1 Valencia, 4 de agosto de 2017 RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN

4 ago. 2017 - proposición técnica, informando de los trámites realizados hasta la fecha ... de 8 de mayo, así como de reiteradas resoluciones de los distintos.
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Ref: Resolución de Adjudicación del Contrato de servicios de publicidad, comercialización y otros servicios complementarios para la gestión de los títulos de postgrado en modalidad “a distancia” gestionados por la Fundación Universidad – Empresa de Valencia (ADEIT) – LOTES 1, 2 y 3. Nº de exp: 18/6270/17/1

Valencia, 4 de agosto de 2017

RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN ADOPTADA POR EL DIRECTOR GERENTE POR DELEGACIÓN DE LA COMISIÓN EJECUTIVA EN FECHA 25 DE JULIO DE 2017.

Antonio Aracil García, Director Gerente de la Fundación Universitat – Empresa de València (en adelante “la Fundación”), en atribución de las facultades otorgadas por acuerdo de la Comisión Ejecutiva en su condición de órgano de contratación, en fecha 25 de julio de 2017, mediante la presente:

MANIFIESTA

I. Que con fecha 16 de mayo d 2017, la Comisión Ejecutiva en su condición de órgano de contratación de la Fundación, adoptó los siguientes acuerdos: “1. Aprobar la solicitud de gasto y los documentos preparatorios (memoria justificativa, pliego de condiciones de contratación, pliego de prescripciones técnicas y cuadro de características) del expediente de contratación para la licitación por procedimiento abierto del contrato de servicios de publicidad y otros servicios complementarios para los títulos propios impartidos en la modalidad “a distancia” por lotes. 2. Acordar el inicio del expediente de contratación administrativa del servicio de publicidad y otros servicios complementarios para los títulos propios impartidos en la modalidad “a distancia”. 3. Facultar al director gerente para que pueda realizar todas las actuaciones necesarias para ejecutar el presente acuerdo, entre otros, introducir si procede, las cuestiones que se propongan en el Informe de Legalidad de la documentación preparatoria de la licitación, suscribir y acordar la publicación del anuncio de licitación, realizar aclaraciones 1

y resolver las cuestiones planteadas por los licitadores y en general cualesquiera actuaciones necesarias para la ejecución del acuerdo adoptado”. II.

Que con fecha 16 de mayo de 2017, la Secretaria de la Fundación certificó el citado acuerdo.

III.

Que en dicho certificado se dispone la apertura del procedimiento de adjudicación del contrato por Procedimiento abierto y pluralidad de criterios, seleccionando la oferta económicamente más ventajosa teniendo en cuenta los siguientes criterios de adjudicación: CRITERIOS

Ponderación 80

1. Cuantificables mediante la aplicación de fórmulas 1.1. Oferta económica (baja respecto al porcentaje máximo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas (apartado 1.4.) cuando el número de alumnos matriculados en cada título propio sea inferior o igual a 100 alumnos. 1.2. Oferta económica (baja respecto al porcentaje máximo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas (apartado 1.4.) cuando el número de alumnos matriculados en cada título propio sea superior a 100 alumnos. 1.3. Mejoras en los servicios de comunicación (apartado 3.1.2. Pliego de Prescripciones Técnicas) 1.4. Mejora de los plazos de realización de los servicios (apartados 3.3.2 y 3.4.3 del Pliego de Prescripciones Técnicas) 2. Cuantificable mediante juicio de valor

20

20

15 25

20

2.1. Plan de actividades

10

2.2. Plataforma informática

5

2.3. Equipo de trabajo

5

IV.

Que con fecha 19 de mayo de 2017 se remitió anuncio de licitación al Diario Oficial de la Unión Europea y se publicó la licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en el Perfil del Contratante de ADEIT, el día 24 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el día 26 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado.

V.

Que en fecha 28 de junio de 2017 presentaron en plazo por Registro de Entrada de la Fundación, las empresas siguientes: 2

1 2

EMPRESA El Caso Winslow, S.L. 1 General Asde, S.A

Nº DE REGISTRO 65

HORA DE REGISTRO 13:02

64

13:46

VI.

Que en fecha 30 de junio de 2017 la Mesa de Contratación procedió a abrir los SOBRES 1, relativos a la documentación jurídico administrativo y aprobó admitir a GENERAL ASDE, S.A. al haber presentado la documentación exigida en los Pliegos que han servido de base a la licitación.

VII.

