15 rEB. 2016

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N' /q Llma,

V¡stos,

el

Expedienle

N"

934479-2015-MINCETUR,

-20r6-ur{cEruRMúr/DcJcrr

15 rEB. 2016 de fecha

1'1.12.2015,

la

empresa

S.R.L. solic¡ta autorización expresa para la explotación de máquinas lragamonedas en la sala LA 7 SIETE, ubicada en el ub¡cada en el Resiaurante Cinco Tenedores Turfstico "Uchukuta", en la Av. 28 de Julio N" 373, Distrito de Huacho, Provincia de Huaura y Departamento de Lima;

Que, mediante Ley N" 27'153, y normas modif¡catorias, y su Reglamento aprobado med¡ante Decreto N" 009-2@2-MINCETUR, sa reguló la explotación de los ¡uegos de cas¡no máquinas tragamonedas en el pais, establec¡éndose en el artículo 24' del citado cuerpo legal que coresponde a la

y

Dirección General de Juegos de Casino

y

Máquinas Tragamonedas las lacultades admin¡strativas de

autor¡zac¡ón, f¡scalizac¡ón, supsNisión, evaluación y sanción vinculadas a las erelotaciones antes referidas;

Que, el artfculo 14" de la Ley antes mencionada así como el art¡culo 7" de su Reglamento, esiablecen los requ¡s¡tos que los solicibntes deben cumplir para a@eder a la mencionada autorización;

Que, med¡ante Expediente N' 934479-2015-MINCETUR, de fecha 11.12.2015, la empresa TRANSYTOUR S.R.L. sol¡c¡tia autorización expresa para la explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos LA 7 SIETE, ubicada en el Rsstauranle C¡nco Tenedores Tur¡st¡co 'Uchukuia', ub¡cado en la Av. 28 de Jul¡o N" 373, Distrito de Huacho, Provincia de Huaura y Departamento de L¡ma; Que, en observancia a lo establecido en el artlculo 6o de la Ley 21753, modif¡cada por la Ley No presenta: i) Certif¡cado con N' de Registro: 002-12-15-DIRCETUR LIMA, de fecha 17.12.2015, vigente hasta el 17.12.2O2O, smilido por la Dirección Regional de Comerdo Exterior y Tur¡smo,

277 , la solic¡tante

-esto es, el establecimiento denominado Restaurante Cinco Tenedores Tur¡st¡co 'Uchukuta', ub¡cado la Av. 28 de Jul¡o N'369, D¡str¡lo de Huacho, Prov¡nc¡a de Huaura y Departamento de Lima, ha sido como Restaurante Turist¡co CategorÉado de Cinco (5) Tenedores Turíslicos, conforme a lo en el Deqeto Supremo N" 025-2004-MINCETUR 'Reglamento de Restauranl$": y ¡i) Licencia de

Municipal N'525, de fecha 27.'11.2015, emitida por la Jefe de Autorizaciones Comerciales de la Gerencia de Desarrollo Económico, extendida por la Mun¡cipalidad Prov¡nc¡al de Huaura, para elgiro de "Reslaurante'a favor de la empresa Ruasun Restauranles S.A.C., para el establecim¡enlo ubicado en la Av. 28 dejul¡o N" 369,2do p¡so, Disú¡to de Huacho, Provincia de Huaura y Departamento de L¡ma;

Que, el artículo 14" de la Ley antes mencionada as¡ como el artfculo 7" de su Reglamento, establecen los requ¡s¡tos que los sol¡citiantes deben cumpl¡r para acceder a la menc¡onada autorizac¡ón; Que, según consta en el Infomre Técn¡co N' 0996-201$MINCETUR/VMT/DGJCMT-DFCS-JLBC' de fecha 29.12.2015, se verificó que la sala de juegos cumple con lo establecido en el articulo 50 de la Ley No 27153 y normas modif¡catorias, así como con los raqu¡sitos técn¡cos exigibles para la ¡nstialación y

func¡onamiento

de una sala de juegos de

tragamonedas autorizadas Máquinas Tragamonedas;

máquinas tragamonedas, encontrándose

las

máquinas

y reg¡stradas (homologadas) por la D¡rección General de Juegos de Cas¡no y

Que, la.empresa cumple con adjuntar a su sol¡cifud cop¡a de: (i) Informe de Inspección Técnica de .. Segur¡dad en Edificaciones de Deblle; y (ii) Cerlif¡cado de Inspección Tdónica de Seguridad en Edificaciones de Deialle N' 0041-2015, de túla 25.11.2015, de v¡gencia ¡ndeterminada, expediddpor ta sub Gerencia de Riesgos y Desastres de Defensa Civ¡l de la Mun¡cipalidad Provincial de Huaura, en ei que de acuerdo con lo

