193972_965.pdf20180904-20266-1t

4 sept. 2018 - Visto, el Informe N° 1138-2015-ERP-ByP, de fecha 03 de agosto de ... rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ...
238KB Größe 3 Downloads 1 vistas
MINIST ERI O DE SAL UD

• Visto , el Informe N° 1138-2015-ERP-ByP, de fecha 03 de agosto de 2015, contenido en los Expedientes NDs 14-016872-001 y 14-016872-002, sobre el subsidio por gastos de sepelio, solicitado por doña MARIA ELENA ESPINOZA DELGADO ;

CONSIDERANDO: Que , con escrito de fecha 13 de febrero del 2014, doña MARIA ELENA ESPINOZA DELGADO identificada con D.N.I N° 07397798, solicita el subsidio por gastos de sepe lio de doña DELFINA REYES LOZA DE DELGADO , adjunta ndo para tal efecto, copia certificada del Acta de Defunción N° 05758054, expedido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC , San Borja , que obra a fojas 1g, donde se señala como fecha de fallecimiento el día 24 de diciembre de! 2013; Que, mediante Boletas de Venta NDs 0047209, 0043200 Y 0047210 emitidos por la Funeraria Jardines SA "FUNJAR", que obran a fojas 15, 14 Y 13 respectivamente , se acredita que la solicita nte , en su condición de nieta de la causa nte, sufragó los respectivos gastos de sepelio de doña DELFINA REYES LOZA DE DELGADO; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual N° 1557-2014-SERL-EIE-OARH-OGGRH , expedidc por el Equipo de Ingreso y Escalafón , que obra a fojas 10, la causante doña DELFINA REYES LOZA DE DELGADO fue pensionista de la Sede Centra l del Ministerio de Salud, en el cargo de Supervisor de Conservación y Servicio 1, Nivel STB; Que, el inciso j) del artículo 142 del Reglamento del Decreto Legis lativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM , dispone el otorgamiento de subsidio por gastos de sepelio , y el artícu lo 145 dispone el otorgamiento de dos remuneraciones totales por gastos de sepelio , a quien haya efectuado los mismos; 0

0

Que , no ob stante de la lectura del precitado articulo, se col ige que éste solo se aplica a los servidores activos de la Administración Pública , de tal manera que el artícu lo 149° del mismo dispositivo legal, ha extendido los al cances de dichos subsidios a los cesantes , al señalar que "Los funcion arios, servidores contratados y personal cesante de la entidad tendrén acceso a las progr;¡ mas de bienestar y/o incentivos en aspectos qu e correspondan "; Que , media nte Resolu ción de Sala Plena W 00 1-2011-SERVI R/TSC . publi cada el 18 de junio dEl 201 1, en el Dia rio Ofici al "El Peruano", el Tribun al del Servi cio Civi l acord ó establece r, como precedente admi nistrativo de observancia obligatoria, la ap licacion de !a Remuneración Total, pa ra el calculo de beneficios, bonificaciones, subsid ios y asig naciones por serv icios al F:stado; Que , a tra vés del Informe Legal W 524-201 2- SERVIRiGPG SC l"xpeo!dG con fecha 21 de :Jiciembre del 2012 , por la Gere ncia de Po líticas de Gestión del ServicirJ Civil. se fJrecisa ia GstrLictura de: S ! st2n~;> dE:

pago y base de cálculo de derechos, del régimen de carrera administrativa regulado por el Decreto Legislativo W 276; Que, mediante Informe Técnico W 356-2014-SERVIR/G PG SC de fecha 06 de junio del 2014, emitido por la Gerencia de Politicas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, señala lo siguiente: Los precedentes adm inistrativos establecidos por el Tribunal del Servicio Civil en la Resolución de Sala Plena W 001-2011-SERVIR/TSC son exigibles a todas las entidad es públicas comprendidas en el ámbito del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos a partir del 18 de junio del 2011 , debiendo las entidades tener en cuenta los criterios señalados en el Informe Legal W 524-2012SERVIRIGPGSC, mediante el cual se complementó lo indicado en el precedente vinculante del Tribunal , estableciendo los conceptos que integran la remuneración total; Que, conforme a lo expuesto, de acuerdo al Informe del Visto , emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, la remuneración total mensual de la mencionada ex - pensionista asciende a SI. 129.83 Nuevos So les, por lo que corresponde otorgar a favor de doña MARIA ELENA ESPINOZA DELGADO, la suma de SI. 259 .66 Nuevos Soles , equivalente a dos (02) remuneraciones totales mensuales , por concepto de subsidio por gastos de sepelio ocurrido por el deceso de doña DELFINA REYES LOZA DE DELGADO; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficin a Gen eral de Gestión de Recursos Humanos; y,



De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remu neraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM , y la Ley N° 30281 , Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE : ARTíCULO 1°._ RECONOCER a favor de dOlla MARIA ELENA ESPINOZA DELGADO , la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 66/1 00 NUEVOS SOLES (SI. 259.66). equivalente a dos (02) remuneraciones totales mensuales de SI. 129.83 Nuevos Soles, por concepto de subsidio por gastos de sepelio de doña DELFINA REYES LOZA DE DELGADO, conform e a los fundamentos expuestos en la parte cons iderativa de la presente resolución . ARTíCULO 2°._ El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución , estará supeditado a la disponibilidad presupuestal existente en la Especifica de Gasto: 2.2.23.43 de la Meta: 0133, de la Unidad Ejecutora 001, Plie!lo 11 - Ministerio de Salud . ARTíCULO 3°._ La Oficina General de Administració n a través de la Oficina de Economía , es la encargada de dar cumplimiento a la presente resolución. ARTíCULO 4°._ NOTIFICAR la presente resolución en el domicilio de la beneficiaria , sito en Calle Rioja N" 244, Urb. Santo Domingo, distrito de La Victoria. ARTíCULO 5°. _ Encargar al Archivo Centra l, la incorporación de le: presente resolución en el legajo personal de doña DELFINA REYES LOZA DE DELGADO. Regístrese y Comun ' ,

()l

ISPF. eH