Que, en la misma fecha, la Mesa de Contratación acordó por unanimidad requerir mediante comunicación a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público a la empresa EL CASO WINSLOW, S.L. y EWOLUCION APPS&LEARN, S.L. (UTE) para que subsanase en un plazo máximo de 3 días hábiles la siguiente documentación: - Anexo III relativo a datos a efecto de notificaciones. - Anexo X (segunda página) relativo a prevención de riesgos laborales - Relación de lotes a los que optan.

VIII. Que en fecha 3 de julio de 2017, EL CASO WINSLOW, S.L. y EWOLUCION APPS&LEARN, S.L. (UTE) presentaron por correo electrónico la documentación, en concreto la siguiente: - Anexo III relativo a datos a efecto de notificaciones. - Anexo X (segunda página) relativo a prevención de riesgos laborales - Relación de lotes a los que optan. IX.

Que en fecha 3 de julio de 2017, la Mesa de Contratación procedió a admitir a la empresa EL CASO WINSLOW, S.L. y EWOLUCION APPS&LEARN, S.L. (UTE) al haber presentado la documentación requerida para subsanar la documentación presentada en el Sobre 1.

X.

Que, en la misma fecha, la Mesa de Contratación procedió en audiencia pública ante la presencia de la licitadora GENERAL ASDE, S.A. a abrir los SOBRES 2 relativos a la proposición técnica, informando de los trámites realizados hasta la fecha y permitiendo a los asistentes a comprobar que los sobres estaban cerrados y realizar preguntas y comentarios que consideraran oportunos.

XI.

Tras finalizar el acto de apertura, la Mesa de Contratación acordó designar un Comité Técnico compuesto por tres personas cuya identidad figura en el expediente de contratación para realizar una valoración de las ofertas presentadas.

XII.

Que en fecha 14 de julio de 2017, la Mesa de Contratación aprobó la valoración realizada por el Comité Técnico que consta en el informe de 13 de julio que obra también en el

En compromiso de UTE junto con Ewolucion Apps&Learn, S.L. remiten por correo postal en fecha 28 de junio de 2017 a las 13:02 horas oferta junto con resguardo del envío de la misma.

1

3

expediente de contratación. Los resultados de la valoración para los tres lotes fueron los siguientes:

a) Plan de Actividades

10

7,7

GENERAL ASDE, S.A

CRITERIOS

EL CASO WINSLOW, S.L Y EWOLUCION APPS AND LEARN SL (UTE)

PUNTUACIÓN MÁXIMA

LOTE 1.

9,7

b) Plataforma Informática

5

5

5

c) Equipo de trabajo

5

3,75

4

Criterios cuantificables mediante juicio de valor

20

16,45

18,7

a) Plan de Actividades

10

7,7

GENERAL ASDE, S.A

CRITERIOS

EL CASO WINSLOW, S.L Y EWOLUCION APPS AND LEARN SL (UTE)

PUNTUACIÓN MÁXIMA

LOTE 2.

9,7

b) Plataforma Informática

5

5

5

c) Equipo de trabajo

5

3,75

4

Criterios cuantificables mediante juicio de valor

20

16,45

18,7

4

a) Plan de Actividades

XIII.

10

7,7

GENERAL ASDE, S.A

CRITERIOS

EL CASO WINSLOW, S.L Y EWOLUCION APPS AND LEARN SL (UTE)

PUNTUACIÓN MÁXIMA

LOTE 3

b) Plataforma Informática

5

5

5

c) Equipo de trabajo

5

3,75

4

Criterios cuantificables mediante juicio de valor

20

16,45

18,7

Que la Mesa de Contratación, acordó con tres votos a favor y tres abstenciones en la misma fecha, la exclusión de la empresa EL CASO WINSLOW, S.L. y EWOLUCION APPS&LEARN, S.L. (UTE) por haber incluido en el SOBRE 2 – Proposición Técnica – datos a incluir en el SOBRE 3 – Proposición Económica – concretamente: - Página 14 y 16 del Plan de actividades “5 envíos postales de trípticos”. - Página 19 del Plan de Actividades: “edición y maquetación de los materiales dentro de los diecinueve (19) días siguientes”. - Página 20 del Plan de Actividades: “entrega de los materiales dentro de los diecinueve (14) días siguientes”. Es trascripción literal de lo contenido en el Plan de Actividades.” Dicha exclusión se acuerda al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.2. del Pliego de Condiciones de Contratación, así como al amparo de lo dispuesto en el artículo 1, 145.2 y 150.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y 26 y 30 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, así como de reiteradas resoluciones de los distintos Tribunales de Recursos Contractuales.

XIV. Que la Mesa de Contratación acordó en fecha 14 de julio de 2017, al haberse excluido la oferta presentada por EL CASO WINSLOW, S.L. y EWOLUCION APPS&LEARN, S.L. (UTE), que la valoración técnica únicamente afecta a GENERAL ASDE, S.A. cuya valoración en los tres lotes ha sido de 18.7 puntos de un total de 20. XV.

