13 OCT. 2016 - Ministerio del Ambiente

7 oct. 2016 - través de la Embajada de la República de Perú en la ciudad de Berlín, Alemania, para participar en la decimoquinta sesión del Comité de ...
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13 OCT. 2016

Visto, el Memorándum W 624-2016-MINAM/DVMDERN de fecha 7 de octubre de 2016, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe W 174-2016MINAM/DVMDERNIDGCCDRH de fecha 6 de octubre de 2016, de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Ambiente es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo W 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, éste tiene la función general de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante Nota Verbal de fecha 25 de julio de 2016, la Secretaría de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CLD) cursa invitación al Gobierno del Perú a través de la Embajada de la República de Perú en la ciudad de Berlín, Alemania, para participar en la decimoquinta sesión del Comité de Examen de la Aplicación de la Convención (CRIC 15) de la CLD que se celebrará en la Oficina de las Naciones Unidas de la ciudad de Nairobi, República de Kenia, entre el18 y 20 de octubre de 2016; precisando que los días 16 y 17 de octubre de 2016, se llevarán a cabo consultas regionales de los países parte afectados de los anexos de aplicación regional de la Convención para África, América Latina y el Caribe, el Mediterráneo Norte y Europa Central y Oriental; Que, en virtud a lo señalado por la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos a través del Informe W 174-2016-MINAM/DVMDERN/DGCCDRH de fecha 6 de octubre de 2016, el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales mediante Memorando W 624-2016 MINAM/DVMDERN de fecha 7 de octubre de 2016, propone la participación del señor Alberto Limo Segura, Coordinador Temático en Gestión de Suelos y Agua de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos del Ministerio del Ambiente para participar en la decimoquinta sesión del Comité de Examen de la Aplicación de la Convención (CRIC 15) de la CLD y en las consultas regionales de los países parte afectados de los anexos de aplicación regional de la Convención para África, América Latina y el Caribe, el Mediterráneo Norte y Europa Central y Oriental, eventos que se realizarán del 16 al 20 de octubre de 2016, adjuntando para este efecto, los anexos y antecedentes correspondientes;

Que, a través de los Anexos Ws 1 y 2 se señala que la participación del Ministerio del Ambiente en la decimoquinta sesión del Comité de Examen de la Aplicación de la Convención (CRIC 15) se realiza acorde con la posición nacional adoptada en el marco de la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en países afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular África - CNULDS, elaborada en coordinación con el Minísterio de Relaciones Exteriores; Que, asimismo, permitirá contribuir a la próxima Conferencia de las Partes de la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en países afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular África - CNULDS, examinando la aplicación de la convención en base a la experiencias adquiridas; así como, fortaleciendo el conocimiento sobre las medidas adoptadas por las partes de la convención y su relación con la neutralidad de la degradación de la tierra; Que, los gastos de participación del representante del Ministerio del Ambiente en el evento antes citado, serán asumidos por la Secretaría Ejecutiva de la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en países afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular África - CNULDS; Que, en tal sentido, se estima por conveniente autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Alberto Limo Segura, Coordinador Temático en Gestión de Suelos y Agua de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Nairobi, República de Kenia del 14 al 22 de octubre de 2016, para participar en la decimoquinta sesión del Comité de Examen de la Aplicación de la Convención (CRIC 15); debiendo emitirse el acto resolutivo correspondiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, "Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente"; Con el visado del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 0472002-PCM Y sus modificatorias; el Decreto Legislativo W 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo W 007-2008MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Alberto Limo Segura, Coordinador Temático en Gestión de Suelos y Agua de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Nairobi, República de Kenia del 14 al 22 de octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El viaje autorizado no irrogará gasto alguno al Estado, ni dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor indicado en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar ante la Titular del Ministerio del Ambiente un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.

Artículo 4.- Transcribir la presente resolución a la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos y a la Oficina General de Administración, para los fines correspondientes. Regístrese y comuníquese.