_

establecido en el Decreto supremo N'058-201¡t-pcM y normas mod¡fcalorias, se deja constanc¡a que la sala. de juegos del sol¡citante dJmple con las condiciones de seguridad exigibles para este t¡po de

establecimientos, ver¡fi cándose ciento nueve

(1

Og) máqu¡nas tragamonedas;

Que, de la evaluación de la solvencia económica de la solicibnte, socios y gerente según constia en el Informe Económ¡co F¡nanc¡ero N" 005-2016 DE AUTORIZACTóN EXPRESA de fecha 12.0i.2016, solicitanle y las personas antes ¡ndicadas cumplen con los criterios de evaluac¡ón establecidos en los articulos 70 y s¡gu¡entes de la Directiva N' 001-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada med¡ante

Resolución Directoral No 3E-2007-MINcETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose prec¡sar de conformidad con lo dispuesto en el art¡culo 15" de la Ley N' 271s3 y normas modifcator¡as que dicha evaluac¡ón es pemanente en tanto elülular de la autorización mantenga v¡gente la autorización concedida;

Que, en observancia de lo establecido en los art¡cr¡tos 19. y siguientes de la Ley N.27153 y normas modiflcalorias, la sol¡citante ha cumplido con otorgar garantía por las obligacioneé y sancionei derivadas de su aplicación y en resguardo de los derecfios de los usuarios y el Estrado, la misma que se encuenfa conslituida Póliza de seguro de Garanlia N'J025-0G20'16, de fecha 0s.02.2016, otorgada por S.ecn^ex Compañía de Seguros de Crédito y Garanl¡a a favor del Min¡sterio de Comercio Elerior y T-urismb MINCETUR por la suma de oJalrocientos lreinta m¡l quin¡entos c¡ncuenta y OO/1OO (S/. 430,550:00) nuevos soles, v¡gente hasta 05.02.2017, en respaldo de las obligaciones asumidas con el Estado y terceros der¡vadas de la aplicación del menc¡onado dierpo legal, la m¡sma que ha s¡do remitida al área de admin¡stración del MINCETUR para su custod¡a y fines corespondientes;

-

Que, asimismo la empresa TRANSYTOUR S.R.L., ha cumplido con presentar el ptan de al que hace referencia el literal t) del numeral 14.1 del arliculo |4" de la Ley N" "Ley que regula la explotación de los iuegos de casino y máquinas tragamonedas' modil¡cado

Pre.u-enciÓn de la Ludopatía,

27'15-3,

mediante el artículo 6" de la Ley N" 29907, 'Ley para la Prevención de la Ludopat¡a;n las salas de casino y T_ág-ur¡j! -Egaltonedas', y el artíqllo l1'del Regtamento aprobado mediante Decreto Supremo N. OO72013-MINCETUR:

Que, en el Infome Técnico N' 0996-201$M|NCETUR/VMT/DGJCMT-DFCS-JLBC, de fecha

que la sala de juegos ha cumptido con to dispuesto en et Decreto Supremo N. ,sg_ha !9rificado 015-201oMfNcETUR, que aprobó el Reglamento de "Alo¡mas Téinicas complementañas pan ta implementac¡út del s¡sbma un¡ñcado de control en tiempo reat - sucrR" a que se refiere la primera ?9.]?:2_0]?t

Disposic¡ón F¡nalde la Ley N" 27796 y la Resotuc¡ón de Superintendencia N" .l4S_2ó03_SUNAT;

y

Que, asim¡smo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 delAnexo ll del Cuadro de Infiacciones

sanciones, del Decreto supremo N' ol t2ofo-MINcETUR, se sanc¡onará al l¡tular de una sala tragamonedas con una murta de g¡Irco (05) urr por cada máquina tragamonedas que no se encuentre ¡nterconeciada con un Modelo SUCTR;