9,7

Que en fecha 17 de julio de 2017 la Secretaria de la Mesa de Contratación notificó a EL CASO WINSLOW, S.L. y EWOLUCION APPS&LEARN, S.L. (UTE) el acuerdo de exclusión del procedimiento.

XVI. Que en fecha 17 de julio de 2017 se procedió en audiencia pública ante la presencia de la empresa GENERAL ASDE, S.A. a informar de los resultados de la valoración de las proposiciones técnicas, a explicar los motivos de la exclusión de la licitadora mencionada 5

anteriormente y a abrir el SOBRE 3 correspondiente a la proposición económica de los tres lotes, permitiendo a los licitadores que el sobre estaba cerrado y realizar las preguntas y comentarios que consideraran oportunos. XVII. Que, en la misma fecha, la Mesa de Contratación tras aplicar la fórmula matemática, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo: “Proponer al órgano de contratación la adjudicación del contrato de servicios de publicidad, comercialización y otros servicios complementarios para la gestión de títulos propios de postgrado número de expediente 18/6270/17/1 LOTES 1, 2 y 3 a la empresa GENERAL ASDE, S.A., al haber presentado la oferta económicamente más ventajosa”. XVIII. Así, la puntuación obtenida por la licitadora fue la siguiente: LOTE 1 Licitadores

GENERAL ASDE, S.A.

LOTE 2 Licitadores

GENERAL ASDE, S.A.

LOTE 3 Licitadores

GENERAL S.A.

XIX.

ASDE,

Oferta económica Cursos nº alumnos inferior o igual a 100 43%

Oferta económica Cursos nº alumnos mayor a 100 48%

Puntuación Técnica

Puntuación Económica

Total

18,70

0

18,70

Oferta económica Cursos nº alumnos inferior o igual a 100 43%

Oferta económica Cursos nº alumnos mayor a 100

Puntuación Técnica

Puntuación Económica

Total

48%

18,70

0

18,70

Oferta económica Cursos nº alumnos inferior o igual a 100

Oferta económica Cursos nº alumnos mayor a 100 48%

Puntuación Técnica

Puntuación Económica

Total

43%

18,70

0

18,70

Que, en atención a lo anteriormente expuesto, la Comisión Ejecutiva en su condición de órgano de contratación, celebrada el 25 de julio de 2017, estando debidamente convocada y existiendo quorum suficiente para reunirse y adoptar los acuerdos que figuraban en el orden del día, ha adoptado por unanimidad los acuerdos que literalmente se transcriben a continuación:

6

1.

“Aprobar la propuesta de adjudicación del Contrato de Servicios de publicidad, comercialización y otros servicios complementarios para la gestión de títulos propios de postgrado número de expediente 18/6270/17/1, LOTES 1, 2 Y 3 a la empresa General Asde, S.A. al haber presentado la oferta económicamente más ventajosa. El porcentaje máximo para retribuir los servicios de cada uno de los lotes es del 43% (en los cursos con un número de alumnos igual o inferior a 100), de un 48% (en los cursos con un número de alumnos superior a 100), habiendo obtenido una puntuación en los tres lotes de 18,70 puntos.

2.

Apoderar especialmente al Director Gerente de la Fundación otorgándole poder bastante para ello, para que en caso de que los licitadores que han presentado la oferta económicamente más ventajosa presenten en plazo la documentación requerida y que la misma sea adecuada, pueda:

-

Adjudicar el lote 1, 2 y 3 del Contrato de servicios de publicidad, comercialización y otros servicios complementarios para la gestión de títulos propios de postgrado, número de expediente 18/6270/17/1, a la empresa General Asde, S.A.

-

Notificar a General Asde, S.A. la adjudicación realizada y publicarla en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en los diarios oficiales cuya publicación resulte preceptiva y en el Perfil del Contratante de la Fundación.

-

Requerir a la empresa adjudicataria, en su caso, para que presenten la documentación indicada en la cláusula 11.2 del Pliego de Condiciones de Contratación y apartado 16.b) del Cuadro de Características.

-

Formalizar en caso de que se presente la documentación requerida en el plazo correspondiente, el contrato de servicios de publicidad, comercialización y otros servicios complementarios para la gestión de títulos propios de postgrado a la empresa adjudicataria, LOTES 1, 2 Y 3.

-

Publicar en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en los Diarios Oficiales cuya publicación resulte preceptiva y en el Perfil del Contratante la formalización realizada.

