleza de la red supone una lógica de formación entre pares, flexibilidad y aplicabilidad del conocimiento, es decir, se realiza una actualización de contenidos respecto a diferentes temáticas con la intención de exponer conocimientos producto de la práctica y experiencia profesional para, de este modo, lograr aprendizajes significativos, orientados al desarrollo de habilidades y competencias por parte de los funcionarios, lo que debería significar un mejoramiento del desempeño. La estrategia de la red surge por la condición misma de los temas misionales que trata la Procuraduría General, que se caracterizan por tener dogmas fundamentales: leyes, normas, principios, entre otros, pero rodeados de conocimientos dinámicos por los que se requiere actualización permanente; así mismo, se ha identificado recurso humano altamente calificado que no solo tiene la capacidad de transmitir conocimientos a los colegas, sino también toda la autoridad para pronunciarse sobre los temas por la praxis o participación en su generación. La vinculación de los funcionarios en la Red de Formadores del IEMP se ha realizado a partir de procesos de convocatoria y selección en la que participan, voluntariamente, quienes manifiestan el interés, además, porque cuentan con experiencia docente y, adicionalmente, asisten a procesos de 60  » 

tituto, permite planear, desarrollar las capacitaciones, evaluarlas y tomar acciones de mejora permanentes que den lugar a la cualificación de los servicios prestados por la División de Capacitación de la unidad académica. Desde el mes de octubre del presente año la división ha decidido implementar estrategias que permitan dinamizar la Red de Formadores con dos objetivos fundamentales: el primero, aprovechar el talento humano local con la convicción de que poseen todas las capacidades y habilidades instaladas —coherentes con la idea de la red—, pues esta no se teje solo desde el centro del país, sino que debe tener diferentes nodos que hagan una lectura un poco más precisa de las necesidades de formación existentes en cada uno de los territorios; el segundo objetivo, es fortalecer el proceso de regionalización que requiere el IEMP. Estas medidas tienen un fundamento: llegar a las regiones, con procesos de actualización pedagógica para quienes ya

Archivo División de Capacitación IEMP

asesora y coordinadora académica división de capacitación del iemp



De (izq. a der.) Christian José Mora Padilla, director del IEMP; Adolfo José Mantilla, integrante de la Red de Formadores, condecorado por el Instituto con el Mérito a la Excelencia Académica 2013, y Carlos Humberto García Orrego, jefe de la División de Capacitación.

|  son miembros de la red, y la invitación a participar y vincularse; los asistentes tienen la posibilidad de poner a prueba las habilidades y recibir retroalimentación sobre sus destrezas. Además, desde su fortaleza disciplinar, cada miembro puede formular el diseño curricular para que se convierta en una oferta de capacitación disponible para quienes requieran formación relacionada con el tema de su especialidad. Este ejercicio ha permitido caracterizar a algunos de los integrantes de la red identificando talentos, y coordinar con ellos capacitaciones en regiones próximas donde son requeridas.

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A la fecha, el IEMP ha realizado este ejercicio en Medellín y Cali. En el 2015 se espera llegar a otras ciudades del país, de modo que junto con los coordinadores académicos y el jefe de la división, Carlos Humberto García Orrego, se diseñen planes regionales alineados con las necesidades de capacitación institucional. El reto de la Red de Formadores del IEMP, en un horizonte no muy lejano, es que los procesos de la Procuraduría, desde su gestión, puedan generar conocimiento y retroalimentar el talento humano que hace parte de cada área.

En el año 2012 mediante Resolución 247, derogada por la Resolución 223 de 2013,1 el IEMP creó el Comité de Condecoraciones cuyo propósito esencial es postular y seleccionar las personas o entidades que son merecedoras, cada año, del reconocimiento por su trayectoria académica profesional, experiencia docente, conocimientos y aportes al cumplimiento de la misión de la unidad académica. El 19 de noviembre de 2014, en el tercer evento presidido por el procurador general de la nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, y Christian José Mora Padilla, director del IEMP, realizarán la apertura del encuentro que, además de la ceremonia de condecoración, permitirá a los asistentes disfrutar de la conferencia central «El valor de las organizaciones sin ánimo de lucro. Legitimación de un nuevo modelo socioeconómico» del español César Sánchez Álvarez. Posteriormente, el jefe de la División de Capacitación del Instituto, Carlos Humberto García Orrego, presentará las perspectivas para la Red de Formadores. Finalmente, la mesa principal entregará las condecoraciones otorgadas por el comité en las diferentes categorías. El 1 «Por medio de la cual se regulan las condecoraciones Merito a la Excelencia Académica, Investigativa y Especial del Ministerio Público y se deroga la Resolución No. 247 de octubre 26 de 2012».

