FEDERACION DE COMUNIDADES NATIVAS DE LA PROVINCIA DE PURUS - FECONAPU VII CONGRESO ORDINARIO DE FECONAPU COMUNIDAD NATIVA NUEVA ESPERANZA, 15,16 Y 17 DE JUNIO DEL 2012
ACUERDOS DEL VII CONGRESO ORDINARIO DE FECONAPU 1. Ratificar el mandato del Consejo Directivo de FECONAPU, hasta noviembre del 2012, donde se convocara un Congreso con la agenda de elección de un nuevo CD de FECONAPU. Dicho evento se realizara los días 26 y 27 de Noviembre en la CN de Balta. 2. Ratificar los acuerdos del Congreso de San Bernardo, cuyo mandato establecer el principio de rotación de los pueblos en todos los espacios de representación política y social. 3. Ratificar los Acuerdos del IV Congreso de San Marcos, realizado el año 2007 en la Comunidad Nativa de San Marcos, donde se acordó rechazar la construcción de la carretera, por constituir en una seria amenaza a la vida de los pueblos indígenas, originarios de la provincia, la Reserva Territorial “Maschco Piro”, pueblo Autónomo en situación de Aislamiento Voluntario, asimismo, la Reserva Comunal, Parque Nacional Alto Purús. De la misma manera; en dicho Congreso, se acordó solicitar la salida de Purús del Párroco Católico Miguel Piovesan. por cuanto desde que llegó a Purús, el año 2000, lejos de asumir una labor pastoral en busca del bien común, viene desarrollando una política racista, discriminatoria y de forma sistemática de agresión a los PPII, a través de sus medios de comunicación, como la revista “Palabra Viva” y la radio emisora Esperanza; llamándolos animales como huanganas y gusanos, que no saben pensar; pretendiendo imponer la construcción de una carretera propio de un modelo de desarrollo ajeno a la identidad cultural de los PPII, es decir, lejos de contribuir a establecer los puentes de la interculturalidad como camino de Paz y Justicia Social entre los purusinos. 4. El VII Congreso Ordinario de FECONAPU, ratifica nuestro rotundo rechazo al proyecto de Ley 1035, promovido por el Congresista Carlos Tubino, por cuanto dicho proyecto viola los derechos fundamentales de los PPII, reconocidos por el Convenio 169 de la OIT, la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas del Mundo de la ONU, así como la Constitución Política del Perú, la Ley de Protección de los Pueblos en Aislamiento Voluntario, Ley PIAV N° 28736, Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley 27308, Ley 1
Forestal y de Fauna Silvestre y su reglamento (DS 14 2001 AG); atenta directamente contra el Código Penal que sanciona la depredación de flora y fauna silvestre protegida (art 308). Así como también,la Ley de Consulta Previa, Ley N° 29785, la misma que establece, que todo proyecto legislativo o administrativo que vaya afectar la vida de los PPII, debe ser consultado. 5. Actualización del Plan de Acción de la Provincia de Purús. Y normalización del alfabeto Sharanahua y Huni Kuin 6. Apoyo legal a las comunidades que tiene procesos con la SUNAT y OSINFOR, debido a la saca de madera ilegal por parte de los patrones madereros, quienes se han beneficiado económicamente, mientras que los hermanos comuneros, no solo si siendo pobres, sino que, tienen serio problemas legales y administrativos, poniendo en serio riesgo la propiedad de sus tierras comunales. como también a los hermanos ex-directivos enjuiciados, a través de ORAU y FECONAPU. 7. Retomar el proyecto de Radio Emisora de FECONAPU ante AIDESEP, así como elaborar nuevos proyectos con el apoyo de AIDESEP, ORAU y otros aliados 8. Programa de Beca 18 vía ORAU y AIDESEP, Pensión 65 9. Proyecto de “Conservando Juntos” 10. Fortalecimiento de la EIB en todos los niveles educativos 11. Ratificar el Mandato del Régimen Especial de Reservas Comunales de designar a un Profesional Indígena como Jefe de la Reserva Comunal. Dados en el Pleno del VII Congreso Ordinario de FECONAPU, en la Comunidad de Nueva Esperanza, a los 17 días de Junio del año 2012, y en señal de conformidad firmamos el Acta final.
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