Que, de acuerdo con lo dispueslo en el articulo 17' de la Ley N" 27153 y nomas modificatorias, el plazo de vigencia de las autorizaciones expresas conced¡das por la D'irecc¡ón Geñeral de Juegos ¿e c"iino

y.Máquinas Tragamonedas es de c¡nco (05) años, pudiéndo ser renovada poÍ prazos sucesivos y ad¡cionales de cuatro (4) años;

Que, la presente autorizaciÓn se exp¡de previa verificac¡ón de la Base de Datos Ofic¡al de los u.orig¡narios pubricada en ár poriar wEB der M¡nisrerio de curtura, en cumprimiento áe ro l::llT.]Tlsg3: olspuesto en la Ley No 29785'Ley del Derecfio a la Consulta Previa a los Pueblos lndioenas u or¡oinar¡or reconoc¡dos en et convenio 169 üe b organización tnr;;;onat';;l rráil¡ó ói;,'vi",iñ;;;tffiá-ri con el Ministerio de cullura, no enconÉndóse b sala de juegos det soticitantl dL"ú oál'er¡it"ien¡t"¡ai'á, los p.ueblos indigenas u orig¡nar¡os, razón por la que los .,iiioj de la aulorización conced¡da, no afeclan de foma alguna los derechos reconociios en ta Ley antes "¿.N¡"r"ar¡vos inOicaOa;

De confomidad

ras Leyes Nros. 27153, 2771n., 2*p4s

y

27444 "Ley der procedimiento

Adm¡n¡strativo General" y et"on oecreto súpremo tl" oos-zcioz-l,ÍÑtFruR estando a lo op¡nado en

-ñ;

et lnfome r¿cni:o é16-)ó;ó y Legat N. 037-2010-rvlrñceiun¡¡rr¡T/0cJ-c-lt¡iionri-cñ- -- '"

F¡nanciero N' oo5-20i6 DE AuróRitció-f Eipnese, F!:4!ico MTNCETUR /Mr/DGJCMT-DFCS-JLBC

ffi*¿ofuan

9,***wo/

SE RESUELVE:

Artfculo

l'.-

Autor¡zar

a la empresa TRANSYTOUR S.R.L., la explotación de máquinas

redas en la sala de iuegos 'LA 7 SIETE", ubicada en el Restauranle Cinco Tenedores Tur¡st¡co , ubicado en la Av. 28 de Julio N" 373, Distrito de Huacho, Prov¡nc¡a de Huaura y Departamento de por un plazo de cinco (05) años, en observanc¡a de lo normado en el articulo 17" de la Ley N' 27153 y normas mod¡ficalofias.

Artfculo 2'.- La presente autorizac¡ón faorlta a la empresa la explotac¡ón c¡ento nueve (109) quinas tragamonedas y trescientos c¡ncuenia y cinco (355) memorias de solo leclura en la sala de juego la sala de juego según delalle conlenido en los ANEXOS I y ll que forman parte ¡nlegrante de la presente Artícufo 3'.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley N" 27153 y normas modificalorias, todos los requisilos y condiciones que s¡rv¡eron de base para la presente autorizac¡ón deben manlenerse durante el plazo de vigencia de la m¡sma, bajo apercibimiento de cancelarse la autorización concedida disponerse la clausura del establec¡miento desünado la explotac¡ón de máquinas tragamonedas.

y

z-.ct"$

i¿,-

{t:

a

Artículo

4o.- De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracc¡ones y del Decreto Supremo N" 0'15-20'1o-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de "Normas Técnicas lemeÍlarias para la implementación del sistema un¡ficado de control en tiempo reaf- SUCTR' a que se I la Primera Dispos¡c¡ón Final de la Ley N'27796 y la Resoluc¡ón de Superintendencia N'14$2003f , de fecha 25.07 .2003, se sencioraá al üfrttar de una sala tragamonedas con una mulb de cinco (05) UIT por ceda máquina tragamonedas gue ro se encusntre inF,rconecáda con un nodeto SUCTR.

