18

15 ago. 2018 - Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. Si es mayor el haber del. 001-000 se debe otorgar el aumento de. Docente ...
732KB Größe 8 Downloads 4 vistas
www.diarioprevisional.com.ar

2018

“Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

Buenos Aires, 15 de agosto de 2018

CIRCULAR DP Nº 48/18 MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS - DOCENTES UNIVERSITARIOS - MENSUAL SEPTIEMBRE/2018

En atención a la resolución RESOL-2018-11-APN-SECSS#MT, se comunica que el índice de movilidad a aplicar sobre los haberes previsionales de los beneficios del Régimen Docente Universitario a partir de septiembre de 2018, es del 7,38%. Se detallan las pautas establecidas para dar cumplimiento a la liquidación de la movilidad para este tipo de prestaciones, según las particularidades de cada una de ellas. 1. Tratamiento por Ley Aplica de las prestaciones Docente Universitarios: 1. Ley Aplicada UA (Docente Universitario Puro) Conceptos: Marca de tope: Aumento:

001-000 "E" 7,38%

Solo debe contener este código de haber, de lo contrario es un error. Escala de Deducción. Movilidad Docente Universitario.

2. Ley Aplicada UB (Ley anterior con simultaneidad Docente Universitario) Conceptos: Marca de tope: Aumento:

Área destinataria: Área emisora: Contacto:

001-000 001-153 "E" 6,68%

No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados. Escala de Deducción. Movilidad Ley General haberes.

sobre

ambos

UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: “PAGO DE PRESTACIONES” Subtema: “MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES”

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

2018

“Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

3. Ley Aplicada UC (Ley 24.241 con simultaneidad Docente Universitario)

Conceptos:

Marca de tope: Aumento:

001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 No puede tener 001-000 u otro distinto a los ó 001-005 informados. ó 001-014 combinado con 001-153 "E" 6,68%

Escala de Deducción. Movilidad haberes.

Ley

General

sobre

ambos

4. Ley Aplicada UD (Ley Especial 24.018 con simultaneidad Docente Universitario) Conceptos: Marca de tope:

001-000 001-156 "E"

No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados. Escala de Deducción. Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. Si es mayor el haber del 001-000 se debe otorgar el aumento de Docente Universitario (7,38%). Si es mayor el importe del 001-156 debe generarse un reporte para enviar a la Dirección de Trámites Complejos para que la movilidad sea tratada manualmente.

Aumento:

5. Ley Aplicada UE (Haber conjunto Ley 22.929 con Docente Universitario) Conceptos: Marca de tope:

Aumento:

Área destinataria: Área emisora: Contacto:

001-000 001-155 "E"

No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados. Escala de Deducción. Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. Si es mayor el haber del 001-000 debe generarse un reporte para enviar a la Dirección de Trámites Complejos para que la movilidad sea tratada manualmente. Si es mayor el importe del 001-155 se debe aplicar la movilidad del Docente Universitario (7,38%).

UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: “PAGO DE PRESTACIONES” Subtema: “MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES”

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

2018

“Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

6. Ley Aplicada UF (Haber conjunto Dto. 160/05 Ley 24.241 con Docente Universitario)

Conceptos:

Marca de tope:

001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 No puede tener 001-000 u otro distinto a los ó 001-005 informados. ó 001-014 combinado con 001-153 y 006-023 "E"

Escala de Deducción. Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. Si es mayor el importe de los 001-XXX + 006-023 (Haber de Investigador Científico) se otorga la movilidad de Ley General (6,68%). Si es mayor el importe del 001-155 se aplica la movilidad para Docente Universitario (7,38%).

Aumento:

7. Ley Aplicada UG (Haber conjunto Ley 24.016, Dto. 137/05, Leyes Anteriores con Docente Universitario)

Conceptos:

Marca de tope:

Aumento:

Área destinataria: Área emisora: Contacto:

001-000 001-155 No puede contener códigos de haber de Ley con 24.241 u otro distinto a los informados. 006-022; 006-25 ó 006030 "E"

Escala de Deducción. Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. Si es mayor el importe de los 001-000 más el Suplemento Docente (Haber Docente) se otorga la movilidad Docente (9,54%). Si es mayor el importe del 001-155 se aplica la movilidad para Docente Universitario (7,38%).

UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: “PAGO DE PRESTACIONES” Subtema: “MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES”

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

2018

“Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

8. Ley Aplicada UH (Haber conjunto Ley 24.016, Dto. 137/05, Ley 24.241 con Docente Universitario)

Conceptos:

Marca de tope:

001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 ó 001-005 No puede tener 001-000 u otro distinto a los ó 001-014 informados. combinado con 001-155 y 006-022; 006-025 ó 006-030 "E"

Escala de Deducción. Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. Si es mayor el importe de los 001-000 más el Suplemento Docente (Haber Docente) se otorga la movilidad Docente (9,54%). Si es mayor el importe del 001-155 se aplica la movilidad para Docente Universitario (7,38%).