-

Y en especial, cualquier otra actuación necesaria para la adecuada ejecución de los acuerdos adoptados, en cumplimiento de la normativa aplicable en materia de contratación pública”.

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XX.

Que en fecha 1 de agosto de 2017 se notificó a GENERAL ASDE, S.A. los acuerdos adoptados por la Comisión Ejecutiva a los efectos de que presentara la documentación requerida para proceder a la adjudicación.

XXI.

Que GENERAL ASDE, S.A. en fecha 1 de agosto de 2017 presentaron por Registro de Entrada de la Fundación Universidad – Empresa de Valencia (ADEIT) la documentación requerida.

XXII. Que tras analizar la documentación requerida se constata que GENERAL ASDE, S.A. ha presentado la documentación indicada en la cláusula 11.2 del Pliego de Condiciones de Contratación y en la cláusula 8 del Cuadro de Características. XXIII. Que en virtud de lo anteriormente manifestado.

RESUELVO I.

Adjudicar a la oferta económicamente más ventajosa presentada por la empresa GENERAL ASDE, S.A. el procedimiento abierto para la contratación del servicio de publicidad, comercialización y otros servicios complementarios para los títulos propios impartidos en la modalidad “a distancia” por lotes, número de expediente 18/6270/17/1 por los siguientes importes: LOTE 1. Licitadores GENERAL ASDE, S.A.

LOTE 2. Licitadores GENERAL ASDE, S.A.

LOTE 3. Licitadores GENERAL ASDE, S.A.

II.

Oferta económica Cursos nº alumnos inferior o igual a 100 43%

Oferta económica Cursos nº alumnos mayor a 100 48%

Oferta económica Cursos nº alumnos inferior o igual a 100 43%

Oferta económica Cursos nº alumnos mayor a 100 48%

Oferta económica Cursos nº alumnos inferior o igual a 100 43%

Oferta económica Cursos nº alumnos mayor a 100 48%

Que se notifique esta Resolución de Adjudicación a los licitadores y se proceda a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Perfil del Contratante, en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en los diarios oficiales pertinentes.

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III.

Requerir a GENERAL ASDE, S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en el apartado 16 b) del Cuadro de Características y en la cláusula 13 del Pliego de Condiciones de Contratación presente dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación los siguientes documentos: 1. Seguro de responsabilidad civil, que cubra los daños personales y/o materiales directos e indirectos a terceros con una cuantía mínima de 500.000 euros por siniestro. 2. Relación nominativa del personal que se asignará para la prestación del servicio según Anexo que será facilitado por ADEIT. 3. Recibo que acredite el pago de los gastos de publicación de los anuncios de licitación. 4. Copia del D.N.I. y poderes bastanteados del firmante del Contrato, en el caso que fuese persona distinta a la que hubiera suscrito la oferta. 5. Declaración responsable por la que la empresa se obliga a cumplir con la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, trabajadores discapacitados en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanza un número de 50 0 más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derecho de las personas con capacidad y de su inclusión social, o de cumplimiento de las medidas alternativas a la contratación de trabajadores discapacitados, en el caso de que las empresas estuvieran exentas de la citada obligación. Dicha declaración se ajustará al modelo que se adjunta como ANEXO XI. Las empresas no sujetas a las anteriores obligaciones, por tener una plantilla de menos de 50 trabajadores, deberán acreditar esta circunstancia mediante certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla, según el modelo que se adjunta como ANEXO XI debidamente cumplimentado. 6. Documentación relacionada con la seguridad y salud en el trabajo descrita en el citado apartado del Pliego de Condiciones.

IV.

Que se proceda a formalizar el correspondiente contrato (LOTES 1, 2 Y 3) transcurridos los quince (15) días siguientes a la notificación al adjudicatario de la adjudicación del contrato, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Pliego de Condiciones de Contratación y el artículo 40.1 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

A los efectos oportunos, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 18 del Pliego de Condiciones de Contratación, el artículo 2.2. de la Instrucción 2/2015 relativa a Reglas General de Contratación y el artículo 40 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se hace constar que los licitadores podrán presentar recurso especial ante el Tribunal Administrativo Central de

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Recursos Contractuales con sede en Madrid, Avenida General Perón, 38, C.P. 28020, dentro de los quince días hábiles siguientes a la recepción de la notificación. Asimismo, se hace constar que el recurso especial tiene carácter potestativo, por lo que de forma alternativa podrá plantear recurso contencioso-administrativo contra la presente resolución ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación.

Valencia, 4 de agosto de 2017.

por Antoni digitalmente Antonio Aracil 2017.08.04 o Aracil Fecha: 10:20:53 +02'00' Firmado

Antonio Aracil García. Director Gerente de la Fundación.

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