Jorge Lúis Yarce Tamayo - IEMP

Tercera versión del Mérito a la Excelencia Académica, Investigativa y Especial del IEMP

Mérito a la Excelencia Académica como formador interno fue concedido a Arturo Ronderos Salgado, asesor y coordinador de programas del IEMP, por el evidente compromiso institucional, y por ser referente en temas de interés para el ministerio público. Adicionalmente, ha sido calificada su actuación en las capacitaciones como excelente tanto en el orden nacional como regional, participó en el Comité de Reforma al Código Disciplinario Único (cdu) y desarrolló modelos virtuales del curso de inducción de derecho disciplinario. El formador externo que recibirá el Mérito a la Excelencia Académica es José Rory Forero, al destacarse como docente en el área de Derechos Humanos (dd. hh.), Derecho Internacional Humanitario (d. i. h.) y derecho disciplinario. Igualmente, por el apoyo constante y altos punta-

jes obtenidos en los programas que oferta el IEMP a través del área de comercialización; también hizo parte del Comité de la Reforma del cdu, ha sido ponente en los congresos internacionales de derecho disciplinario y participó en publicaciones editadas por el Instituto. El Mérito a la Excelencia Investigativa se lo llevó César Augusto Nieto Rojas, asesor, coordinador académico e investigador del IEMP, por el continuo apoyo en distintas actividades de capacitación y en eventos organizados por la dirección de la unidad académica como la socialización del estudio «El nuevo ciudadano colombiano», y el compromiso, dedicación y desarrollo de proyectos fundamentales para la Procuraduría como la investigación y publicación Análisis prospectivo 2030, primera y segunda edición. Por último el merecedor del Mérito a la Excelencia en la categoría de investigador externo correspondió al expositor central del evento, César Sánchez Álvarez, «en consideración a su participación dinámica y constructiva en los proyectos que adelanta el Instituto de Estudios, y como evaluador de la revista Rostros & Rastros». En la próxima edición de innova registraremos en imágenes lo ocurrido en la tercera versión del Mérito a la Excelencia Académica, Investigativa y Especial del IEMP. »  61

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germán posada peláez

Es admirable observar cómo el lenguaje, en su constante evolución y adaptación a las necesidades de comunicación entre los seres humanos, incorpora, frecuentemente, vocablos que en su origen correspondían a terminologías de algún campo especializado, aplicándolos, de manera general, a diferentes aspectos o circunstancias de la vida cotidiana. Es común escuchar en la actualidad —por ejemplo— en una conversación entre dos amigos la expresión «¿me copia?», para preguntar si se comprende lo que se ha enunciado o el interlocutor respalda lo propuesto. Hasta hace pocos años, esta expresión era exclusiva de conversaciones a través de aparatos de telecomunicación, como radioteléfonos. Algo similar ocurre con las palabras «histeria» y «bipolar», acuñadas originalmente en la psiquiatría para describir cuadros clínicos muy precisos, y ahora usadas libremente para representar cualquier situación en la que se exaltan o cambian las emociones. Lo mismo está ocurriendo con la «depresión» —o simplemente «la depre»— que ahora utilizamos para referirnos a cualquier situación de tristeza o aburrimiento que tengamos, con o sin motivo. Aunque estos dos sentimientos son manifestaciones que están presentes en casi todos los casos que son diagnosticados, es importante anotar que no toda tristeza o aburrimiento es realmente una depresión; y, a su vez, la verdadera enfermedad tiene una gran cantidad de síntomas diferentes a los anotados, que generan un gran sufrimiento y un compromiso severo en el funcionamiento general de quien la padece. La tristeza es un sentimiento que puede aparecer eventualmente en nuestra vida, sin motivos aparentes —todos hemos tenido días en los que simplemente nos levantamos «bajos de nota», nostálgicos o desanimados sin saber el porqué. También es una respuesta que 62  » 

aparece normalmente ante muchas situaciones dolorosas que enfrentamos en la vida. De hecho, se considera necesaria su expresión para la superación de procesos como el duelo.1 En contraste, la depresión es un trastorno en el que la mente presenta una severa alteración en casi todas sus funciones, producto de cambios en el funcionamiento químico del cerebro. Es cierto que las depresiones pueden ser consecuencia de procesos de duelo que en psiquiatría llamamos patológicos, es decir, cuando las manifestaciones de la condición van más allá de lo esperado en circunstancias normales y comienzan a generar un proceso de enfermedad. Pero también pueden aparecer sin que haya ocurrido un evento al que se pueda atribuir el cuadro, simplemente como una enfermedad que aparece, de manera similar a como puede aparecer cualquier otra como la hipertensión arterial, el asma, la artritis, etc. En este caso se habla de depresiones «endógenas», es decir, «producidas por dentro».2