Artfculo 5'.- De acuerdo con lo dispuesto en literal b) del art¡culo 49o del Reglamento y la D¡rectiva 01-2008-MINCETUR/VMT/OGJCMT, aprobada med¡ante Resoluc¡ón Diredoral No 220-2008MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 21.O2.2OO8, se le otorga al titular de la presente autorización el código de reg¡stro N"1 I1741003, para la sala de¡uegos'LA 7 SIETE".

No

Artículo 6'.- De conformidad con lo establecido en el adlculo 7" del c¡tado cuerpo legal, los t¡tulares

una autorización de exploüación concedida por la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas ragamonedas se encuentran obl¡gados a observar las nomas que sobre zon¡ficación, seguridad, h¡giene,

parqueo, enlre otros, establezcan las municipalidades en sus respecl¡vas jurisdicc¡ones para el otorgamiento de la l¡cencia mun¡cipal a que hubiere lugar.

A¡ticulo 7'.- De acuerdo con lo dispuesto en la Sentencia de fecha 02.02.2006, expedida por el Tribunal Constituc¡onal (Expediente No 4227-2OO5-PA/IC), la misma que bajo responsab¡l¡dad const¡tuye precedente vinculanie para todos los poderes públ¡cos, los explotadores de juegos de casino y máquinas tragamonedas deben cumplir con el pago del lmpuesto a los Juegos como consecuenc¡a de la aclividad comerc¡al que desarrollan.

Artfculo 8o- La Direcc¡ón General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente autorización en caso verifcarse que las condiciones económico-financieras de Ia empresa autorizada se han modificado negat¡vamente @mo consecuencia de las a@iones de cobranza que pudiera llevar a cabo la Superintendenc¡a Nac¡onal de Administración Tributaria (SUNAT) por la deuda exig¡ble por concepto del lmpueslo a los Juegos-

Artlculo 9'.- De conformidad con lo previsto en el arliculo 24o de la Ley No 27153 y en concordanc¡a con el Principio de Priv¡legio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.'16 del artieJlo lV de la Ley N' 27444,la DÍección General de Juegos de Caslno y Máqu¡nas Tragamonedas en ejerc¡cio de su facultad de f¡scal¡zación se reserva el derecho de vetificar la infomac¡ón y/o documentación presentada por la solicitante as¡ como establecer las sanciones o ¡nic¡ar las acc¡ones legales que resulten aplicables ante cualqu¡er d¡screpancia con la real¡dad de los hechos.

Artículo l0'.- En observanc¡a de lo d¡spuesto en el arllculo 12o de la

D¡rec1¡va

TDGJCMT, aprobada mediante Resolución D¡reclorat

N" 001-2007-

No

38-2007R^/MT/DGJCMT, remllase a la Unidad de Intel¡gencia Financiera la informac¡ón y/o documentac¡ón financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales que han sido objeto de para los ñnes a que se @ntrae la disposición antes ind¡cada.

Artículo 11".- De acuerdo con lo dispueslo en el artículo 8" del Decreto Supremo N" 006-2013-pCM,

que'Aprueba la relación de aulorizac¡ones secloriales de las Ent¡dades del Poder Ejecutivo, que deben ser ex¡gidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de acuerdo a la Ley N' 28976, Ley Marco de Licencia de funcionamiento', publiquese la presente resolución direcloral en el Pórtal WEB del Min¡sterio de Comerc¡o Exterior Turismo, en s¡gu¡ente d¡rección electrón¡ca: www. m ¡ n cetu r. oob. pe/newweU.

y

la

Artfculo 12".- De acuerdo con lo d¡spuesto en el arliculo 8. del Decreio Supremo N" OO6-20j3PCM, que "Aprueba la relacjón de aulorizac¡ones sectoriales de las Entidades del Poder Eieculivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de ta l¡cencia de funcionamienlo, de acuerdo a la Ley N'28976, Ley Marco de Licencia de funcionamiento', publ¡quese la presente resolución direcloral en el Porlal WEB del Minislerio de Comerc¡o Exterior y Turismo, en la siguiente d¡recc¡ón electrónica: www.m¡ncelur.oob.D€/newweb/.