Aumento:

9. Ley Aplicada UV (Ley 24.241 Ex-Capitalización con simultaneidad Docente Universitario)

Conceptos:

Marca de tope: Aumento:

Área destinataria: Área emisora: Contacto:

001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 combinado con 001-153 más 003-XXX ó 005-XXX ó 006-900; 006-934 ó 006-935 "E" 6,68%

No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados. El tratamiento es igual al dispensado a la Ley Aplicada UC, con la única diferencia que en la liquidación existen conceptos del ex-régimen de capitalización (003-XXX ó 005-XXX). Escala de Deducción. Movilidad Ley General para todos los haberes a excepción de los 005-XXX y 006900, 006-934 y 006-935.

UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: “PAGO DE PRESTACIONES” Subtema: “MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES”

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

2018

“Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

10. Ley Aplicada UX (Docente Universitario Puro con haberes de RVP)

Conceptos:

Marca de tope: Aumento:

001-000 combinado con el 005XXX ó 006-900; 006-934 ó 006-935

"E" 7,38%

Solo debe contener los códigos de haber detallados, de lo contrario es un error. Si se registra algún 005-XXX pueden coexistir los conceptos 114-923 ó 114-925. El tratamiento es igual al dispensado a la Ley Aplicada UA, solo que la liquidación existen haberes pertenecientes a Renta Vitalicia Previsional (005-XXX) o Rentas Vitalicias Garantizadas (006-900; 006-934 ó 006-935), los cuales no deben ser incrementados por aplicación de la movilidad. Escala de Deducción. Movilidad Docente Universitario solo en 001-000.

11. Ley Aplicada UZ (Haber conjunto Ley 24.016, Dto. 137/05, Ley 24.241 ExCapitalización con Docente Universitario)

Conceptos:

Marca de tope:

Aumento:

Área destinataria: Área emisora: Contacto:

No puede tener el concepto 001-000 u otro distinto a los informados. 001-001; 001-002 y/o Si se registra algún 005-XXX pueden 001-003 coexistir los conceptos 114-923 ó 114-925. ó 001-004 El tratamiento es igual al dispensado a la ó 001-005 Ley Aplicada UH, solo que la liquidación ó 001-014 existe un haber del ex-régimen de combinado con 001-155 capitalización (003-XXXó 005-XXX). más 003-XXX Los conceptos 001-XXX + 006-025 + 003ó 005-XXX XXXó 005-XXX deben asumirse para definir ó 006-900; 006-34 ó el haber Docente, al momento de establecer 006-935 el haber de mayor importe para aplicar la movilidad. "E"

Escala de Deducción. Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. Si es mayor el importe de los 001-XXX más el Suplemento Docente (Haber Docente) se otorga la movilidad Docente (9,54%). Si es mayor el importe del 001-155 se aplica la movilidad para Docente Universitario (7,38%).

UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: “PAGO DE PRESTACIONES” Subtema: “MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES”

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

2018

“Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

12. Ley Aplicada US - Acumulación de Beneficios Docentes Universitarios (acordados por Leyes anteriores a la Ley 24.241) con Prestaciones del IAF.

Conceptos:

Marca de tope:

Aumento:

Área destinataria: Área emisora: Contacto:

Beneficio Docente Universitario más beneficio de Caja 75 que superan el tope.

"E"

No puede contener códigos de haber de Ley 24.241. Esta Ley Aplicada opera en forma análoga a la Ley Aplicada UH.

Escala de Deducción. Si la suma de conceptos de haber es inferior al haber mínimo, se aplicará aumento de Docente Universitario (7,38%) pudiendo resultar que: o El haber, luego de aplicar el aumento, supere el Haber Mínimo, en cuyo caso se limitará el haber al Haber Mínimo. o El haber, luego de aplicar el aumento, NO supere el Haber Mínimo, en cuyo caso se liquidará el haber mínimo de ley. o Si la suma de conceptos de haber es mayor al haber mínimo, NO se deberá aplicar movilidad alguna y NO se limitará el haber al mínimo de ley general.

UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: “PAGO DE PRESTACIONES” Subtema: “MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES”

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

2018

“Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

13. Ley Aplicada UT - Acumulación de Beneficios Docentes Universitarios (acordados por Ley 24.241) con Prestaciones del IAF.

Conceptos:

Marca de tope:

Beneficio Docente Universitario más beneficio de Caja 75 que superan el tope.