Las emociones y la depresión Las emociones representan una parte esencial de nuestra mente, pues están en lo más profundo de su funcionamiento y, por lo tanto, marcan el ritmo, por así decirlo, de todos los demás procesos. Así, de acuerdo al estado de ánimo en el que nos encontremos será nuestra forma de pensar, de ver el mundo, dependerán los recuerdos que tengamos, la forma como hablemos y hasta de movernos. Cuando estamos contentos vemos las cosas de manera positiva, se nos ocurren buenas ideas, nos acordamos de cosas gratas, hablamos más y más fuerte, estamos más 1 Reacción normal ante una pérdida. 2 Los estudios han permitido observar que las mujeres tienen un mayor riesgo de deprimirse, al parecer, debido a los cambios hormonales que experimentan a lo largo de la vida que afectan el cerebro, especialmente durante el periodo posterior al parto y en la etapa de la menopausia. Además, algunas presentan síntomas depresivos en los días previos al periodo menstrual.

Cortesía de Germán Posada Peláez

La depresión, mucho más que tristeza



El doctor Germán Posada Peláez es médico psiquiatra, director de urgencias de la Clínica la Inmaculada en Bogotá.

activos, etc. Por el contrario, la tristeza o la angustia nos producen pensamientos, sensaciones y conductas muy diferentes y desagradables. Podemos decir, entonces, que las emociones nos gobiernan y determinan nuestra forma de estar en el mundo, y esto ocurre desde que nacemos e inclusive desde el vientre. Mucho antes de que aprendamos a hablar, a caminar o inclusive a pensar, de que podamos entender el mundo que nos rodea o recordar nuestras experiencias, ya tenemos estados de ánimo plenamente reconocibles —podemos saber si un bebé recién nacido está irritado, contento o tranquilo. Las madres perciben estas emociones del bebé antes de nacer.3 Cuando se presenta una depresión se altera profundamente el estado emocional, y con ello, se afecta de manera global el aparato mental, apareciendo ese complejo cortejo de síntomas que acompañan a la tristeza, y que comento a continuación, tomando ejemplos de lo que escucho en mi práctica cotidiana al hablar con personas que padecen este mal.

3 Una de las anécdotas más conocidas se encuentra en uno de los pasajes más bellos de la Biblia —aún para los no creyentes— Isabel, esperando a Juan Bautista, al encontrarse con María le dice: «la creatura salta en mi vientre de alegría».

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«Lloro por todo, hasta viendo los comerciales de la televisión»

no pueden cambiar su forma de pensar y sentir. Y allí aparecen las «recetas universales» de «ponga de su parte», «piense que la vida es linda», «a usted nada la falta», o «vea que hay gente ciega, o sin piernas ni manos y es optimista», formuladas con muy buenas intenciones por familiares, amigos o compañeros de trabajo, pero que no tienen efecto; por el contrario, pueden incrementar los sentimientos de impotencia y culpa de la persona deprimida.

Retomando, uno de los síntomas más importantes de esta enfermedad es la tristeza que se manifiesta en un deseo frecuente de llorar, que las personas experimentan ante cualquier estímulo y, muchas veces, sin saber ni siquiera el porqué. Es importante anotar, sin embargo, que algunas personas con depresión pueden no identificar la tristeza como la emoción más importante y, por ejemplo, pueden sentir más ansiedad o irritabilidad, como es el caso de los niños y los adolescentes. En muchos casos, las personas experimentan una mezcla de emociones en forma simultánea —tristeza, ansiedad, miedo y mal genio.

«Si pudiera cambiar esto lo haría» «Cámbieme esto por cualquier dolor, que yo me lo aguanto, si puedo saber bien qué es y en dónde me duele». Muchas de estas personas son conscientes de que no tienen motivos reales para sentirse deprimidos, y esto incrementa sus sentimientos de culpa al no poder apreciar las cosas positivas que brinda la vida.

Obra Fernando Molina Acosta - Tinta sobre papel - Cortesía del autor

«Me aguanto la tristeza, pero no el desespero». «No me aguanto ni yo mismo, pero me da mucho miedo quedarme solo».

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«Me siento la persona más mala del mundo» «Yo sé que estoy sola, nadie me entiende lo que me pasa». «Esto nunca va a cambiar». Es común que en la depresión aparezcan sentimientos muy negativos de sí mismo, especialmente ideas de culpa,4 de minusvalía y de baja autoestima, además de desesperanza frente al futuro y de volver a ser como se era antes. Las personas deprimidas se sienten solas, aunque estén rodeadas de seres queridos, en especial al pensar que nadie comprende lo que están sintiendo, y la razón por la que 4 En un caso muy severo, una paciente reportó sentirse culpable hasta de respirar, pues hacerlo «¡le quitaba el oxígeno a los demás!».



