o§¿
é'r§euc^
"%
MM N" L¡ma,
13
JJ$
-zorz-vvreuoe
SEI.2017
CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N'30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 201 7, mediante la Resolución M¡nister¡al No 426-20'1G VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto lnstitucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcc¡ón y Saneamiento, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUTNCE MrL CUATROCTENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00i 100 SOLES (S/ 6 233 71s 495,00);
Que, la Vigésima Octava Disposic¡ón Complementaria Final de la Ley No 30518, reactivó la Comisión Especial creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementar¡a F¡nal de la Ley N" 30372, a fin de continuar con el proceso de evaluación y cuantificación correspondiente a la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hub¡eren descontado respecto a la bonificación a que se refiere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N" 037-94; Que, por Decreto Supremo N'266-2017-EF, se autoriza la ¡ncorporación de recursos vía Créd¡to Suplementario en el Presupuesto del Sector Publ¡co para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES Y OO/1OO SOLES (S/ 77 577 363,00), a favor de d¡versos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para financiar lo establecido en la Vigésima Octava Disposición Complementar¡a F¡nal de la Ley No 30518; de los cuales según Anexo del refer¡do Decreto Supremo, corresponde al Pliego 037 Minister¡o de V¡vienda, Construcc¡ón y Saneamiento. el importe de TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y srETE Y 00/100 soLES (S/ 32a 9a7,00); Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo establece
que el Titular del pliego habil¡tado en el presente Crédito Suplementar¡o, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autor¡zados por el artículo 1 de d¡cha norma, a nivel programático, dentro de los c¡nco (5) días calendario de la vigencia del indicado dispositivo legal; señalando que cop¡a de la Resolución que aprueba la desagregación será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N" 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N" 30a-2012-EF;
Que, mediante Memorando N" 1640-2017-VIVIENDA-OGPP, hac¡endo suyo el lnforme N" 265-20174/IVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, la
Presupuesto emite opinión viable y propone el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba Ia desagregac¡ón de recursos, conforme a lo señalado en el Anexo del Decreto Supremo N" 266-2017-EF, por el monto de TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y OO/1OO SOLES (S/ 324 947,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
Oficina General de Planeamiento
y
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la desagregación de recursos, conforme a lo establecido en el Anexo del Decreto Supremo N" 266-2017-EF, por el monto de TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 324 947,00), con cargo a la fuente de f¡nanciam¡ento Recursos Ordinarios, para f¡nanc¡ar lo establecido en la Vigésima Octava D¡sposic¡ón Complementar¡a Final de la Ley No 30518, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2017; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley No 28411, Ley General del S¡stema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N' 304-20'12-EF; la Ley N" 305'18, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017: y el Decreto Supremo N' 266-2017-EF; SE RESUELVE:
ArtÍculo l.- Desagregación de recursos Apruébese la desagregac¡ón de los recursos aprobados med¡ante el Anexo del Decreto Supremo N' 266-2017-EF, por un monto de TRESCIENTOS VEINTICUATRO IUIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y OO/1OO SOLES (S/ 324 947,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle.
EGRESOS
En Soles
:
SECCIÓN PRIMERA PLIEGO
037. Ministerio de Viv¡enda, Construcción
UNIDAD EJECUTORA
001:
PROGRAI\IIA PRESUPUESTAL
PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAIMIENTO
9001 ?oooooo
5000005
Gobierno Central y Saneamiento Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento -Administración General
Acc¡ones Centrales Sin Producto Gestión de Recursos Humanos 1. Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE 2.1 . Personal y Obligaciones Sociales
TOTAL PLIEGO
324 947.OO 324 947.OO
WM Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, instruye a la respectiva Unidad Ejecutora, para que elabore las correspondientes "Notas para Mod¡f¡cación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al Uso de Recursos Los recursos del Créd¡to Suplementario a que hace referenc¡a el artículo
1 del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsab¡l¡dad, a
f¡nes
distintos para los cuales fueron autorizados.
Artículo 4.- Remisión Copia del presente dispositivo se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en concordancia a lo señalado en el numeral 23.2 del atlículo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N'28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N' 304-2012-EF.
Regístrese y comuníquese.
A
.j.J
I
Mlnl¡trodc Ccnatruqo¡oñ
Y
a
St narmltrto
Prasupuostaño
SIAF - Módu o de Proc6o Versión 17 05 00
Fecha
:
1510912017
Hor¿: 11t12:38 Pag.: l de 1
MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL NOTA tlc 000000106¡l (EN NUEVOS SOLES) SECÍOR :
37
VIVIENDA CONSfRUCCION Y SANEAIVIENTO
PLIEGO : 037 I\IINISTERIO DE VIV¡ENDA, CONSTRUCCION Y SANEAN,IENTO EJECUTORA : 001 lvlN|STER|O DE VIVIENDA, CoNSTRUCCION Y SANEAMIENTO ADM. GENERAL [001084
ESTADO
I
I\PROSACO
oAto§ f,Ét PLiEGo
:SEnEilBRE :1:lr3[!17 nPO 0E IIODIFICACON: m2 CREDTToS SUPLE¡{Ellf RIOS :ENCUXPUnEIÍOAL R t.33]¡Oí7-vlvIE JUsnFrc CÚil
FECHA - :arl.li:l:]
ES
FECHA DE
nPo
SoLIC¡fUD
RECURSO :0
|DASEGUT¡ Os
tI
:
13/0012017
: :.r,,i -i ¡,.)::]::it..t,';
26&20lr.EF
RECURSOS (XDLARIOS
PRESUPUESÍO OEL GASTO
PRG PROOPRYACTiAI/O8R FUN DIVF GRPF
MEIA RB TR
G
CG TT
SOO1 399S9gg 5MOOOs 19
ANULACIÓN
SG SGD ESPESPD
006
Ml1
PREPARACION Y PERFECCIONAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS
o316 0000000AccloNEsADMrNrsTRAlwAs
MO
RECURSOS ORDIN¡RIOS
5 2.1 2,1
CREDITO
0
324,917
0
321,911
0
x21,911
PERSOMT- Y oSt-tGACtor{ES SoC|ALES
0
321,9¡7
1
0
x21,97
0
2A3,040
0
263,8¡0
0
263,810
0
61,107
0
61,107
REIRIEUCIOI{ES Y COiIPtEME¡ffGS EN EFECIIVO
2.1. 1 1 PERSoN¡J-ADtitlNlSfRATIvo
2,1,1
1,1
2.1.I 1.1
PERSONAf, ADMINISfRATIVO
2
PERSOT{ÁL
ADMINISTR TIVO NOMBRADO (REGll¡rEN PUBLICO)
2,1,1 8 PERSONAL OBRERO 2,1,1
8,1
2,1,1 8,1
PERSONAI OSRERO PERMANENTE
1
OBREROSPERMANENTES
fOTAL
0
61,107
0
321,v1