"E"

No puede contener el código 001-000, los conceptos liquidados deben pertenecer a Ley 24.241. Esta Ley Aplicada opera en forma análoga a la Ley Aplicada UH. Escala de Deducción. Si la suma de conceptos de haber es inferior al haber mínimo, se aplicará aumento de Docente Universitario (7,38%) pudiendo resultar que: o El haber, luego de aplicar el aumento, supere el Haber Mínimo, en cuyo caso se limitará el haber al Haber Mínimo. o El haber, luego de aplicar el aumento, NO supere el Haber Mínimo, en cuyo caso se liquidará el haber mínimo de ley. o Si la suma de conceptos de haber es mayor al haber mínimo, NO se deberá aplicar movilidad alguna y NO se limitará el haber al mínimo de ley general.

Aumento:

Nota: Si un beneficio, catalogado con una Ley Aplicada que pertenezca a Docentes Universitarios presentase alguna inconsistencia, el mismo deberá marcarse con “Error Grave” y será excluido del proceso de movilidad que en este documento se trata, al tiempo que deberá generarse el reporte correspondiente para su saneamiento. Se brinda un ejemplo de compensación de Haber por diferencia en el incremento de PBU. Ejemplo 1: Ley Aplicada UH. 8.a. El haber de la prestación establecido por Ley 26.508 (001-155) es menor al haber establecido Ley 24.016/ Decreto 137/05, Ley 24.241 (001-XXX + 006-025). Se debe aplicar la movilidad para el régimen Docente = 9,54%

Área destinataria: Área emisora: Contacto:

UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: “PAGO DE PRESTACIONES” Subtema: “MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES”

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

2018

“Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

Liquidación 08/2018: 001-001 $ 3.825,00

001-002 $ 6.500,00

001-003 $ 4.500,00

006-025 $ 1.100,00

001-155 $ 2.500,00

Total $ 18.425,00

Liquidación 09/2018: La PBU debe incrementarse por la movilidad de ley general, respetando el monto establecido por Resolución a $ 4.080,51, por cuanto, deberá establecerse cuanto se abona en defecto en concepto de PBU (respecto de la movilidad docente) para sumarlo al suplemento: PBU (Ley general) = PBU (Docente) = Diferencia de PBU =

$ 3.825,00 * 1,0668 $ 3.825,00 * 1,0954

($ 4.080,51 - $ 4.189,91)

= $ 4.080,51 = $ 4.189,91

= $ 109,40

Importe que debe adicionarse al suplemento docente, para balancear lo abonado en defecto en la PBU.

Luego la liquidación del mensual 09/2018 resulta: 001-001 + 6,68%

001-002 + 9,54%

001-003 + 9,54%

$ 4.080,51

$ 7.120,10

$ 4.929,30

006-025 + 9,54% + Diferencia de PBU $ 1.204,94 + $ 109,40 = $ 1.314,34

001-155 + 9,54%

Total

$ 2.738,50

$ 20.182,75

8.b. El haber de la prestación establecido por Ley 26.508 (001-155) es mayor al haber establecido por Ley 24.016/ Decreto 137/05 y Ley 24.241 (001-XXX + 006025) Para estos casos debe aplicarse la movilidad para el régimen Docente Universitario = 7,38%. Liquidación 08/2018: 001-001 $ 3.825,00

Área destinataria: Área emisora: Contacto:

001-002 $ 3.500,00

001-003 $ 1.500,00

006-025 $ 2.000,00

001-155 $ 15.000,00

Total $ 25.825,00

UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: “PAGO DE PRESTACIONES” Subtema: “MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES”

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

2018

“Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

Liquidación 09/2018: La PBU debe incrementarse por la movilidad de ley general, respetando el monto establecido por Resolución a $ 4.080,51, por cuanto, deberá establecerse cuanto se abona en defecto en concepto de PBU (respecto de la movilidad docente universitario) para sumarlo al suplemento: PBU (Ley general) = PBU (D. Universitario) =

$ 3.825,00 * 1,0668 $ 3.825,00 * 1,0738

Diferencia de PBU =

= $ 4.080,51 = $ 4.107,29

($ 4.080,51 - $ 4.107,29)

= $ 26,78

Importe que debe adicionarse al 001155, para balancear lo abonado en defecto en la PBU.

Luego la liquidación del mensual 09/2018 resulta: 001-001 + 6,68%

001-002 + 7,38%

001-003 + 7,38%

006-025 + 7,38%

$ 4.080,51

$ 3.758,30

$ 1.610,70

$ 2.147,60

Área destinataria: Área emisora: Contacto:

001-155 + 7,38% + $ 26,78 $ 16.107,00 + $ 26,78 = $ 16.133,78

Total $ 27.730,89

UDAI y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: “PAGO DE PRESTACIONES” Subtema: “MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES”

www.diarioprevisional.com.ar