«Se considera que algunos ejemplos de eventos vitales estresantes pueden ser los siguientes: muerte de un familiar o un amigo, divorcio o separación, problemas legales, cambios laborales (cambio de tipo de trabajo, de horarios de trabajo, de responsabilidades en el trabajo, ascensos, jubilación-pensión, etc.), desempleo, dificultades económicas, malas relaciones intrafamiliares, cambio de residencia, cambio de religión, hijo que sale del hogar». Ministerio de Salud y Protección Social - Colciencias. (2013). Guía de práctica clínica. Detección temprana y diagnóstico del episodio depresivo y trastorno depresivo recurrente en adultos. Atención integral de los adultos con diagnóstico de episodio depresivo o trastorno depresivo recurrente.Guía 22.

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«Me embobé, no entiendo nada y todo se me olvida, me siento muy inseguro» “Llevo veinte años haciendo arroz todos los días, y ya no me siento capaz de hacerlo, como si fuera algo muy difícil (…)». «Me duele todo, ¡hasta el pelo!». «Siento que no puedo ni mover un dedo, todo me cuesta mucho trabajo». «Yo tengo que tener algo grave, pero los médicos no me lo encuentran». Este artículo hace referencia a que la depresión es un complejo cuadro clínico en el que, además de la tristeza y todo el cortejo de emociones negativas, y los sentimientos que estas generan, aparecen una serie de síntomas que muchas veces las personas no asocian con el problema emocional y que hacen más difícil aún su comprensión. Entre estos tenemos unos de orden psicológico como la dificultad para concentrarse, que hace que hasta tareas muy sencillas resulten difíciles de comprender —como por ejemplo una noticia de un periódico o un programa de televisión—, y que lleva a la alteración de la memoria olvidando constantemente situaciones recientes como dónde se dejan las cosas, informaciones que debería recordar u olvidos como apagar la estufa o sacar las llaves. Además de los síntomas psicológicos, en la depresión se presentan una serie de molestias físicas que para el personal de salud son muy importantes, pues en muchos casos las personas se acercan a los servicios médicos de consulta externa o incluso de urgencias por estas dolencias, sin saber que están relacionadas con los trastornos »  63

|  Boletín informativo del IEMP - Instituto de Estudios del Ministerio Público Grafiti localidad La Candelaria. Autor desconocido. Foto Mónica Vega Solano - IEMP

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«La depresión puede llegar a hacerse crónica o recurrente, y dificultar sensiblemente el desempeño en el trabajo o la escuela y la capacidad para afrontar la vida diaria. En su forma más grave, puede conducir al suicidio. Si es leve, se puede tratar sin necesidad de medicamentos, pero cuando tiene carácter moderado o grave se pueden necesitar medicamentos y psicoterapia profesional». OMS (s.f.). Recuperado de (2014, 22 de octubre) http://www.who. int/topics/depression/es/

depresivos. Uno de los más frecuentes es el dolor de cabeza, que generalmente se siente en la parte posterior (occipital) y que a veces los pacientes las relatan como «una sensación de peso». Es común que esta molestia se acompañe además de dolor en la parte posterior del cuello y la región superior de la espalda, con sensación de rigidez a ese nivel. En otros casos las personas con depresión experimentan dolores musculares o articulares generalizados, especialmente en la cintura y las piernas —«¿Me pregunta qué me duele? ¡Pues me duele todo!». Cuando la enfermedad se acompaña de ansiedad, las personas afectadas pueden presentar sensación de opresión en el pecho y ahogo, palpitaciones, aumento de la sudoración y temblor, y es muy frecuente que 64  » 

tengan serias molestias digestivas de diversa índole —gastritis, reflujo, distensión abdominal, estreñimiento o diarreas (el cada vez más popular «colon irritable»). Todo esto sin mencionar un cansancio marcado, con sensación de pérdida de la energía, experimentando que deben hacer esfuerzos mucho más grandes para realizar las mismas actividades que en el pasado.

«Es horrible, me despierto a la madrugada y hasta ahí me llega el sueño» «Debo estar tan débil porque no como casi, nada me provoca». Las personas con depresión generalmente tienen también alteraciones en el sueño y el apetito. Lo más común es que

estos disminuyan y, en consecuencia, se pierda peso, pero en algunos casos ocurre lo contrario, permanecen somnolientos y con necesidad de comer constantemente, aún después de sentirse saciados, y es posible que se desarrolle algún grado de sobrepeso. La forma de insomnio más común en la depresión es el que llamamos de reconciliación o despertar temprano en el que la persona se queda dormida sin dificultad, pero el sueño le dura muy poco, dos o tres horas nada más, y le cuesta mucho trabajo volver a dormir, o no lo logra. Si la ansiedad está presente de manera importante entonces puede afectar, también, la capacidad de conciliar el sueño (insomnio de conciliación), y de esta manera el sufrimiento es mucho mayor. La falta de sueño es uno de los síntomas que más preocupa a las personas deprimidas.