Reglstrese

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AI{EXO

I

RELACIÓI DE XAOUINAS TRAGAf,ONEDAS AUTORIZA¡'AS SALA DE JUEGOS "I.A 7 3IETE'

REsoLucró orREcToRAL

t{"

444

-20t6.üt cETuR/vf,rrDcJc$r

ANEXO

RELAOÓ RESOLUOÓ DTREGTORAL EüPRESA

SALA

81

u w 85

& a7 6A

m

tA 7 Sl€T fFIANSYIOUR S.R.L TRAI{SYTOUR S.R,I :A 7 SIETE TfIANSYTOUR S.R.I

TMNSYTOURS.R.I TRA SYTOUR S,R.t IÍiANSYIOUR S.R ITMNSYTOURS.R I. TMNSYIOUR S R I

LA7 SIETE LA7 SIETE LA 7 SIEIE LÁ 7 SIETE

]RAXSYÍOURSRLILAT SIETE TRA¡ISYTOUR S.R ÍRANSYTOUR S.R

95

5 g7

I I

I

DE TAQUII{AS TRAGAflONEDAS AUTORIZAOAS SALA DE JUEGOS 'LA 7 SIETE"

.

y7?

-2016.[t1{CEruR vmr/DGJCmT

FABRICAI{TE SPIELO

coorGo 3100001585 3100ü)1547 3100@1€aE 3100@1s€9

31mO15e

SEPOST

SPIELO

3r0001559

SEPOSf

800@421 B0q)o421

SPIELO

310@0r59E 3100001394 w1104557 w1057036

SEPOST

80000421

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Bfld)o421

550

8000101

550 550 550

g)000101

sPtEro sPtEto sPtEto sPrEto

SPIELO

wl045929

tA 7 SIETE LA 7 SIEfE

w1025159 W16¡1269

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t,{jor]o421

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a@0o421

SEPOST

B(xDfX2l

SEPOSt

@0@t2r

550

H)000101

a0ü)0101 800000€9 80000099 ao(lq)101

TRANSYTOIIR S R L

w104221

55()

TRANSYIOURSR L ILAT SIETE TRANSYTOUR S R L LA7 SIEfE IRANSYTOUR S R.L ILA 7 SIETE

wl057375

550

w1074541

5t)

modx)gg

7 S|ETI

w1057751

550 s50 150

LA7 SIETI

w2z)¡D51

ABU(CID 7 PERU)

m0002121

w2204062

EBUICID 7 PERU]

d)000214

vt2z@122

800@343 80000343

9€

TRANSYTOUR S,R L

99

TRANSYTOUR S.R.L

1m r01

TMNSYIOUR S,R L

1t)

TRANSYIOUR S.R.L

ItAT SIETE tA? SIETE

104 TRANSYTOUR S R L

v!r22E0119

882{CIDTPERU) B82(CtOTPERU) BA2(CtOTPERUt

TMNSYIOUR S R I. ILA 7 SIETE 1tE TRANSYTOURS.R,L -A 7 SIETE

l¡l/2280113

BB2 (CIDTPERU)

1(Xt

105

w22ú112

B@@r01 800@101

E[XXnlOl

Bmm34:l

4257

B&O

B@@3¡t3 4000@76

SIEfE

w2268261

BBxO

atnn3Ta

ÍRANSYTOURS.R,L 109 TRAXSYTOUR S R.L LA7 SIETE

w2264250 w2264260

BBi.O

Bmfb76

B&rD

B@00S76

107 108

TF|ANSYTOUR S R.L LA 7

v'¡2

AI{EXO tl

RELACIÓ DE TEtrORIAS DE SÓLO LECfURA AUTORIZA¡'AS SALA DE JUEGOS RESOLUCIÓN DIRECTORAL

NO

(s7

'LA

7 SIETE"

-m1 8-mlNcEf

uRfv[TrDGJcrT

AXEXO tl

RELACIÓ DE IETORIAS DE SÓLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS'LA 7 SIETE'

REsoluctór

DtREcToRAL

1{. f??

-2olc-[tr{cEruR/vflrrDcJcflr

at{Exo tl RELACTóÍ{ DE IEMOR|AS DE SÓLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "L/A ? SIETE" RESOLUCIÓ DIRECÍORALT¡'

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6{INCETURÍI'XT'DGJCTT