14 FEB. 2013 - Transparencia - Ministerio de Cultura

14 feb. 2013 - Ent,idades del Poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionam iento, ...
897KB Größe 4 Downloads 1 vistas
N° 015·2013-DPHCR-DGPC/MC

Lima,

14 FEB. 2013

Visto el Expediente N° 045412-2012, Y

CONSIDERANDO: Que, mediante documento del visto, Las Traperas SAC, solicita inspección ocular para autorización de trámite de licencia de funcionamiento ante la Municipalidad de Barranco del inmueble ubicado en calle Colina N° 108, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima; Que, se trata de un inmueble que forma parte de un inmueble matriz ubicado en calle Colina N° 104-106-108-110-112-118 distrito de Barranco, el cual se encuentra declarado Monumento mediante Resolución Ministerial N° 794-87-ED de fecha 17 de noviembre de 1987; así mismo, es integrante de la Zona Monumental de Barranco declarada mediante Resolución Suprema N° 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972 y redefinida mediante Resolución Directoral Nacional N° 405/1NC de fecha 28 de marzo de 2007; Que, mediante Informe Técnico N° 105-2013-DPHCR-DGPC/MC de fecha '15 de enero de 2013, personal técnico de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del Ministerio de Cultura da cuenta que, habiéndose realizado la inspección ocular y revisada la documentación correspondiente, se señala que el inmueble matriz es de dos pisos con caracterlsticas neoclásicas de la época republicana; que el inmueble inspeccionado en calle Colina N° 108, se ubica en el primer piso y está compuesto por ocho ambientes, patio de ingreso, 2 salas con sus respectivos servicios higiénicos, sala, almacén, sala, patio con su respectivo depósito, cocina con su alacena más depósito y servicio higiénico; que en la inspección ocular se ha constatado que el inmueble no ha sufrido modificación alguna interior ni exteriormente, por lo que se emite opinión favorable para la continuación del trámite correspondiente; Que, de la revisión, evaluación y análisis correspondiente, la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del Ministerio de Cultura considera factible la autorización de trámite de licencia de funcionamiento del inmueble ubicado en calle Colina N° 108, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por cuanto cumple con los aspectos normativos vigentes y de conservación del Patrimonio 'Cultural de la Nación; Que, median te Decreto Supr'emo N° 006-2013-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2013, se aprueba la relación de autorizaciones sectoriales de las Ent,idades del Poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionam iento, de acuerdo a la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura, y a través del Decreto Supremo N° 001-201 O-Me, se aprobó la fusión de, entre otros, el Instituto Nacional de Cultura en el citado Ministerio , por lo que toda referencia normativa al INC se debe entender al Ministerio de Cultura;

Que, por medio del Decreto Supremo N° 001-2011-MC de fecha 13 de mayo de 2011 , se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, donde se autoriza a la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano aprobar los anteproyectos y proyectos presentados, asi como también a expedir resoluciones en el ámbito de su competencia: Que, a través de la Resolución Ministerial N° 163-2011-MC, de fecha 17 de mayo de 2011, se designó al Arquitecto David de Lambarri Samanez como Director de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del Ministerio de Cultura: De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 001-201 O-MC, Fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 27580, Ley que dispone medidas de protección que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de obras en Bienes Culturales Inmuebles; la Ley N° 27444 , Ley del Procedimiento Administrativo General modificado por Decreto Legislativo N° 1029, publicado el 24 de junio de 2008; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, Reglamento Nacional de Edificaciones; el Decreto Supremo W 001-2011-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°,· AUTORIZAR el trámite de licencia de funcionamiento en el inmueble ubicado en calle Colina N° 108, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, Articu lo 2°,· La autorización que se emite mediante la presente Resolución, no tiene carácter de licencia de funcionamiento, la misma que corresponde ser otorgada por la Municipalidad Distrital de Barranco, Artículo 3°,· Publíquese la presente Resolución en el Portal de Internet del Ministerio de

Cultura, REGíSTRESE, COMUNíQUESE Y PUBLlQUESE,