«Ya no me llama la atención nada, todo me aburre y no quiero ni salir de mi casa». «Qué sentido tiene la vida… ¿sufrir?». «Mis hijos estarían mejor sin mí, no hago sino estorbar, no puedo darle cariño a nadie». En mi concepto, uno de los síntomas más graves y dolorosos de la depresión es la pérdida de la capacidad de sentir placer, que en psiquiatría llamamos anhedonia. La vida, en medio de las dificultades, incertidumbres, frustraciones, pérdidas, etc., está llena también de recompensas que podemos disfrutar gracias a que generan alguna sensación placentera (comer, conversar, pasear, divertirse, entre otras.). En la enfermedad, las personas pierden esta capacidad y, en consecuencia, comienzan a

preguntarse por el sentido de la vida —al no encontrarlo, pues el sentido que cada uno da a la vida está en general dado por las cosas que disfruta, siente que esta carece de sentido y, en consecuencia, piensan que no vale la pena vivir, más aún cuando están experimentando tantos otros sufrimientos. Con este panorama, es muy común que las personas comiencen a sentir deseos de morir, e incluso lleguen a pensar en el suicidio —está plenamente confirmado que la depresión es la principal causa de suicidio. En otros casos, por el contrario, la idea aparece como un temor constante de llegar a morir o de que fallezcan los seres queridos.

No se quede con el diagnóstico, busque ayuda Es posible que al leer este artículo haya identificado en usted, o en alguien conocido, algunos de los síntomas que se han relatado. Esta no es una posibilidad remota pues la depresión, lejos de ser una enfermedad rara, es por el contrario una de las patologías que más afectan hoy en día a la población colombiana y, en general, a toda la humanidad. Puede presentarse en cualquier época de la vida, incluso en la infancia, y aunque hay factores que harán a unas personas más vulnerables que a otras, nadie está exento de padecerla —como decimos en Colombia, con humor, «ocurre hasta en las mejores familias». Ahora bien, lo importante no solo es reconocer la depresión sino tratarla. Hay muchas razones para recomendar que hasta las formas más leves de este mal deben recibir algún tipo de ayuda, pues además del sufrimiento que los sín-

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Causas y consecuencias del estrés sociocultural en los adolescentes anyi d. giraldo a., maría p. hernández c., maría p. león s., maría c. rueda r. y andrea barrero hernández1 La depresión es una enfermedad tratable, y aunque los médicos cada vez utilizamos menos la expresión, puede decirse que, en muchos casos, es curable —dependiendo de diversas circunstancias.

tomas generan, el trastorno, al ser una alteración no solo mental sino también física, hace que la persona corra el riesgo de enfermarse de otras patologías como problemas graves en el aparato gastrointestinal (gastritis, úlcera, etc.); a nivel metabólico (desnutrición, obesidad, elevación del colesterol, los triglicéridos y la glicemia) y del sistema cardiovascular (hipertensión arterial, arritmias cardiacas e incluso enfermedad coronaria con el riesgo de presentar un infarto o un accidente cerebrovascular). Además, la depresión hace que el sistema inmune —las defensas del organismo— trabajen de manera deficiente, exponiendo a la persona a padecer cuadros infecciosos, y puede aumentar el riesgo de padecer algún tipo de cáncer.

Afortunadamente hay solución La buena noticia es que es posible superar este mal y volver a sentirse bien como antes. La depresión es una enfermedad tratable, y aunque los médicos cada vez utilizamos menos la expresión, puede decirse que, en muchos casos, es curable —de-

pendiendo de diversas circunstancias. Hoy en día contamos con un arsenal de herramientas terapéuticas de diversa índole. Por un lado, existen medicamentos especiales para corregir las alteraciones químicas cerebrales que ocurren en la enfermedad, los llamados «antidepresivos» con un alto perfil de seguridad y buena tolerancia, y que no tienen ningún riesgo de producir dependencia —uno de los temores más grandes que las personas tienen con respecto a los medicamentos psiquiátricos. Por otro lado, es siempre muy importante el apoyo psicológico, que ayuda a entender la enfermedad, a identificar los factores que pudieron participar en su origen, y a desarrollar estrategias para enfrentarla, superarla y evitar que se repita.

Este proyecto de investigación —realizado por adolescentes para adolescentes— permitió conocer algunas causas y consecuencias del estrés, con énfasis en la dimensión sociocultural, centrándose en el ámbito psicológico y de salud física. Igualmente, presenta una propuesta pedagógica para el manejo de este trastorno. 1 Alumnas de institución educativa, de carácter privado, de Bogotá D. C. Estudio realizado en el marco de la cátedra «Metodología de la Investigación», tutor Freddy Armando Cuervo, 2014.

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El estrés es una sensación que se crea al reaccionar a ciertos eventos, que cubren una variedad de situaciones, por lo que el cuerpo enfrenta dificultades. Algunos de los factores que lo causan son presiones familiares, emocionales, económicas, de convivencia y académicas. El estrés se presenta en la medida que no se tiene la suficiente información para sobrellevar el padecimiento de este trastorno. Los problemas en el entorno cercano, la ansiedad y el exceso de trabajo, entre otros, son los principales motivadores que provocan el estrés escolar en los adolescentes, que sin la correcta orientación puede llevar hasta el suicidio. Es posible identificar en la comunidad adolescente la fal-

Tenga en cuenta…. Las enfermedades son parte de la vida normal, y por lo tanto tener buena salud no significa no tenerlas, sino reconocerlas y tratarlas de la mejor manera posible, haciendo los ajustes en nuestros hábitos para que afecten lo menos posible la calidad de vida que todos deseamos.



Las Tecnologías de Información y Comunicación (tic), y su avance permanente, es un generador de estrés en los estudiantes por diversos factores: la comunicación a través de estas herramientas que en algunas ocasiones se convierte en «adicción», la consulta para realizar trabajos escolares y, especialmente, la necesidad de estar actualizados con las ofertas del mercado en materia de productividad y competitividad.

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ta de conocimiento para abordar correctamente el tema, es por ello que esta indagación de las causas que generan este tipo de trastorno puede brindar a la comunidad educativa, al Estado y a la sociedad en general, algunas herramientas que posibiliten al individuo tomar una posición en la que pueda desarrollar habilidades por sí mismo para enfrentar situaciones estresantes que, posteriormente, impidan el desarrollo del trastorno en el ámbito escolar.

¡A los adolescentes sí nos preocupan nuestros pares!

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En algún momento de la vida el individuo experimenta sentimientos de tristeza, ansiedad, mal humor, insomnio, dolor

de cabeza, son síntomas asociados con el estrés los cuales pueden ser normales en los adolescentes, aunque en algunos casos podrían ser trastornos mentales que llevan a la persona a reaccionar de manera «indebida»; estos malestares persisten en el tiempo. El estrés es una de las enfermedades más frecuentes en esta época, y por la dimensión que alcanza esta sensación, en cada vez más personas, algunas autoridades consideran que debe tratarse como un problema de salud pública. Debe ser una prioridad tener mejor calidad de vida. Expertos consideran que para lograr este estado deben existir entornos saludables, no solo para lograr la salud de estudiantes en desarrollo, sino también para hacer un aporte positivo a la productivi-



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Para el manejo del estrés «(...) deben existir entornos saludables, no solo para lograr la salud de estudiantes en desarrollo, sino también para hacer un aporte positivo a la productividad».

dad del país en un futuro próximo. Esta problemática, que día a día genera mayor preocupación, plantea desafíos que deben ser atendidos con rapidez y eficacia por parte del Gobierno, instituciones educativas, maestros y padres de familia. En el estrés se ven reflejadas conductas como reacciones y problemas de convivencia en el entorno, que no son normales en un adolescente y, es por esto, que se da la necesidad de analizar las causas y consecuencias del trastorno. En exceso, este «mal» puede ocasionar problemas graves de salud, cambios de personalidad y de ánimo repentinos. Para Sells (1970), el «estrés es la falta de disponibilidad de respuestas adecuadas ante una situación que produce consecuencias importantes y graves». Para Appley y Trunbull (1967) «se trata de situaciones nuevas e intensas, rápidamente cambiantes e inesperadas»; Pepitone (1967), por su parte, «considera que son los motivos implicados en situaciones específicas como el logro». Esto último, «es consecuencia directa de la sociedad en la que vivimos, en la que cada día nos vemos sometidos a más exigencias y presiones a las que tarde o temprano no somos capaces»2 de afrontar. Por el otro lado, el ámbito sociocultural —entendido como el sistema de creencias, normas, actitudes, valores, principios y estilos de vida, cultura, modos y formas de interpretar la vida, la muerte, la enfermedad, la discapacidad, el desplazamiento, las drogas, entre muchos otros factores— al ser intervenido, promueve procesos de aceptación y de 2 Recuperado de (2014, 10 de noviembre) http://www.saludenfamilia.es/general. asp?seccion=514

inserción social, facilitando el diseño de un nuevo plan de vida (proyecto), haciendo del individuo un ser humano altamente funcional en lo concerniente a su grupo primario y frente a la sociedad, partiendo desde su propia autogestión —«yo puedo»— de manera permanente (Molina, 2008). Hugo Edgar Ruiz (2008) dice que «la intervención sociocultural, permite disminuir el malestar emocional causado por los diferentes hechos traumáticos y/o estresores; previene daños psicológicos mayores, facilita el reforzamiento de actitudes, valores familiares, cohesión con el grupo, la pareja, los hijos, la recuperación de forma integral, la conciliación con el entorno laboral, social, familiar, el país, etc». En este contexto, este estudio seleccionó una muestra de adolescentes pertenecientes a los grados décimo y undécimo de una institución educativa, quienes permitieron a las autoras de este escrito, con métodos como la entrevista y la encuesta durante los años 2013 y 2014, encontrar causas posibles del estrés escolar. Esto lo veremos más adelante.

Pero, ¿cuáles son las causas? Silvia Russel (2009) indica claramente que «los factores externos son tan sólo un elemento (en ocasiones determinante, en otras secundario) en el desarrollo del estrés en una persona. Más bien, su desarrollo está condicionado por la capacidad de cada uno para hacer frente a situaciones estresantes, en las que tienen especial importancia sus características particulares, como la personalidad, las estrategias que adopta y el apoyo social con el que cuenta».

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Para Lazarus y Folkman (1986), «El afrontamiento “es el proceso a través del cual el individuo maneja las demandas de la relación individuo-ambiente que evalúa como estresantes y las emociones que ello genera». (P. 44). De acuerdo con Berrío y Mazo (2011), «El estrés académico (…) Aproximadamente desde hace 10 años es un tema de investigación en psicología clínica y educativa, y se le ha relacionado con variables como género, edad (…)», etc.

Es posible identificar en la comunidad adolescente del colegio, específicamente de los grados superiores, la falta de conocimiento para abordar el tema que permita impedir el desarrollo del estrés en el ámbito escolar. Visto de otro modo, se plantea que los principales promotores de este padecimiento son agentes externos que influyen en el cambio físico y psicológico de la persona y, a partir de ello, se proponen métodos de manera poco específica que contribuyan en la resolución del conflicto tales como la orientación profesional sobre el estrés escolar, las causas que lo provocan, y espacios de recreaciones lúdicas que generen un cambio en la rutina de cada individuo.

Desarrollo de la investigación La técnica del estudio realizado fue tanto cualitativa como cuantitativa (mixta), las cuales aportaron instrumentos para la recolección de la información. Las preguntas realizadas y los resultados arrojados, que debían expresar el porqué de la opinión, tenían que ver con diversas variables. Al interrogar a las adolescentes estos fueron los comentarios: 1. ¿considera que la carga académica del colegio es un factor de estrés?, el 87% mencionó que sí y el 13% no; 2. ¿sus relaciones personales influyen en sus cambios de ánimo?, el 22,2% dijo que nunca, el 62,2% algunas veces y el 15,5% siempre; 3. ¿cuál es el factor principal por el que usted presenta estrés?, dinero el 20%, la familia el 24,4%, relaciones personales y escolares el 51,1%,

y otros aspectos el 4,4%; 4. ¿ha sufrido usted de alguna forma de presión social?, sí 71,1%, no el 28,8%. Análisis de datos. Los resultados recolectados permiten inferir que el estrés en adolescentes es uno de las causas más influyentes en la vida cotidiana de las estudiantes. Como se mencionó anteriormente tiene repercusiones graves en diversos campos como el familiar y el emocional, solo por mencionar algunos. Las cifras nos permiten afirmar que la hipótesis central del estudio: «El estrés que se presenta en las personas se debe a la gran variedad de factores tanto externos como internos de la vida que repercuten en sus metas, objetivos y salud», es correcta. Reconocer cuáles son las motivaciones principales del estrés, y estar psicológicamente preparados para enfrentarlo, facilitan los procesos para encontrar nuevamente la tranquilidad. Las preguntas cerradas buscaron medir con exactitud el porcentaje de participantes que consideraban tener algún nivel de estrés a causa de la labor escolar o de la presión social que se vive en el colegio. Asimismo, se incluyeron preguntas abiertas que permitieron medir la frecuencia con la que se presenta esta situación y, por medio del análisis de la argumentación de cada estudiante, llegar a una conclusión que nos indicara qué tan equivocada o acertada fue la hipótesis, enfocándonos de una manera profunda en las diferentes variantes que se derivan de este fenómeno.

Evidentemente la carga escolar a la que se enfrentan los estudiantes día a día es una causa eminente de estrés que, aunque es la principal, no es la única. Como se observó en la encuesta, factores como la presión social, los problemas familiares y la situación económica también influyen considerablemente en la tranquilidad de las estudiantes de grado décimo y undécimo, lo que respalda una de las hipótesis iniciales, a saber, que el trastorno también es «(…) generado por la presión sociocultural durante el desarrollo y crecimiento» de las adolescentes. Finalmente, a partir de las encuestas encontramos que el estrés por las relaciones personales y escolares es uno de los que más incrementan el trastorno. Y, en cuanto a la presión social, se evidenció que las adolescentes la sienten, especialmente, en el momento que buscan ser el prototipo de hombre o mujer que la sociedad, a la cual pertenecen, les «exige».

Propuesta pedagógica Con la propuesta se quiso aportar a la solución de la problemática planteada en el trabajo de investigación, más aún cuando salieron a flote los mayores conflictos vividos por los estudiantes lo que hace necesario plantearla para que el desenlace del estudio sea fructífero. Árbol de Problemas Tras comprobar la certeza de la hipótesis fue evidente la necesidad de dar a conocer a través de »  67

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conferencias o conversatorios, no solo la problemática del estrés en los adolescentes, sino también posibles maneras de controlarlo y superarlo, con el fin de evitar decisiones de los jóvenes que van en contra de sí mismos, como las drogas o el alcoholismo, y demostrar a través de la implementación de esta propuesta que un adecuado manejo del tiempo libre puede controlar los niveles de estrés presentes en la población estudiantil. Otra de las soluciones para gestionar el estrés en los adolescentes es promover pausas activas para regular el estrés en el colegio con el fin de concientizar a los estudiantes para que aprendan a manejar el tiempo y distribución de las actividades diarias, evitando problemas asociados con el estrés que perjudican la salud. La propuesta incluye alternativas como la realización permanente de campañas o programas lúdicos, de interés para esta población, logrando, a través del juego o las actividades culturas y deportivas, el aprendizaje de aquellas recomendaciones que muchos expertos ya han diseñado a través de modelos para el manejo del trastorno. La participación activa de los estudiantes es fundamental para el éxito de la implementación de este tipo de proyectos, los cuales, pueden iniciar con una experiencia piloto para poder realizar los ajustes requeridos de acuerdo con los resultados obtenidos y las sugerencias planteadas por todos los involucrados. Para el caso que nos atañe, en el mes de agosto de 2014 se implementó la propuesta pedagógica a los estudiantes de grado undécimo, la cual arrojó resultados satisfactorios para los investigadores porque se llegó al objetivo. Finalmente, y después de recibir los comentarios de los estudiantes, el equipo concluyó que es indispensable la intervención y orientación oportuna para lograr una focalización adecuada del estrés y, así, obtener los resultados deseados tanto a nivel académico como en la convivencia. De otra parte, observamos que las personas realizaron la actividad con seriedad lo que aseguró buenos efectos a la hora de ponerla en práctica, ayudando a disminuir los niveles de estrés en el orga68  » 

Árbol de Problemas

nismo, especialmente en la época en que se implementó teniendo en cuenta la carga académica en el segundo semestre del año, y para combatir el estrés por las pruebas del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes) que habían pasado. La propuesta fue recibida con agrado e interés por parte de los estudiantes evidenciado su motivación para seguirlas realizando en la cotidianidad, cumpliendo de esta forma con el propósito del estudio. Consideramos que esta indagación, ejecutada por adolescentes para adolescentes, es importante como experiencia para nuestra vida, ya que nos permitió analizar las problemáticas que nos afectan y así poder argumentar las causas y efectos de las mismas; además, aportó al conocimiento en la medida que visibilizamos la realidad que nos ha tocado vivir, buscando desde la raíz los factores que alteran nuestro bienestar como el estrés el cual, entre otras consecuencias, está creando una sociedad llena

de prototipos que cohíben a las personas ser ellas mismas y tener su propio estilo.

Referencias bibliográficas -- Universidad de concepción. Problemas de salud, estrés, afrontamiento, depresión y apoyo social en adolescentes. 2006. -- Universidad de Murcia. Las estrategias de afrontamiento y su relación con el nivel de bienestar psicológico. 2005. -- Garcia R. (2004). El suicidio: causas y prevención. La psicología social en México. PP. 155-162. México. -- Universidad Pedagógica de Durango. El estrés académico en alumnos de media. 2007. -- http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/revPsycho/article/viewArticle/239 -- http://www.scielo.sa.cr/scielo.php?pid=S14090152003000200003&script=sci_arttext -- http://www.psykhe.cl/index.php/psykhe/article/view/49 -- http://dialnet.unirioja.es/servlet/ libro?codigo=309887 -- http://www.medigraphic.com/pdfs/salmen/sam2005/sam054i.pdf -- http://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/2358918.pdf